Norma Legal Oficial del día 23 de noviembre del año 2011 (23/11/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, miercoles 23 de noviembre de 2011

NORMAS LEGALES

453709

CONSIDERANDO: Que, mediante Facsimil (DSD) Nº 743 del 25 de octubre de 2011, la Direccion de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores hace conocer que con la participacion de los Viceministros de Relaciones Exteriores y de Defensa de las Republicas del Peru y MORDAZA, en la MORDAZA de Buenos Aires, se realizara la V Reunion del Comite Permanente de Coordinacion sobre los temas de Defensa y Seguridad (COPERSE); Que, es necesario autorizar el viaje a la Republica MORDAZA de los representantes del Ministerio de Defensa que participaran en la mencionada cita binacional; Que, el viaje se encuentra incluido en el Rubro 5.- : Medidas de Confianza Mutua, item 4, del Anexo 1, de la Resolucion Suprema Nº 385 -2011-DE/SG del 15 de setiembre de 2011 que modifica el Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa para el Ano Fiscal 2011, aprobado con Resolucion Suprema N° 015 -2011 DE/SG del 13 de enero de 2011. De conformidad con la Ley Nº 29605 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 001-2011-DE; la Ley N° 29626 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo N° 047-2002 PCM; y el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 - Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, del 23 al 25 de noviembre de 2011, el viaje en Comision de Servicio de la delegacion que participara en V Reunion del Comite Permanente de Coordinacion sobre los temas de Defensa y Seguridad (COPERSE), a realizarse en la MORDAZA de Buenos Aires, Republica MORDAZA, la misma que estara integrada por: - Senor - Embajador - Capitan de Navio MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MATUK

Dejan sin efecto la R.M. Nº 605-2011DE/SG, mediante la cual se creo el "Centro de Mantenimiento de Alto Nivel Conjunto de Helicopteros de las Fuerzas Armadas"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1163-2011-DE/SG MORDAZA, 18 de noviembre de 2011 Visto; el Oficio NC-900-JEMG-SMGG Nº 0933 del 27 de MORDAZA de 2011, mediante el cual el Jefe de Estado Mayor de la Fuerza Aerea, remite al Viceministro de Recursos para la Defensa el Informe Final denominado "Estudio de la Propuesta de la Cia. OBOROMPROM para el establecimiento de un Centro de Mantenimiento Conjunto de Helicopteros Rusos", formulado por la Comision Sectorial de Trabajo encargada de elaborar el Proyecto del Centro de Mantenimiento de Helicopteros. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 504-2011DE/SG del 30 de MORDAZA de 2011, se nombro una Comision Sectorial de Trabajo encargada de elaborar el Proyecto del Centro de Mantenimiento de Helicopteros, en atencion al Convenio de Cooperacion Militar suscrito en MORDAZA de 2004 entre los Gobiernos de la Federacion Rusa y del Peru, asi como al Acuerdo firmado entre el Ministerio de Defensa y la Sociedad Anonima Abierta Corporacion Consolidada Industrial OBOROMPROM de nacionalidad rusa, en noviembre de 2008, siendo el objeto de este ultimo la implementacion en el Peru de un Centro de Mantenimiento Mayor y Reparacion de Helicopteros de procedencia rusa, para lo cual dicha empresa presento el proyecto de Contrato Nº OP/960415310133; Que, posteriormente mediante Resolucion Ministerial Nº 605-2011-DE/SG del 17 de junio de 2011, se creo el "Centro de Mantenimiento de Alto Nivel Conjunto de Helicopteros de las Fuerzas Armadas", el cual estaria liderado por la Fuerza Aerea; Que, asimismo, el articulo 3º de la resolucion precitada, senala que el Centro de Mantenimiento de Alto Nivel Conjunto de Helicopteros de las Fuerzas Armadas, sera implementado sobre la base del informe - entiendase favorable - que emita la Comision Sectorial de Trabajo referida anteriormente; Que, a traves del Oficio NC-900-JEMG-SMGG Nº 0933 del 27 de MORDAZA de 2011, el Jefe de Estado Mayor de la Fuerza Aerea, remite al Viceministro de Recursos para la Defensa, un Informe Final denominado "Estudio de la Propuesta de la Cia. OBOROMPROM para el establecimiento de un Centro de Mantenimiento Conjunto de Helicopteros Rusos", elaborado por la Comision Sectorial referida en el primer considerando, en el cual se aprecia un analisis de la vialidad y procedencia (costo-beneficio) de la implementacion del Centro de Mantenimiento referido, en el cual se recomienda entre otros, desestimar en todos sus extremos la propuesta presentada por la parte Rusa y el proyecto de Contrato Nº OP/960415310133, principalmente, por cuanto no responde a las necesidades de las Fuerzas Armadas; asi como dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 6052011-DE/SG; Que, estando a que el "Centro de Mantenimiento de Alto Nivel Conjunto de Helicopteros de las Fuerzas Armadas" creado mediante la Resolucion Ministerial Nº 605-2011-DE/SG, se implementaria sobre la base de las recomendaciones realizadas por la Comision Sectorial, y puesto que esta MORDAZA ha considerado inviable el mismo, es necesario dejar sin efecto dicha resolucion ministerial; Estando a lo recomendado por la Direccion General de Recursos Materiales del Ministerio de Defensa; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29605 Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2011-DE, concordante con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, en lo que corresponda.

Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Administracion General, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (Lima ­ Buenos Aires ­ MORDAZA ) : US$ 950.00 x 3 personas (Incluye TUUA) Viaticos: US$ 200.00 x 3 personas x 3 dias Articulo 3º.- El personal comisionado, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno del pais. Articulo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduanero de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Salud Encargado del Despacho del Ministerio de Defensa 720136-3

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