Norma Legal Oficial del día 05 de octubre del año 2011 (05/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

451168
COD. INFRACCION SANCION UIT

NORMAS LEGALES
MEDIDAS COMPLEMENTARIAS G = Sujeto a gradualidad Primera vez: cierre temporal por 05 dias MORDAZA vez: cierre temporal por 15 dias Tercera vez: cierre definitivo y decomiso de equipos informaticos. G = Sujeto a gradualidad Primera vez: cierre temporal por 05 dias MORDAZA vez: cierre temporal por 15 dias Tercera vez: cierre definitivo y decomiso de equipos informaticos. G = Sujeto a gradualidad Primera vez: cierre temporal por 05 dias MORDAZA vez: cierre temporal por 15 dias Tercera vez: cierre definitivo y decomiso de equipos informaticos.

El Peruano MORDAZA, miercoles 5 de octubre de 2011

Servicios al Ciudadano y Empresa (www.psce.gob.pe) y en el MORDAZA del Estado Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcade 698952-1

La no distribucion fisica de los equipos de computo, de tal manera que el responsable no tenga el control abierto 06.021 y visible de los contenidos expuestos por los usuarios y/o acompanantes. G = Sujeto a gradualidad

30%

No solicitar el Documento Nacional de Identidad-DNI a toda persona o acompanante 06.022 que ingrese a las cabinas de Internet. G = Sujeto a gradualidad

MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA
Modifican el Reglamento de Sanciones Administrativas de Infracciones - RAS
ORDENANZA Nº 013 La Punta, 28 de setiembre de 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Distrital de La Punta, en sesion celebrada el 28 de setiembre de 2011, con el MORDAZA aprobatorio de los Regidores Distritales y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972 y el Reglamento Interno del Concejo VISTO:

30%

No contar con un responsable legal, propietario presente o responsable designado en 06.023 el momento de la visita de la autoridad. G = Sujeto a gradualidad De comprobarse la visualizacion de paginas pornograficas por menores de 06.023.1 edad promovidos por mayores de edad. NO G = No sujeto a gradualidad No tener disponible o no exhibir el registro escrito de usuarios de ingresantes a la cabina de 06.023.2 Internet. NO G = No sujeto a gradualidad No identificar al docente o tutor educativo y/o permitir el ingreso de escolares dentro del horario 06.023.3 escolar. NO G = No sujeto a gradualidad Establecimientos que no cuenten con Licencia de Funcionamiento 06.023.4 correspondiente. NO G = No sujeto a gradualidad Establecimiento que permiten el acceso a menores de edad para visualizar paginas de 06.023.5 contenido pornografico o similares. NO G = No sujeto a gradualidad Sucedan hechos delictivos dentro del establecimiento contraviniendo la Ley y el Reglamento, los cuales 06.023.6 cuenten con intervencion policial y/o acusacion fiscal. NO G = No sujeto a gradualidad No comunicar o reportar a la Autoridad Policial actos que atenten contra el pudor de los 06.023.7 usuarios menores de edad. NO G = No sujeto a gradualidad

30%

50%

NO G = No sujeto a gradualidad Cierre definitivo.

50%

NO G = No sujeto a gradualidad Cierre definitivo.

50%

NO G = No sujeto a gradualidad Cierre definitivo.

El Informe Nº 063-2011-MDLP-GR de fecha 26 de setiembre de 2011, emitido por la Gerencia de Rentas, mediante el cual propone la modificacion del Reglamento de Sanciones Administrativas de Infracciones ­ RAS, aprobado mediante Ordenanza Nº 010-2004-MDLP/ALC, y la modificacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Nº 001-2008-MDLP/ALC; y, CONSIDERANDO:

50%

NO G = No sujeto a gradualidad Cierre definitivo y decomiso de sus equipos informaticos.

50%

NO G = No sujeto a gradualidad Cierre definitivo y cancelacion de la licencia de funcionamiento.

50%

NO G = No sujeto a gradualidad Cierre definitivo, cancelacion de la licencia de funcionamiento y decomiso de sus equipos informaticos. NO G = No sujeto a gradualidad Cierre definitivo y cancelacion de la licencia de funcionamiento.

50%

Articulo 3º.- Encargar a la Gerencia de Secretaria General la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4°.- ENCARGAR a la Gerencia de Seguridad el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo 5º.- Encargar a las Areas competentes la publicacion del presente dispositivo en el MORDAZA Institucional (www.munilaperla.gob.pe), en el MORDAZA de

Que, segun el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion ­ Ley Nº 27680, y posteriormente modificado por la Ley Nº 28607, las municipalidades provinciales y distritales son organos de Gobierno Local, que tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante el Informe de visto, la Gerencia de Rentas precisa que mediante Ley Nº 29139 se modifico la Ley Nº 28119 que prohibe el acceso de menores de edad a paginas web de contenido pornografico, mediante la cual se establecio que los conductores de establecimientos que brindan el servicio de cabinas publicas de Internet estan obligados a garantizar que los menores de edad que concurran a sus establecimientos no tengan acceso a paginas web de contenido pornografico u otras formas renidas con la moral o el pudor; Que, asimismo, precisa que mediante Decreto Supremo Nº 025-2010-ED se aprobo el Reglamento de la referida ley, en la cual se precisa las medidas preventivas que deben tomar los conductores de tales establecimientos con el fin de proteger la integridad moral, siquica y fisica del menor; Que, de acuerdo a los alcances del Reglamento MORDAZA citado, la Municipalidad aprobara y publicara la MORDAZA que adecue su reglamento de aplicacion de sanciones a los dispositivos contenidos en el, teniendo como referente obligatorio las infracciones y sanciones previstas en el mismo y en su cuadro de infracciones y sanciones anexo. Asimismo, de acuerdo a lo dispuesto en su MORDAZA Disposicion Complementaria Final, las Municipalidades adecuaran su MORDAZA para la correcta aplicacion de las normas MORDAZA expuestas; Que, en ese sentido, a fin de adecuar la normatividad de este Distrito al MORDAZA juridico vigente, se debera

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