Norma Legal Oficial del día 05 de octubre del año 2011 (05/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, miercoles 5 de octubre de 2011

NORMAS LEGALES

451161

POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA Visto, en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 07-2011-COM-IMA-PVCD/MSI de la Comision de Comunicaciones, Imagen, Participacion Vecinal, Cultura y Deporte, Informe Nº 1333-20110400-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoria Juridica y el Memorandum Nº 275-2011-0130-OPV/MSI de la Oficina de Participacion Vecinal; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los Articulos 194 y 197 de la Constitucion Politica, las municipalidades distritales son organos de gobierno local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; asi como, promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal; Que, por Ordenanza Nº 243-MSI y modificatorias, se aprobo la Constitucion y Reglamento de Organizacion y Funciones de las Juntas Vecinales del distrito de San Isidro; Que, a fin de garantizar una efectiva participacion vecinal resulta conveniente actualizar la MORDAZA que reglamenta la eleccion y funcionamiento de las Juntas Vecinales en el distrito de San Isidro; Que, estando a lo expuesto y, en uso de las facultades conferidas por los Articulos 9, Numeral 8, y 40 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, por mayoria y con dispensa de tramite de aprobacion de Acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA CONSTITUCION Y REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DE LAS JUNTAS VECINALES. Articulo Primero.- Aprobar la Constitucion y Reglamento de Organizacion y Funciones de las Juntas Vecinales del distrito de San MORDAZA y un (01) Anexo, que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- Derogar la Ordenanza Nº 243MSI y todas las demas disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza, con la finalidad de unificar la normativa sobre Juntas Vecinales en el distrito de San Isidro. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. Dado en San MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de setiembre del ano dos mil once. MORDAZA DE MONZARZ STIER Alcaldesa (e) CONSTITUCION Y REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DE LAS JUNTAS VECINALES DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA TITULO I DEFINICIONES GENERALES Articulo 1º.- De las Juntas Vecinales Las Juntas Vecinales del distrito de San MORDAZA son organizaciones autonomas, conformadas por vecinos de los subsectores del distrito, las que se constituyen como mecanismos que fomentan la participacion vecinal. El distrito de San MORDAZA se divide en cinco (5) sectores, subdivididos en veinticuatro (24) subsectores, de acuerdo al Anexo 1 de la presente Ordenanza. Articulo 2º.- De los Vecinos Se consideran vecinos a los siguientes: - Personas naturales, peruanas o extranjeras, que tengan la condicion de residentes, propietarios, inquilinos debidamente autorizados por el propietario o toda persona con titulo legal sobre inmuebles ubicados en la jurisdiccion del distrito de San Isidro.

- Las personas en cuyo Documento Nacional de Identidad o Carne de Extranjeria figura una direccion correspondiente al distrito. Para efectos de la eleccion de las Juntas Vecinales, el vecino tiene derecho a votar por un solo subsector. El vecino propietario de mas de un predio del distrito debera sufragar en el que reside. Articulo 3º.- De los Delegados Vecinales Los Delegados Vecinales son los representantes de cada Junta Vecinal, elegidos democraticamente por los vecinos por el periodo de un (1) ano. El ejercicio del cargo del delegado vecinal no es remunerado, no constituye funcion publica, ni genera incompatibilidad alguna. Articulo 4º.- Del Comite de Delegados Vecinales El Comite de Delegados Vecinales, es el organo que agrupa a los delegados vecinales de cada subsector y estara constituido por cinco (5) vecinos que desempenan los cargos de Presidente, Vicepresidente, Secretario, Vocal 1 (Seguridad Ciudadana, Fiscalizacion) y Vocal 2 (Desarrollo MORDAZA y Obras) TITULO II ELECCIONES DE LOS DELEGADOS VECINALES CAPITULO I CONVOCATORIA Articulo 5º.- Convocatoria a Elecciones El MORDAZA, mediante Decreto de Alcaldia, convoca a elecciones de los delegados vecinales y designa a los integrantes del Comite Electoral que conducira dichas elecciones, con una anticipacion no menor de sesenta (60) dias calendario de la fecha de vencimiento del mandato de los delegados vecinales en ejercicio al momento de la convocatoria. El decreto de convocatoria establecera el cronograma electoral, y debera incluir como minimo la siguiente informacion: a) Fecha de publicacion del padron electoral provisional; b) Plazo para presentar impugnaciones (tachar o incluir electores); c) Plazo para resolver las impugnaciones al padron electoral; d) Fecha de publicacion del padron electoral definitivo; e) Fecha de inscripcion de las listas de candidatos; f) Fecha de publicacion provisional de las listas de candidatos; g) Plazo para formular tachas contra los candidatos; h) Plazo para resolver las tachas interpuestas contra candidatos; i) Fecha de publicacion definitiva de las listas de candidatos; j) Fecha y hora de la eleccion; y k) Fecha de publicacion de los resultados. CAPITULO II EL COMITE ELECTORAL Articulo 6º.- Conformacion El Comite Electoral estara integrado por tres (3) vecinos del distrito que desempenaran los cargos de Presidente (1), Vicepresidente (1) y Secretario (1), propuestos por el Consejo de Coordinacion Local Distrital El Comite Electoral contara con el asesoramiento legal de la Municipalidad de San Isidro. Articulo 7º.- Atribuciones y Obligaciones a) Organizar, dirigir y controlar el desarrollo del MORDAZA electoral. El Comite Electoral solicitara apoyo y asistencia tecnica a la ONPE en el MORDAZA electoral y como veedor se podra invitar al JNE. b) Aprobar la designacion de los Presidentes de Mesa. c) Resolver las impugnaciones presentadas en el padron de electores.

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