Norma Legal Oficial del día 20 de noviembre del año 2011 (20/11/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 20 de noviembre de 2011

NORMAS LEGALES

453609

· Observacion No. 08: Adquisicion de bienes y/o prestacion de servicios, mayores a una UIT a un mismo proveedor sin realizarse MORDAZA de seleccion, como lo establece la normatividad en materia de contrataciones. · Observacion No. 09: Existe evidencia que la Direccion Regional Agraria recepciono abono fosfato DI ­ Amonico adulterado del proveedor Agropecuaria MORDAZA MORDAZA SA para el proyecto "Instalacion y Manejo de Pasturas Alto Andinas en la region Amazonas". · Observacion No. 10: El monto de S/. 1,140.00 gastados por consumo de refrigerios en eventos de capacitacion del Proyecto IMPA-A, se encuentran sustentados documentalmente de manera inadecuada. · Observacion No. 11: la Direccion Regional Agraria Amazonas no ejecuto penalidad al contratista "Agropecuaria MORDAZA MORDAZA SA", por retraso injustificado en la entrega de fertilizantes para el proyecto "Instalacion y Manejo de Pasturas Alto Andinas" (IMPA-A) por S/. 15,124.00 nuevos soles. · Observacion No. 12: Direccion Regional Agraria no aplico penalidad por la suma de S/. 14,490.00 al contratista "Refrigeracion Oliveros SRL" por el incumplimiento de plazo de entrega de cuatro camaras frigorificas, para el proyecto PROVACOL. · Observacion No. 13: En la Direccion Regional Agraria Amazonas, no se evidencia depositos en la cuenta de ingresos propios por la suma de S/. 231,328.40, producto de trabajos realizados por la maquinaria pesada, asimismo, la inexistencia fisica de 08 Convenios por el uso de la maquinaria pesada suscritos por terceros en los anos 2007 y 2008. · Observacion No. 14: la Direccion Regional Agraria suscribio Convenio con una empresa particular para el uso del tractor oruga sin haber ejercido control por las horas maquina trabajadas, no ingreso en efectivo la suma de S/. 75,264.00, sustentando con MORDAZA de comprobantes de pago a nombre del usuario los gastos realizados por arreglo y mantenimiento del tractor. · Observacion No. 15: En el ano 2008 se giraron anticipos a nombre del Coordinador del proyecto PROVACOL, para pagos de mano de obra calificada sin elaborarse las respectivas planillas de pago, ademas no se efectuo retencion y pago de leyes sociales por S/. 23,378.23. · Observacion No. 16: La Direccion Regional Agraria, fracciono la adquisicion de planchas de MORDAZA, para la confeccion de rejillas y carteles metalicas para el proyecto PROVACOL por la suma de S/. 98,084.93, derivado en un mayor gasto de S/. 62,266.61, a lo presupuestado en el Expediente Tecnico. · Observacion No. 17: Responsable del Proyecto MORDAZA realizo adquisiciones de herramientas agricolas, a precios mayores a los ofertados en el mercado. Que de acuerdo a las observaciones aludidas, se puede inferir que los mencionados procesados habrian incumplido o contravenido las obligaciones establecidas en los incs. a) y d) del articulo 21 del Decreto Legislativo No. 276- Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, relacionados a la obligacion de cumplir personal y diligentemente los deberes que le impone el servicio publico, asi como, conocer exhaustivamente las labores del cargo y capacitarse para un mejor desempeno. Que respecto a la TIPIFICACION DE LA FALTA ADMINISTRATIVA, tenemos que el articulo 28 de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, precisa que "Son faltas de caracter disciplinarias que, segun su gravedad, pueden ser sancionadas con cese temporal o con destitucion, previo MORDAZA administrativo: a) el incumplimiento de las normas establecidas en la presente Ley y su Reglamento; ...d) la negligencia en el desempeno de las funciones.....". Que de acuerdo al Decreto Supremo No. 005-90PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, articulo 129, "Los funcionarios y servidores deberan actuar con correccion y justeza al realizar los actos administrativos que les corresponda, cautelando la seguridad y el patrimonio del Estado que tengan bajo su directa responsabilidad". Que asimismo, el articulo 131 del dicho Reglamento, senala que "Los funcionarios y servidores deben supeditar sus intereses particulares a las condiciones de trabajo y a las prioridades fijadas por la autoridad competente en relacion a la necesidades de la

