Norma Legal Oficial del día 20 de noviembre del año 2011 (20/11/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 20 de noviembre de 2011

Sebastian" y copropietarios solicitan la Aprobacion de la Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada del terreno de 14,700.00 m2, calificado con zonificacion Residencial de Densidad Media (RDM) y Comercio Zonal (CZ), constituido por el Lote A-1 del Terreno MORDAZA denominado Lote "A" Saldo Oeste del Fundo Naranjal inscrito en la Ficha N° 440816 seguido por la Partida N° 44075075 de la SUNARP, ubicado en el distrito de San MORDAZA de Porres, Provincia y Departamento de Lima; Que, en Sesion Nº 02 con Acuerdo Nº 05 del 15 de Febrero del 2010, la Comision Tecnica Dictaminadora y Calificadora de Habilitaciones Urbanas acreditada ante nuestra Corporacion Municipal mediante Resolucion de Alcaldia Nº 196-2009-MDSMP del 16.04.09, emitio el dictamen FAVORABLE el proyecto de Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada del terreno de 14,700.00 m2, calificado con zonificacion Residencial de Densidad Media (RDM) y Comercio Zonal (CZ), constituido por el Lote A-1 del Terreno MORDAZA denominado Lote "A" Saldo Oeste del Fundo Naranjal del Distrito de San MORDAZA de Porres, Provincia y Departamento de Lima. Que mediante Resolucion de Gerencia Municipal N° 1203-2010/MDSMP de fecha 17 de Diciembre del 2010 , se resuelve aprobar la REGULARIZACION DE LA HABILITACION MORDAZA EJECUTADA denominada Programa de Vivienda Predio San MORDAZA, de conformidad con el plano signado con el N° 142-2010SGCyHU-GDU-MDSMP y la Memoria Descriptiva con zonificacion de Uso Residencial de Densidad Media (RDM), y Comercio Zonal (CZ) del terreno de 14,700.00 m2, constituido por el Lote A-1 Saldo Oeste del Fundo Naranjal inscrito en la Ficha N° 4408161 y N° de Partida:44075075 de la SUNARP, ubicado en el distrito de San MORDAZA de Porres, Provincia y Departamento de Lima; Que mediante Resolucion N° 248-2010-MML-GDUSPHU de fecha 28 de Diciembre del 2010, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA resuelve establecer la NO CONFORMIDAD de la Resolucion de Gerencia Municipal N° 1203-2010 al haberse verificado el incumplimiento de los Planes Urbanos respecto a vias, por cuanto los modulos que corresponden a los separadores laterales que establece la Ordenanza No 341-MML se proponen con una reduccion de 8.20m a 7.60m en la Av. Canta Callao y de 1.40m a 0.40m en la Av. Naranjal con lo cual se estaria modificando los ejes de via de las secciones existentes por lo que debera reformular su propuesta considerando el modulo de vereda para uso comercial de 3.00m conforme a lo establecido en el Articulo 8 de la MORDAZA GH.020 del Reglamento Nacional de Edificaciones ­ RNE. Que mediante Codificado N° 25693-2011, los administrados han presentado nuevos planos de Lotizacion y Memoria Descriptiva subsanando las observaciones indicadas en la Resolucion N° 2482010-MML-GDU-SPHU. El terreno a habilitar se encuentra afecto a la Av. Canta Callao y Av. Naranjal, respetando la seccion establecida, de conformidad con el Plano del Sistema Vial Metropolitano de MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza N° 341-MML de fecha 06-12-2001, con un ancho de via normativo de 80.00 ml y 50.00m respectivamente. Lo que corresponde a los modulos de los separadores laterales de la Av. Canta Callao y Av. Naranjal estos se han propuesto cumpliendo con lo establecido en la Ordenanza N° 341-MML. Que por Asamblea General del 21.07.2008 registrado en el As. A-00008 del la Partida 11427707 se acuerda ampliar el poder otorgado a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA a fin de que realicen, entre otros actos, los procedimientos de habilitacion MORDAZA ante la municipalidad distrital de San MORDAZA de Porres y ante la municipalidad provincial de MORDAZA y ante los Registros Publicos para la inscripcion, individualizacion de los lotes resultantes de la habilitacion urbana. Asimismo, en el As. A-00010 se registra la Eleccion del Consejo Directivo en la que por Acta de Asamblea General del 03.03.2011se acordo elegir al Consejo Directivo para el periodo 2011 al 2013 eligiendo como Presidente al Sr. MORDAZA MORDAZA Chavez.

