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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2011 (23/11/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 23 de noviembre de 2011 453715 CONSIDERANDO: Que, mediante Carta, del 09 de noviembre de 2011, el Ministro de Economía y Finanzas Públicas de la República de Argentina y el Secretario de Política Económica del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de la República de Argentina y Representante Técnico del Grupo de Trabajo de Integración Financiera - UNASUR, comunican que los días 23 y 24 de noviembre de 2011 se realizará, en la ciudad de Buenos Aires, República de Argentina, la XII Reunión del Grupo de Trabajo de Integración Financiera de la UNASUR; asimismo, señalan que en la misma ciudad, el día 25 de noviembre de 2011, se realizará la Segunda Reunión del Consejo Suramericano de Economía y Finanzas; Que, el objetivo de las citadas reuniones es continuar con las labores desarrolladas por cada Grupo Trabajo de Integración Financiera del UNASUR; asimismo, se tratarán temas importantes en materia económica regional conjuntamente con los representantes de los países del UNASUR; así como abordar los cuatro puntos planteados por el Ministro de Economía y Finanzas de la República de Argentina, relacionados con el análisis del panorama económica mundial, las conclusiones vertidas por los Grupos Trabajo constituidos en la primera reunión del Consejo Suramericano de Economía y Finanzas, los avances y alcances del Banco del Sur y el traspaso de la Presidencia del Consejo Suramericano de Economía y Finanzas a la República del Paraguay; Que, la participación del señor Javier Humberto Roca Fabián, Director General de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad, en la XII Reunión del Grupo de Trabajo de Integración Financiera – UNASUR; así como en la Segunda Reunión del Consejo Suramericano de Economía y Finanzas de la UNASUR permitirá hacer seguimiento de los compromisos que el Perú asumiría, en el marco del mencionado foro, para su posterior implementación, los cuales se relacionan con la arquitectura fi nanciera regional y del comercio intra-regional y asegurar que los mismos resulten consistentes con la política económica implementada; Que, el literal a) del numeral 10.1 del Artículo 10° de la Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo aquellos que se efectúen en el marco de negociaciones económicas y fi nancieras, los cuales se autorizan mediante Resolución del Titular de la Entidad, la misma que es publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, en consecuencia, y siendo de interés para el país, resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicio del señor Javier Humberto Roca Fabián, Director General de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de Buenos Aires, República de Argentina del 23 al 25 de noviembre de 2011, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 001 – Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos : US $ 1 610,00 Viáticos : US $ 600,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje el referido funcionario deberá presentar ante el Titular del Sector un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación, a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 719734-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 803-2011-EF/43 Lima, 22 de noviembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Carta, de fecha 09 de noviembre de 2011, el Ministro de Economía y Finanzas Públicas de la República de Argentina y el Secretario de Política Económica del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de la República de Argentina y Representante Técnico del Grupo de Trabajo de Integración Financiera - UNASUR, comunican que el día 25 de noviembre de 2011, se realizará, en la ciudad de Buenos Aires, República de Argentina, la Segunda Reunión del Consejo Suramericano de Economía y Finanzas; Que, el objetivo de la Segunda Reunión del Consejo Suramericano de Economía y Finanzas es abordar los cuatro puntos planteados por el Ministro de Economía y Finanzas de la República de Argentina, relacionados con el análisis del panorama económico mundial, las conclusiones vertidas por los Grupos de Trabajo constituidos en la primera reunión del Consejo Suramericano de Economía y Finanzas, los avances y alcances del Banco del Sur y el traspaso de la Presidencia del Consejo Suramericano de Economía y Finanzas a la República del Paraguay; Que, la participación de la señorita Laura Berta Calderón Regjo, Viceministra de Economía, en representación del Ministro de Economía y Finanzas, es necesaria por cuanto el propósito de la reunión es adoptar decisiones sobre asuntos que han de incidir en el comercio y fi nanciamiento del país y de la región; asimismo, la creación de una nueva entidad fi nanciera regional o la modifi cación de las existentes o la eventual participación del Perú en el Banco del Sur implicarán compromisos de aportes de capital, lo que generará en su oportunidad uso de recursos públicos; Que, el literal a) del numeral 10.1 del Artículo 10° de la Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo aquellos que se efectúen en el marco de negociaciones económicas y fi nancieras, los cuales se autorizan mediante Resolución del Titular de la Entidad, la misma que es publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, en consecuencia, y siendo de interés para el país, resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios de la señorita Laura Berta