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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 (05/10/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 50

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 5 de octubre de 2011 451160 ORDENANZA QUE PRORROGA LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA Nº 209 Artículo Primero.- PRORRÓGUESE por 120 días hábiles la vigencia de la Ordenanza Nº 209 publicada el 12 de abril del 2011, que suspende la recepción de solicitudes de Habilitación Urbana en todas sus modalidades, Planeamiento Integral, Independización de terrenos Rústicos con Obras y sin Obras Complementarias, comprendiéndose en la suspensión a todos los terrenos ubicados en zonas de fuerte pendiente (laderas de los cerros) sin Habilitación Urbana, en el distrito de La Molina. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Obras Públicas, Gerencia de Desarrollo Urbano y Promoción Comercial, Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, Subgerencia de Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas y la Gerencia de Fiscalización Administrativa, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Gerencia de Tecnología de la Información y de las Comunicaciones la publicación de la presente norma en el portal de la institución: www. munimolina.gob.pe, el Portal del Estado Peruano www. peru.gob.pe, y el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.serviciosalciudadano.gob.pe. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del vencimiento del plazo de la Ordenanza Nº 209. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN CARLOS ZUREK P.F. Alcalde 698966-1 MUNICIPALIDAD DEL RIMAC Declaran de Interés Local el Estudio Urbano para el Desarrollo del Eje Estratégico de Regeneración Urbana del Distrito del Rímac, así como las Propuestas Normativas de Tratamiento de Zonificación Especial ACUERDO DE CONCEJO Nº 061-2011-MDR EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DEL RÍMAC POR CUANTO: VISTOS: En sesión ordinaria de Concejo de fecha 06 de julio de 2011; el Dictamen Nº 007-2011-CDUyMDR de la Comisión de Desarrollo Urbano y Defensa Civil, el Informe Nº 497-2011-GAJ-MDR del Gerente de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 432-2011-SG-MDR de la Secretaria General, el informe Nº 360-2011-GDU/MDR de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el proyecto de estudio urbano para el desarrollo del eje estratégico de regeneración urbana del distrito del Rímac; CONSIDERANDO: Que, los artículos 194° y 195° de la Constitución Política del Estado, modifi cados por la Reforma Constitucional Ley N° 27680, concordantes con el Articulo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, así mismo, representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de la circunscripción; Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2003- VIVIENDA se aprobó el reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano y mediante la Ordenanza Nº 620-MML se aprobó el Reglamento de aprobación del Plan Metropolitano de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano de Lima, de los Planes Urbanos Distritales y de Actualización de la Zonifi cación de los Usos del Suelo de Lima Metropolitano, siendo en su artículo 21º señala que corresponde a la las municipalidades distritales formular y aprobar su Plan Urbano y normativa específi ca en estricta sujeción a los lineamientos de la Municipalidad Metropolitana de Lima, del PLAM de Lima, sus reglamentos y normas conexas; Que, el artículo 79° numeral 3) acápite 3.1 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, mediante el Informe Nº 360-2011-GDU-MDR la Gerencia de Desarrollo Urbano ha presentado el estudio urbano para el desarrollo del eje estratégico de regeneración urbano del distrito del Rímac así como las propuestas normativas de tratamiento de zonifi cación especial, estableciendo dentro de ellas el uso de suelos, densidad residencial y parámetros urbanísticos específi cos y propone la organización del espacio físico del suelo a fi n de lograr un desarrollo armónico de la jurisdicción del distrito; Que, tanto el Acondicionamiento Territorial como el Desarrollo Urbano, requieren de un instrumento técnico de gestión local y a nivel nacional, que establezca los procedimientos mínimos que deben seguir las Municipalidades en el ejercicio autónomo de sus competencias, en materia de planeamiento y acondicionamiento territorial y desarrollo urbano, garantizando la ocupación racional y sostenible del territorio, la armonía entre el ejercicio del derecho de propiedad y el interés social, la coordinación de los diferentes niveles de gobierno nacional, regional y local para facilitar la participación del sector privado; Que, siendo ello así y contando con el informe favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica la Comisión de Desarrollo Urbano y Defensa Civil lo encuentra conforme a las disposiciones legales antes citadas; Estando a lo expuesto y conforme a lo establecido el artículo 41º y artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el voto unánime de los señores Regidores y con la dispensa de aprobación del acta; ACORDARON: Artículo Primero.- DECLARAR de Interés Local el Estudio Urbano para el Desarrollo del Eje Estratégico de Regeneración Urbana del Distrito del Rímac, así como las Propuestas Normativas de Tratamiento de Zonifi cación Especial, estableciendo dentro de ella Usos de Suelos, Densidad Residencial y Parámetros Urbanísticos Específi cos, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente disposición. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano el cumplimiento de la presente disposición. Dado en el Palacio Municipal a los seis días del mes de julio del dos mil once. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ENRIQUE PERAMÁS DÍAZ Alcalde 699312-1 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Aprueban la Constitución y Reglamento de Organización y Funciones de las Juntas Vecinales del distrito de San Isidro ORDENANZA Nº 334-MSI EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO