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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2011 (20/11/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 20 de noviembre de 2011 453613 Artículo Septimo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Diario de mayor Circulación de la Región Moquegua. Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional Moquegua, para su promulgación. En Moquegua, a los 7 días del mes de julio del año dos mil once. MARCELINO TITO VALERIANO Consejero Delegado Consejo Regional de Moquegua POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Moquegua, a los doce días del mes de julio del año dos mil once. MARTIN A. VIZCARRA CORNEJO Presidente Regional 718786-1 Constituyen la Comisión Multisectorial Regional de Lucha contra la Violencia de Grupos Vulnerables con Equidad de Género ORDENANZA REGIONAL N° 13-2011-CR/GRM Fecha: 4 de agosto del 2011 VISTO: En sesión Ordinaria de fecha 04 de agosto del 2011, el Dictamen N° 03-2011-CONJEGYCCN/CR/GRM sobre la Creación de la Comisión Multisectorial Regional de Lucha Contra la Violencia de Grupos Vulnerables con Equidad de Género, la implementación del Plan Nacional 2011-2015 y la elaboración del Plan Regional Contra la Violencia hacia la Mujer 2010-2015. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 191° de la Constitución Política del Perú, reformado por la Ley N° 27680, y lo dispuesto por la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Gobierno Regional Moquegua es persona jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, con ámbito en la circunscripción territorial del departamento de Moquegua; Que, con Decreto Supremo N° 003-2009-MIMDES, se aprueba el Plan Nacional Contra la Violencia Hacia la Mujer 2011-2015, en el cual varias de las actividades planifi cadas van a ser ejecutadas con participación de los Gobiernos Regionales y Locales, hecho que tiene concordancia con la política de descentralización y la transferencia de funciones del Poder Ejecutivo a los Gobiernos Regionales y Locales; lo que contribuye a que en cada localidad se adecuen las actividades previstas en dicho Plan a las necesidades específi cas de la población, haciéndolas más efectivas; Que, para la implementación, seguimiento y evaluación del Plan Nacional Contra la Violencia Hacia la Mujer 2011- 2015 se establecen cuatro mecanismos, entre ellos, la Instancia Regional de Concertación, como un mecanismo de carácter mixto y de alcance regional, integrada por representantes del Estado y de la sociedad civil existentes en la región, cuyo funcionamiento está impulsado por el MIMDES a través de su representante regional; Que, con la Ley N° 27783, Ley de Bases de Descentralización, se busca un país especialmente mejor organizado, demográfi camente mejor distribuido, económica y socialmente más justo y equitativo; en tanto que de acuerdo a la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, éstos logran su fi nalidad garantizando el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo a los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo; Que, visto los Informes Técnicos y Legales N° 163- 2011-CRHHG-JODM-GRDS/GR.MOQ y N° 096-2011- DRAJ/GR.MOQ, por mandato de la Ley N° 27867, la gestión de los gobiernos regionales se rige, entre otros, por el principio de inclusión, y cumplen sus funciones específi cas promoviendo una cultura de derechos, de paz y de igualdad de oportunidades para todos y todas, en concordancia con la política general del gobierno nacional y los planes sectoriales; así como formulando políticas, regulando, dirigiendo, ejecutando, promoviendo, supervisando y controlando las acciones orientadas a la prevención de la violencia política, familiar y sexual; Por estas consideraciones, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Ordinaria N° 09- 2011, de fecha 04 de agosto del 2011, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Consejero Regional del Gobierno Regional de Moquegua en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: Artículo Primero.- CONSTITÚYASE LA COMISION MULTISECTORIAL REGIONAL DE LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA DE GRUPOS VULNERABLES CON EQUIDAD DE GÉNERO, como un mecanismo de carácter mixto y de alcance regional; en cumplimiento del Decreto Supremo N° 003-2009-MIMDES. Artículo Segundo.- DISPONER que la Comisión Multisectorial Regional de Lucha contra la Violencia de Grupos Vulnerables con Equidad de Género estará conformada de la siguiente manera: 2.1 En representación del Estado: • El Presidente del Gobierno Regional de Moquegua, o su representante, quien la preside; • El alcalde de la Provincia Mariscal Nieto; Ilo y General Sánchez Cerro; • El Coordinador Sectorial del MIMDES en Moquegua; • El Representante de los Centros de Emergencia Mujer; • El Jefe de la Región de la Policía Nacional de Moquegua; • El Director Regional de Educación; • El Director Regional de Salud; • El Director Regional de Trabajo; • El Presidente de la Corte Superior de Justicia de Moquegua; • El Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Moquegua; • El Representante del Ministerio Público de Moquegua; • El Representante de la Defensoría del Pueblo de Moquegua; • El Representante de la Universidad Nacional de Moquegua • El Representante de la Universidad Privada José Carlos Mariátegui de Moquegua; • El Representante de los Institutos Superiores Tecnológicos; • Los Congresistas la Región de Moquegua; • El Gobernador de la Región de Moquegua; • El Representante de la Sociedad Civil 2.2 En representación de la Sociedad Civil: • El Representante de la Red Nacional de Promoción de la Mujer de Moquegua; • La Representante de los Clubes de Madres de la Provincia Mariscal Nieto; • La Representante de los Clubes de Madres de la Provincia de Ilo; • La Representante de los Clubes de Madres de la Provincia de Sánchez Cerro; • El Representante de la Mesa Multisectorial para la Atención y Prevención de la Violencia Familiar de Mariscal Nieto, Ilo, Sánchez Cerro. • El Representante del Comité Regional de Seguridad Ciudadana de Moquegua;