colectividad". Y el articulo 132, refiere que "Los funcionarios y servidores permanentemente deberan aplicar, actualizar y trasmitir las tecnicas, las normas y los procedimientos inherentes a la funcion que desempenan". Que, respecto al procesado MORDAZA MORDAZA ORBEGOZO MORDAZA, ex Director de Administracion de la Direccion Regional Agraria Amazonas, periodos 20-Ene06 al 01-Ene-07 y 05-May-09 al 06-Feb-09, la Comision Especial luego de evaluar los cargos imputados, el Informe de Auditoria, asi como, los descargos formulados, llega a la conclusion, que el referido procesado, si ha participado de los cargos formulados en las observaciones 2, 3, 5, 6, 8, 10, 13, 14, 15, 16 del Informe de Auditoria, y por ende, se puede colegir que el mismo, si ha incurrido en faltas de caracter disciplinario tipificadas en los incs. a) y d) del articulo 28 de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa. Que, respecto al procesado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de la Direccion Regional Agraria Amazonas, periodo 01-Jun-07 al 19Ago-07, la Comision Especial luego de evaluar los cargos imputados, el Informe de Auditoria, asi como, los descargos formulados, llega a la conclusion, que el referido procesado no ha participado en los cargos que se le atribuyen en la observacion 13 del Informe de Auditoria, por tanto, se puede colegir que dicho procesado no ha incurrido en ninguna falta de caracter disciplinario. Que, respecto al procesado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de la Direccion Regional Agraria Amazonas, periodo 26-Ago-08 al 17-Dic-08, la Comision Especial luego de evaluar los cargos imputados, el Informe de Auditoria, llega a la conclusion, que el referido si ha participado de los cargos formulados en las observaciones 7, 13, 14, 16 del Informe de Auditoria, y por ende, se puede colegir que el mismo, si ha incurrido en faltas de caracter disciplinario tipificadas en los incs. a), d) y h) del articulo 28 de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa. Que, respecto al procesado WILMER MORDAZA MORDAZA, ex Director de la Direccion Regional Agraria Amazonas, periodo 20-Ago-07 al 25-Ago-08, la Comision Especial luego de evaluar los cargos imputados, el Informe de Auditoria, asi como, los descargos formulados, llega a la conclusion, de que el referido si ha participado de los cargos formulados en las observaciones 12, 13, 14 del Informe de Auditoria, y por ende, se puede colegir que el mismo, si ha incurrido en faltas de caracter disciplinario tipificadas en los incs. a) y d) del articulo 28 de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa. Que, respecto al procesado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de la Direccion Regional Agraria Amazonas, desde el 18- Dic-08 hasta el ano 2009, la Comision Especial luego de evaluar los cargos imputados, el Informe de Auditoria, asi como, los descargos formulados, llega a la conclusion, de que el referido si ha participado de los cargos formulados en las observacion 13 del Informe de Auditoria, y por ende, se puede colegir que el mismo, si ha incurrido en faltas de caracter disciplinario tipificadas en los incs. a) y d) del articulo 28 de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa. Que, respecto al procesado MORDAZA GAONA MORDAZA, Jefe de la Agencia Agraria UtcubambaDireccion Regional Agraria Amazonas, desde 14-Mar07, la Comision Especial luego de evaluar los cargos imputados, el Informe de Auditoria, asi como, los descargos formulados, llega a la conclusion, de que el referido si ha participado de los cargos formulados en las observaciones 13, 14 del Informe de Auditoria, y por ende, se puede colegir que el mismo, si ha incurrido en faltas de caracter disciplinario tipificadas en los incs. a) y d) del articulo 28 de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa. Que, respecto al procesado JYMMY MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de Administracion de la Direccion Regional Agraria Amazonas, periodo 08-Ene07 al 15-Ago-07, la Comision Especial luego de evaluar los cargos imputados, el Informe de Auditoria, asi como, los descargos formulados, llega a la conclusion, de que el referido si ha participado de los cargos formulados en las observaciones 2, 3 del Informe de Auditoria, y por ende, se puede colegir que el mismo, si ha incurrido en las faltas de caracter disciplinario tipificadas en los incs. a) y d) del articulo 28 de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa.

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