Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2011 (30/11/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 30 de noviembre de 2011

Geotermicos, la presente Resolucion Directoral sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (05) dias habiles, contados desde el dia siguiente de su notificacion, y entrara en vigencia desde el dia de su publicacion, conforme al articulo 15° de la Ley Organica de Recursos Geotermicos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TAMAYO PEREYRA Director General Direccion General de Electricidad 720274-2

INTERIOR
Constituyen Grupo de Trabajo Ministerial para evaluar y formular proyecto legal relativo al uso de la fuerza por parte de la Policia Nacional
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1226-2011-IN/0105 MORDAZA, 28 de noviembre de 2011 VISTO: el informe Nº 045-2011-IN/0105, del 11 de MORDAZA de 2011, de la Secretaria Permanente de la Comision Nacional de Derechos Humanos del Ministerio del Interior en el que recomienda constituir un Grupo de Trabajo Ministerial encargado de evaluar la normatividad sectorial relativa al uso de la fuerza por parte de la policia nacional y elaborar una propuesta que articule las disposiciones legales sobre la materia. CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, en su articulo 166º y la Ley 27238 - Ley de la Policia Nacional del Peru, en su articulo 3º, establecen que la Policia Nacional tiene por finalidad fundamental garantizar, mantener y restablecer el orden interno; Que, el Manual de Derechos Humanos Aplicados a la Funcion Policial, aprobado mediante la Resolucion Ministerial Nº 1452-2006-IN, de 31 de MORDAZA de 2006, aborda la tematica del uso de la fuerza por la Policia de acuerdo a las disposiciones de normas internacionales como el "Codigo de Conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley" y los "Principios Basicos sobre el empleo de la fuerza y de MORDAZA de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley"; Que, con fecha 7 de junio de 2011, el Ministerio del Interior y el Comite Internacional de la MORDAZA Roja, organizacion humanitaria imparcial, neutral e independiente que tiene el mandato de la comunidad internacional de promover y cautelar el Derecho Internacional Humanitario, suscribieron un convenio de cooperacion interinstitucional con el objeto de coordinar acciones y esfuerzos para la capacitacion e integracion transversal de los estandares internacionales sobre uso de la fuerza y proteccion y promocion de los derechos humanos en el ejercicio de las funciones de la Policia Nacional del Peru; Que, se ha advertido que la institucion policial carece de instrumento juridico que articule las disposiciones existentes y desarrollen amplia y detalladamente todos los aspectos sobre el uso de la fuerza por parte de la Policia Nacional del Peru; Que, es necesario establecer una regulacion sectorial integral y actualizada sobre el uso de la fuerza por parte de la Policia Nacional que abarque e integre todos sus alcances y constituya un protocolo a tener en cuenta durante el ejercicio de la funcion policial de mantenimiento y restablecimiento del orden interno; Que, al dotar al personal policial de reglas claras sobre el uso de la fuerza, en el ambito legal y operativo, se fortaleceran los derechos del personal policial, quienes tendran seguridad juridica en su actuar, y de los ciudadanos en general al impedirse su uso excesivo o indebido, protegiendose la MORDAZA humana y la seguridad de los bienes publicos y privados;

Que, segun lo dispuesto en el articulo 35º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, las Comisiones del Poder Ejecutivo son organos que se crean para cumplir con las funciones de seguimiento, fiscalizacion, propuesta o emision de informes, que deben servir de base para las decisiones de otras entidades. Sus conclusiones carecen de efectos juridicos frente a terceros. No tienen personeria juridica ni administracion propia y estan integradas a una entidad publica, precisandose que para otras funciones que no MORDAZA las indicadas, el Poder Ejecutivo puede encargarlas a grupos de trabajo; Con el visado de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior, y; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley 29334 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2005IN, modificado por el Decreto Supremo N º 003-2007-IN; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Constituir el Grupo de Trabajo Ministerial a fin que evalue y formule el proyecto legal relativo al uso de la fuerza, por parte de la Policia Nacional. Articulo 2º.- El Grupo de Trabajo Ministerial estara integrado por: · El Vice Ministro de Orden Interno del Ministerio del Interior, o su representante, quien lo presidira. · El Secretario Permanente de la Comision Nacional de Derechos Humanos del Ministerio del Interior o su representante, quien actuara como Secretario Tecnico. · Un representante del Estado Mayor de la Policia Nacional del Peru, especialista en el tema del MORDAZA Codigo Procesal Penal. · Un representante del Tribunal Disciplinario Nacional de la Policia Nacional del Peru, instructor de derechos humanos aplicados a la funcion policial. · Un representante de la Direccion de Educacion y Doctrina de la Policia Nacional del Peru, instructor de derechos humanos aplicados a la funcion policial. · Un representante de la VII DIRTEPOL de la Policia Nacional del Peru, instructor en derechos humanos aplicados a la funcion policial. · Un asesor legal en derechos humanos de la Secretaria Permanente de la Comision Nacional de Derechos Humanos del Ministerio del Interior. · Un representante de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior. · Un representante del Comite Internacional de la MORDAZA Roja. Articulo 3º.- En el plazo de 3 dias calendarios, los organos policiales y no policiales concernidos designaran mediante oficio dirigido al Presidente del Grupo de Trabajo Ministerial, a los representantes que lo integraran de acuerdo a lo establecido en el articulo 2º de la presente resolucion. Articulo 4º.- El Grupo de Trabajo Ministerial tendra un plazo de 30 dias calendarios, contados a partir de su instalacion para el cumplimiento de su encargo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VALDES DANCUART Ministro del Interior 722394-1

MUJER Y DESARROLLO SOCIAL
Dan por concluida designacion y designan Presidenta y miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica de Tacna
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 429-2011-MIMDES MORDAZA, 25 de noviembre de 2011

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