Que la Habilitacion MORDAZA Ejecutada aprobada se acoge a la Ordenanza 836-MML estableciendo para el area calificada con zonificacion RDM, aportes de Recreacion Publica el area de 635.86 m2; Parques Zonales el area de 181.67 m2; Renovacion MORDAZA el area de 90.84m2, Ministerio de Educacion: 181.67m2 y Servicios Publicos Complementarios Otros fines el area de 181.67 m2 dejando en el terreno dichos aportes quedando como deficit el area de 46.88m2 para Serpar. Para el area calificada con zonificacion CZ se establece como aportes para Serpar el area de 280.81m2, para Renovacion MORDAZA el area de 168.49m2 y para Servicios Publicos Complementarios Otros Fines el area de 112.32m2 y por no existir area disponible seran redimidos en dinero, de conformidad con el Art° 10, de la Ordenanza N° 836 ­ Municipalidad Metropolitana de Lima; Que mediante Valorizacion No 10-2011-SGCHUGDU-MDSMP se calculo el deficit de aporte de Servicios Publicos Complementarios Otros Fines con Zonificacion CZ con un area de 112.32 m2 cuyo monto total asciende a la suma de S/. 3,144.96 nuevos soles y el monto a pagar por Proyectos y Control de Obras correspondiente a S/. 5,630.17. Mediante Recibo N° 1811023485 de fecha 04 de MORDAZA de 2011 pagado en la tesoreria de esta Corporacion Municipal, acreditan la cancelacion de dicha Valorizacion. Los demas aportes, seran redimidos en dinero hasta MORDAZA de la expedicion de la Resolucion de Recepcion de Obras, quedando en garantia de pago los lotes del 31 al 36 de la Manzana A por los deficit de aportes de SERPAR por el area de 46.88m2 y 280.81m2 y de Renovacion MORDAZA por el area de 168.49 m2. Que con los informes N° 109-2011-ARO-SGCHUGDU-MDSMP, de fecha 18 de MORDAZA de 2011 y N° 8732011-SGCHU-GDU-MDSMP de fecha 24 de Agosto de 2011, la Sub Gerencia de Catastro Habilitaciones Urbanas despues de haber revisado y analizado la documentacion presentada por parte de la administrada, ha verificado el cumplimiento de aspectos tecnicos como la identificacion de diversos radios de giros que determinan las curvas formadas por las edificaciones existentes en las dos manzanas A y B, asimismo se ha considerado para el modulo de vereda una distancia de 3.00 ml., para la Avenida Prolongacion Naranjal, conforme establece el articulo 8 de la MORDAZA G.H. 020 del Reglamento Nacional de Edificaciones. Para el caso de la Av. Canta Callao se esta considerando los modulos viales establecidos en la Ordenanza No 341-MML. En consecuencia el administrado ha cumplido con levantar las observaciones que dio merito a la Resolucion N° 2482010-MML-GDU-SPHU, por lo que es procedente emitir la resolucion que resuelva aprobar la Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada desarrollada en el terreno de 14,700.00 m2; Que estando el Informe N° 834-2011-GAJ/MDSMP de fecha 14 de Setiembre de 2011, la Gerencia de Asesoria Juridica por el cual da su conformidad a la Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada por haber subsanado las observaciones el administrado; De conformidad de las facultades conferidas por el inciso 3.6.1 del capitulo II del articulo 79° de la Ley Organica de Municipalidades Ley 27972, Reglamento Nacional de Edificaciones, Ley General de Habilitaciones Urbanas N° 26878 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 011-98-MTC, Decreto de Alcaldia N° 079-MML y Resolucion de Alcaldia N° 136-2009MDSMP SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR la Regularizacion de la Habilitacion MORDAZA Ejecutada de conformidad con el plano signado con el N° 103-2011-SGCyHUGDU-MDSMP y la Memoria Descriptiva del terreno de 14,700.00 m2, calificado con zonificacion Residencial de Densidad Media (RDM) y Comercio Zonal (CZ)., sobre el cual se desarrolla el Programa de Vivienda "Predio San Sebastian", constituido por el Lote A-1 del Terreno MORDAZA denominado Lote "A" Saldo Oeste del Fundo Naranjal ubicado en el distrito de San MORDAZA de Porres, Provincia y Departamento de Lima. Articulo Segundo.- AUTORIZAR a la Asociacion de Vivienda Predio San MORDAZA y copropietarios, para ejecutar en un plazo de treinta y seis (36) meses

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