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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 5 de octubre de 2011 451155 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y el Decreto Supremo Nº 030-2002-PCM que aprueba su reglamento, declara al Estado peruano en proceso de modernización con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 023-2008- GR-LL/CR, de fecha 14 de julio de 2008, se aprueba la modifi cación de la estructura orgánica del Gobierno Regional de La Libertad, consiguiente Organigrama Estructural, así como su Reglamento de Organización y Funciones (ROF). Que, mediante Ordenanza Regional Nº 004-2006- CR/RLL, de fecha 31 de marzo de 2006, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Dirección Regional de Salud con un total de doscientos setenta y tres (273) cargos ( ciento treinta y ocho (138) ocupados y ciento treinta y cinco (135) previstos) vigente a la fecha. Que, el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) por parte de las Entidades de la Administración Pública. Que, el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) es un documento técnico- normativo de gestión institucional que contiene los cargos necesarios que la Alta Dirección prevé como necesarios para el normal funcionamiento de una entidad, en base a la estructura de la organización vigente. Que, al haber sido modifi cado la Estructura Orgánica de la Gerencia Regional de Salud del Gobierno Regional de La Libertad, es necesario efectuar las modifi caciones pertinentes en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) vigente, por ser de necesidad institucional y por ende para la acertada toma de decisiones y la buena marcha de la gestión institucional. En ejercicio de las atribuciones que le confi ere la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y sus modifi catorias por la Ley Nº 27902 y Ley Nº 29053, y estando a lo acordado. Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- APROBAR la modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) año 2011 de la Gerencia Regional de salud del Gobierno Regional de La Libertad, el cual está integrado de un total de trescientos veintiuno (321) cargos (ciento ochenta y dos (182) ocupados y ciento treinta y nueve (139) previstos) contenido en ochentisiete (87) folios, incluida la documentación sustentatoria, que en anexo adjunto, forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la Ordenanza Regional Nº 004-2006-CR/RLL, de fecha 31 de marzo de 2006, que aprueba el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Gerencia Regional de Salud, el cual está integrado de un total de doscientos setenta y tres (273) cargos (ciento treinta y ocho (138) ocupados y ciento treinta y cinco (135) previstos). Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Salud del Gobierno Regional de La Libertad, la formulación de su Manual de Organización y Funciones (MOF) en un plazo máximo de 30 días calendarios, luego de la aprobación del presente Cuadro para la Asignación de Personal (CAP); bajo su responsabilidad. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, brinde el acompañamiento y apoyo técnico necesario a la referida Gerencia Regional Sectorial, en el proceso de su formulación de su Manual de Organización y Funciones (MOF) y consiguiente trámite de aprobación en el plazo establecido. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y en el encargado de los avisos judiciales en la capital de la región. Artículo Sexto.- DISPONER la publicación del presente Cuadro para Asignación de Personal (CAP) aprobado en el artículo primero de la presente Ordenanza Regional, en el portal institucional del Gobierno Regional de La Libertad y en la Gerencia Regional Sectorial. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación. En Trujillo, a los tres días del mes de mayo del año dos mil once. HEBERT IVÁN JIMÉNEZ URQUIAGA Consejero Delegado AL SEÑOR PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de La Libertad a JOSE H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional 698826-4 Crean la Comisión Ordinaria de Defensa Nacional y Seguridad Ciudadana Regional ORDENANZA REGIONAL Nº 006-2011-GR-LL/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno de La Libertad, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú; Ley de Bases de Descentralización, Ley Nº 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modifi catorias, y demás normas complementarias. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: VISTO: En Sesión Extraordinaria de fecha 15 de abril de 2011, el informe verbal ante el Pleno del Consejo Regional del Jefe de la III Dirección Territorial de la Policía Nacional del Perú, respecto al “Plan de Trabajo y Estrategias de la III DITERPOL – La Libertad, para garantizar la seguridad ciudadana y el orden interno”; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado y el Artículo 2º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia. Que, es competencia del Gobierno Regional de La Libertad emitir Ordenanzas Regionales, conforme a lo prescrito en el Artículo 38º de la acotada Ley, que establece: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia.(...)”. Que, conformidad a la legislación vigente se entiende por Seguridad Ciudadana a la acción integrada que desarrolla el Estado, con la colaboración de la ciudadanía, destinada a asegurar su convivencia pacífi ca, la erradicación de la violencia y la utilización pacífi ca de las vías y espacios públicos. Del mismo modo, contribuir a la prevención de la comisión de delitos y faltas. Dichas acciones son ejecutadas a través del Sistema Nacional