Norma Legal Oficial del día 05 de octubre del año 2011 (05/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, miercoles 5 de octubre de 2011

NORMAS LEGALES

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electoral, la lista quedara conformada con los miembros restantes que se encuentren habilitados. En el caso que MORDAZA mas de dos los candidatos impedidos de postular, la lista no podra participar en el MORDAZA electoral. En el supuesto que se detecte causal de impedimento, habiendose efectuado las elecciones y/o proclamado los ganadores, se aplicara las mismas reglas senaladas en el parrafo precedente. Articulo 17º.- Tachas Las tachas a los candidatos inscritos se pueden presentar dentro de los plazos establecidos en el cronograma electoral. Las tachas deben estar debidamente sustentadas de acuerdo a las causales establecidas en el Articulo 16, y para aquellos candidatos que incumplan los requisitos fijados, en el Articulo 15. Las tachas seran resueltas por el Comite Electoral, dentro del plazo de tres (3) dias habiles una vez culminado el plazo anterior, siendo la resolucion que se emita, inapelable. Articulo 18º.- Publicacion de la Lista Definitiva de Candidatos Una vez resueltas las impugnaciones, si las hubiere, el Comite Electoral procedera a la publicacion de la lista definitiva de candidatos, asignandoles un numero de acuerdo a lo senalado en el articulo 14. Los carteles que incluiran las listas de candidatos, con sus nombres completos y sus numeros correspondientes de DNI, seran colocados en lugares visibles de los locales municipales, en la pagina web de la Municipalidad, asi como, en los locales de votacion y en la camara secreta, el dia de la eleccion. CAPITULO V MORDAZA ELECTORAL Articulo 19º.- Acto Electoral El acto electoral se realizara en el dia y hora que se senale en el Decreto de Convocatoria. El Comite Electoral contara con el apoyo y asistencia tecnica de la ONPE, e invitara al MORDAZA Nacional de Elecciones como veedor del MORDAZA electoral. Las mesas de sufragio estaran conformadas por tres miembros que sera personal asignado por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, siendo la relacion publicada en los locales de la municipalidad y en la Web. Las listas de candidatos podran presentar un personero ante la mesa de sufragio, deberan ser vecinos de algun subsector del distrito. Los candidatos no podran ser personeros. Ningun vecino podra efectuar propaganda, el dia fijado para las elecciones vecinales. De detectarse esta infraccion, se pondra en conocimiento del Comite Electoral para determinar una previa llamada de atencion y en caso de reincidencia, podria ser sujeto a la descalificacion y/o anulacion de la lista que estuvo haciendo propaganda. Articulo 20º.- Instalacion de las Mesas de Sufragio Los miembros de mesa se reuniran una hora MORDAZA del inicio del acto electoral en el lugar establecido en la convocatoria, verificando que el material electoral se encuentre conforme. El material electoral esta conformado por el padron electoral, las listas de candidatos, las cedulas de votacion, una cabina de votacion, un anfora, el acta electoral, lapiceros y tampon. Los miembros de mesa, verificaran la relacion de las listas de candidatos; y que los carteles que contienen las listas de los candidatos se encuentren pegados en el local de votacion y en la camara secreta. El acto electoral se iniciara en la hora que establezca el Decreto de Convocatoria con la instalacion de la mesa de sufragio, procediendose a llenar el acta de instalacion. Articulo 21º.- Implementacion del Sufragio Electronico Para la eleccion de los delegados vecinales se podra implementar total o parcialmente el sufragio electronico, contando para ello con la asesoria y asistencia tecnica de la ONPE y la fiscalizacion del MORDAZA Nacional de Elecciones. Articulo 22º.- Votacion Una vez instaladas las mesas de sufragio, los miembros de mesa procederan a identificar a los vecinos electores

solicitandoles su documento nacional de identidad o carne de extranjeria, le entregaran la cedula, pasara a la camara secreta para emitir su voto. Acto seguido, depositara su MORDAZA en el anfora, suscribira el padron electoral y colocara su huella digital, recibiendo su documento nacional de identidad o carne de extranjeria por parte de los miembros de mesa. El elector debera retirarse del local de votacion luego de realizado el sufragio. Articulo 23º.- Caracteristicas del MORDAZA El MORDAZA es voluntario, secreto e indelegable. El MORDAZA es valido cuando el mismo se realiza con una MORDAZA o un aspa que junta sus intersecciones dentro del cuadro correspondiente al numero de una de las listas de candidatos en la cedula de votacion. El MORDAZA nulo es aquel cuya MORDAZA no cumple con las condiciones del MORDAZA valido. El MORDAZA en MORDAZA, es aquel que no tenga MORDAZA alguna. Articulo 24º.- Culminacion de la Votacion La votacion concluira en la hora fijada en el Decreto de Convocatoria, levantandose el Acta de Sufragio. Luego se llevara a cabo el escrutinio. Los resultados se anotaran en el Acta de Escrutinio que sera suscrita, en cuatro (4) ejemplares, por los miembros de mesa y por los personeros, los que se distribuiran de la siguiente manera: a) Un ejemplar para el Comite Electoral. b) Un ejemplar para el Alcalde. c) Un ejemplar para la ONPE. d) Un ejemplar para el JNE. e) Un ejemplar para los personeros que lo soliciten. El escrutinio es un acto publico e ininterrumpido. Las impugnaciones se deberan formular en el mismo acto electoral. Los miembros de mesa las resolveran por mayoria simple, en primera instancia y en el mismo acto electoral. El Comite Electoral las resolvera en MORDAZA y definitiva instancia, dentro de las 48 horas siguientes de culminado el acto electoral. Las cedulas utilizadas y no impugnadas asi como las no utilizadas, seran destruidas una vez terminado el escrutinio. Articulo 25º.- Proclamacion Los presidentes de mesa entregaran las Actas Electorales, las anforas y el material electoral, con el resultado final, al Comite Electoral. Se elige como listas ganadoras a las que obtengan la votacion mas alta por subsector y que hayan alcanzado un minimo de treinta (30) votos. Caso contrario, el subsector no tendra representacion. En caso de empate se procedera a efectuar un sorteo, en acto publico, que se realizara dentro de las 48 horas siguientes de culminado el acto electoral. El Comite Electoral comunicara a los personeros, a la ONPE y al MORDAZA Nacional de Elecciones, el lugar y fecha del sorteo. Una vez resueltas las impugnaciones y efectuado el sorteo, de ser el caso, a las 72 horas de realizado el acto electoral, el Comite Electoral proclamara los candidatos que resulten elegidos, mediante comunicacion escrita al MORDAZA indicando la relacion de las listas electas y adjuntando las Actas Electorales. Luego se procedera con la emision de la Resolucion de Alcaldia, indicando lugar, fecha y hora de la entrega de credenciales respectivas. Articulo 26º.- Difusion de Resultados Los resultados seran publicados en lugares visibles de la Municipalidad y en la pagina web a las 72 horas de realizado el acto electoral. CAPITULO VI DE LA REVOCATORIA Articulo 27º.- Del acto de Revocatoria La solicitud de revocatoria de los Delegados Vecinales debe ser fundamentada y presentada ante el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, por un minimo del 50% mas uno del numero de vecinos electores del respectivo subsector, segun el Padron Electoral de la MORDAZA votacion.

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