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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 30 de noviembre de 2011 454068 CONSIDERANDO: Que, según el artículo 17º de la Ley de Recursos Hídricos, Ley Nº 29338, la Autoridad Nacional del Agua cuenta con Autoridades Administrativas del Agua como órganos desconcentrados, que a su vez tienen Administraciones Locales de Agua, a través de los cuales ejerce presencia a nivel nacional; Que, con Resolución Jefatural Nº 546-2009-ANA, ratifi cada por la Sétima Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, se aprobó la delimitación de los ámbitos territoriales de las Autoridades Administrativas del Agua, entre ellas la Autoridad Administrativa del Agua VI Marañón; Que, según el artículo 23º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, los ámbitos territoriales de las Administraciones Locales de Agua son aprobados mediante Resolución Jefatural de la Autoridad Nacional del Agua; Que, con Resolución Jefatural Nº 188-2010-ANA, modifi cada por Resolución Jefatural Nº 265-2010-ANA se crearon y delimitaron las Administraciones Locales de Agua de la Autoridad Administrativa del Agua VI Marañón; Que, de acuerdo a los Informes Técnicos Nº 005-2011- ANA-DARH/PROSAERH/JRLL y Nº 0115-2011-ANA- DCPRH-PLA/GSB, de las Direcciones de Administración de Recursos Hídricos y Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, resulta necesario crear una nueva Administración Local de Agua en el ámbito de la Autoridad Administrativa del Agua VI Marañón, consecuentemente actualizar el ámbito de las demás Administraciones Locales de Agua que corresponde a este órgano desconcentrado; Que, estando a lo opinado por ambas direcciones, corresponde aprobar la creación y delimitación del ámbito territorial de la Administración Local de Agua Huari en el ámbito de la Autoridad Administrativa del Agua VI Marañón; Con los vistos de la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, la Dirección de Administración de Recursos Hídricos, la Dirección de Gestión del Conocimiento y Coordinación Interinstitucional, la Ofi cina de Asesoría Jurídica, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, la Ofi cina de Administración y de la Secretaría General; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2010-AG. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Creación y delimitación de la Administración Local de Agua Huari Aprobar la creación y delimitación del ámbito territorial de la Administración Local de Agua Huari perteneciente a la Autoridad Administrativa del Agua VI Marañón, conforme al detalle siguiente: Autoridad Administrativa del Agua Administración Local de Agua Área Km2 % AAA Marañón Huari 3,645.77 4.26 Artículo 2º.- Actualización de la Autoridad Administrativa del Agua VI Marañón Actualizar la delimitación de los ámbitos territoriales de las Administraciones Locales de Agua de la Autoridad Administrativa del Agua VI Marañón, conforme al mapa anexo y cuadro siguiente: Cód. Autoridad Administrativa del Agua Administración Local de Agua Área (Km2) % AAA Sede Administrativa VI Marañón 1 Bagua – Santiago 25,847.86 30.20 Bagua 2 Chinchipe – Chamaya 13,630.91 15.92 Jaén 3 Utcubamba 7,497.48 8.76 Bagua Grande 4 Chotano – Llaucano 7,960.57 9.30 Chota 5 Las Yangas – Suite 4,199.18 4.91 Celendín 6 Cajamarca 1,469.48 1.72 Cajamarca 7 Crisnejas 2,455.18 2.87 Cajabamba 8 Huamachuco 5,824.46 6.80 Huamachuco 9 Pomabamba 6,686.23 7.81 Pomabamba 10 Huari 3,645.77 4.26 Huari 11 Alto Marañón 6,382.26 7.46 Llata Total 85,599.38 100.00 Artículo 3º.- Disposición Derogatoria Dejar sin efecto el artículo tercero de la Resolución Jefatural Nº 188-2010-ANA y el artículo tercero de la Resolución Jefatural Nº 265-2010-ANA, dejándolas subsistentes en todo lo que no se oponga a la presente resolución. Artículo 4º.- Implementación de la Administración Local de Agua Huari Encargar a las Ofi cinas de Administración y Planeamiento y Presupuesto la implementación de la Administración Local de Agua Huari que se crea mediante la presente resolución, otorgándole un plazo de quince días. Culminado el proceso de implementación se procederá a la encargatura del profesional que asuma las funciones de la Administración Local de Agua Huari y con ello al inicio de funciones de dicho órgano, que asumirá a partir de ese momento los procedimientos en trámite que por razón de competencia territorial le corresponde conocer. Artículo 5º.- Publicación en el Portal Institucional Publíquese, en la página web de la Autoridad Nacional del Agua, la propuesta técnica elaborada por la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, que forma parte integrante de la presente resolución y sirve de sustento para la creación y delimitación de las Administraciones Locales de Agua de la Autoridad Administrativa del Agua VI Marañón. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO EDUARDO JARA FACUNDO Jefe Autoridad Nacional del Agua 722890-2 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de funcionario y profesionales a México, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 345-2011-MINCETUR/DM Lima, 29 de noviembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es el organismo público competente para defi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; responsable en materia de negociaciones comerciales internacionales y de integración, a fi n de alcanzar una mayor proyección competitiva en cuanto a la convergencia, liberalización e integración comercial; Que, el Gobierno del Perú ha lanzado la iniciativa de conformar un área de integración para asegurar la circulación de bienes, servicios, capitales y personas y consolidar una plataforma económica común hacia el mundo, especialmente hacia el Asia, para lo cual se ha establecido la Alianza del Pacífi co, integrada por Colombia, Chile, Perú y México, con Panamá como observador, iniciativa que ha llevado a cabo reuniones a nivel Presidencial, Ministerial, de Grupo de Alto Nivel – GAN (de nivel Viceministerial) así como del Grupo de Trabajo para el Acuerdo Marco y de grupos técnicos; Que, en la ciudad de México D.F, Estados Unidos Mexicanos, los días 1 y 2 de diciembre del año en curso, se realizarán las reuniones del Grupo de Trabajo para el Acuerdo Marco y de los Grupos Técnicos, para continuar con los trabajos previstos en las agendas y concluir los trabajos relativos a los mandatos presidenciales que estarán contenidos en la Declaración que se suscribirá en la Cumbre Presidencial de la Alianza del Pacífi co; Que, asimismo, en la ciudad de Mérida, Estado de Yucatán, Estados Unidos Mexicanos, el día 3 de diciembre de 2011, se realizará la III Reunión del Grupo de Alto Nivel y el día 4 de diciembre, se llevará a cabo la mencionada Cumbre Presidencial;