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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 (07/10/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 7 de octubre de 2011 451253 001550-2011/GRI/RENIEC (22JUN2011), emitido por la Gerencia de Registros de Identificación; los Informes Nos. 000156 y 000182-2011/GPP/SGR/RENIEC (12JUL y 23AGO2011), emitidos por la Sub Gerencia de Racionalización; los Oficios Nos. 001495 y 001859- 2011-GPP/RENIEC (13JUL y 23AGO2011), emitidos por la Gerencia de Planificación y Presupuesto; y los Informes Nos. 001658 y 001788-2011-GAJ/RENIEC (27JUL y 26AGO2011), emitidos por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, es un organismo constitucionalmente autónomo encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que la Ley No. 28716 “Ley de Control Interno de las Entidades del Estado”, tiene por fi nalidad que las entidades del Estado implanten obligatoriamente sistemas de control interno en sus procesos, actividades, recursos, operaciones y actos institucionales; Que las diversas unidades orgánicas del RENIEC, en su constante compromiso de mejoramiento, vienen revisando su normativa a efectos de solicitar la aprobación de nuevos documentos de gestión o en otros casos, se dejen sin efecto, con la fi nalidad de mejorar y optimizar las labores de cada una de ellas; Que la Gerencia de Registros de Identifi cación, mediante los Ofi cios del visto, solicita aprobación de la Guía de Procedimientos GP – 295-GRI/SGTIG/001 “Servicio Especial de Identifi cación Biométrica de Personas NN mediante el Sistema AFIS – Segunda Versión; y, Guía de Procedimientos GP – 319-GRI/SGTIG/002 “Procesamiento de Transacciones Detectadas por el AFIS” – Segunda Versión; Que mediante los documentos del visto, la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto manifi esta que los documentos normativos señalados en el considerando precedente, se adecúan a los lineamientos dispuestos por la Directiva DI-200-GPP/001 “Lineamientos para la Formulación de Documentos Normativos del RENIEC”, Tercera Versión, aprobada por Resolución Jefatural No. 964-2010-JNAC/ RENIEC (10NOV2010); Que lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural debe ser puesto a conocimiento de la ciudadanía, a través de la correspondiente publicación; Conforme a las facultades conferidas por la Ley No. 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil; al Reglamento de Inscripciones aprobado mediante Decreto Supremo No. 015-98-PCM; al inciso h) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Jefatural No. 855- 2010/JNAC/RENIEC, (29SET2010); SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural No. 164 -2010/JNAC (05MAR2010) que aprobó la Guía de Procedimientos GP – 295-GRI/SGTIG/001 “Servicio Especial de Identifi cación Biométrica de Personas NN mediante el Sistema AFIS” – Primera Versión; y, la Resolución Jefatural No. 336-2010-JNAC/RENIEC (19ABR2010) que aprobó la Guía de Procedimientos GP – 319-GRI/SGTIG/002 “Procesamiento de Transacciones Detectadas por el AFIS” – Primera Versión. Artículo Segundo.- Aprobar la Guía de Procedimientos GP – 295-GRI/SGTIG/001 “Servicio Especial de Identifi cación Biométrica de Personas NN mediante el Sistema AFIS” – Segunda Versión; así como la Guía de Procedimientos GP – 319-GRI/SGTIG/002 “Procesamiento de Transacciones Detectadas por el AFIS” – Segunda Versión; propuesta por la Gerencia de Registros de Identifi cación, las mismas que entrarán en vigencia a partir de la aprobación de la presente Resolución Jefatural. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto la difusión de los documentos normativos aprobados. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 700342-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a la EDPYMES Proempresa S.A. el traslado de agencia ubicada en el departamento de Ayacucho RESOLUCIÓN SBS Nº 10292-2011 Lima, 29 de setiembre de 2011 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por EDPYMES PROEMPRESA S.A. para que esta Superintendencia autorice el traslado de su agencia ubicada en el distrito de Ayacucho, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho, autorizada mediante Resolución SBS Nº 889-97 y Resolución SBS Nº 1110-2002 de fechas 19 de diciembre de 1997 y 06 de noviembre de 2002, respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, en Sesión de Directorio de fecha 15 de noviembre de 2010 se acordó el traslado de la referida agencia; Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para el traslado de ofi cinas, conforme lo establece el Procedimiento 12º del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) actualmente vigente; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley Nº 26702, por la Resolución SBS Nº 775- 2008 y en virtud de las facultades delegadas por Resolución SBS Nº 12883-2009 del 10 de setiembre de 2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la EDPYMES PROEMPRESA S.A. el traslado de su agencia ubicada en el Jirón Callao Nº 118, distrito de Ayacucho, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho; hacia el nuevo local ubicado en Jirón Callao Nº 130, distrito de Ayacucho, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZÁRATE Intendente General de Microfi nanzas 699704-1 Opinan favorablemente respecto a emisión de Bonos de Arrendamiento Financiero a través del “Primer Programa de Emisión de Bonos de Arrendamiento Financiero del Banco Interamericano de Finanzas” RESOLUCIÓN SBS Nº 10294-2011 Lima, 30 de setiembre de 2011 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por el Banco Interamericano de Finanzas para que esta Superintendencia emita opinión favorable sobre la emisión de Bonos de Arrendamiento