Norma Legal Oficial del día 07 de octubre del año 2011 (07/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, viernes 7 de octubre de 2011

NORMAS LEGALES

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UNIVERSIDADES
Otorgan el duplicado de diploma de grado academico de Bachiller en Ingenieria Mecanica de la Universidad Nacional del Centro del Peru
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU RESOLUCION Nº 01936-CU-2011
Huancayo, 15 de setiembre de 2011 EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU Visto, el expediente Nº 023786 de fecha 25 de Agosto del 2011, por medio del cual don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicita Duplicado de Diploma de Grado Academico de Bachiller en Ingenieria Mecanica, por perdida. CONSIDERANDO: Que, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicita duplicado del Diploma de Grado Academico de Bachiller, por perdida; el Diploma de Grado de Bachiller en Ingenieria Mecanica fue expedido el 24.05.2006, Diploma registrado con el Nº 1460, registrado a Fojas 282 del Tomo 037 - B, para el efecto, adjunta los documentos consignados en el item 4 de la Directiva Nº 001-2006-SG-UNCP; Que, mediante la Resolucion Nº 01304-CU-2007 del 19.01.2007, la Universidad aprueba la "Directiva para otorgar Duplicado de Diplomas de MORDAZA Academicos y Titulos Profesionales expedidos por la Universidad Nacional del Centro del Peru"; Que, con Resoluciones Nº 1525-2006-ANR y 18952006-ANR, la Asamblea Nacional de Rectores, reglamenta la expedicion de Duplicados de Diplomas de MORDAZA Academico y Titulos Profesionales en cumplimiento a la Ley Nº 28626, por medio del cual faculta a las universidades publicas y privadas expedir duplicados de diplomas de MORDAZA Academicos y Titulos Profesionales por perdida, deterioro o mutilacion; y De conformidad a las atribuciones conferidas por los dispositivos legales vigentes, al cumplimiento de la Directiva Nº 001-SG-2006-UNCP., y al acuerdo de Consejo Universitario de fecha 06 de Setiembre del 2011. RESUELVE: 1º OTORGAR EL DUPLICADO DE DIPLOMA DE GRADO ACADEMICO DE BACHILLER EN INGENIERIA MECANICA, a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle: Diploma registro Nº 1460, registrado a Fojas 282 del Tomo 037 - B. 2º DAR CUENTA de la presente Resolucion a la Asamblea Nacional de Rectores de conformidad a la Ley 28626. 3º ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolucion a Secretaria General y Facultad de Ingenieria Mecanica. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA Rectora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Crean el Consejo Regional de Turismo - CORETUR
ORDENANZA REGIONAL Nº 006-2011-CR/GRC.CUSCO
POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional del MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de fecha uno de agosto del ano dos mil once, ha debatido el Proyecto de Ordenanza Regional que Crea el Consejo Regional de Turismo ­ CORETUR del Gobierno Regional del Cusco; por tanto: CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por Ley Nº 27680, "Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, establece: "Los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia (...) La estructura organica basica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como organo normativo y fiscalizador (...)". Que, el articulo 13º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley Nº 29053, establece que el Consejo Regional: "Es el organo normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le MORDAZA delegadas. (...)". Que, el articulo 6º de la Ley precedentemente senalada, establece que, el desarrollo regional comprende la aplicacion coherente y eficaz de las politicas e instrumentos de desarrollo economico social, poblacional, cultural y ambiental, a traves de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento economico armonizado con la dinamica demografica, el desarrollo social equitativo y la conservacion de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional, orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres e igualdad de oportunidades. Asimismo, el literal a) del articulo 63º establece como funciones en materia turismo, el de formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las politicas en materia de desarrollo de la actividad turistica regional, en concordancia con la politica general del gobierno y los planes sectoriales; y el literal q) establece como funciones en materia de turismo, el de organizar y conducir las actividades de promocion turistica de la region en coordinacion con las organizaciones de la actividad turistica y los gobiernos locales. Que, mediante Ley Nº 29565, se crea el Ministerio de Cultura, siendo que a partir del 01 de octubre de 2010, el Instituto Nacional de Cultura se fusiona bajo la modalidad de absorcion en el Ministerio de Cultura, de acuerdo al Decreto Supremo Nº 001-2010-MC. Que, el articulo 6º de la Ley Nº 29565, sobre competencias compartidas, establece que el Ministerio de Cultura ejerce competencias compartidas con los gobiernos regionales, en materia de patrimonio cultural, creacion y gestion cultural e industrias culturales: dictar normas y lineamientos tecnicos para la proteccion, defensa, conservacion, difusion y puesta en valor del Patrimonio Cultural de la Nacion; y la promocion, desarrollo de mecanismos, estrategias y programas en coordinacion con los gobiernos locales, con criterios de interculturalidad. Que, en el caso exclusivo del sector turismo, al no existir una politica publica MORDAZA de desarrollo turistico que emane del Gobierno Regional del MORDAZA, en estricto cumplimiento de las normas vigentes, la Gerencia Regional de Desarrollo Economico, asume la responsabilidad de plantear los lineamientos que promuevan el desarrollo turistico regional, implementando por mandato el Plan Estrategico Regional de Turismo del MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 072-2010-CR/GRC. MORDAZA, como instrumento matriz y de gestion sectorial concordante al Plan Estrategico Regional Concertado al

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