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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 (22/10/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 48

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 22 de octubre de 2011 452090 Pasajes Lima – Río de Janeiro – Lima US $ 731.64 Cargo de emisión US $ 29.50 Viáticos internacionales US $ 1,200.00 Viáticos nacionales S/. 420.00 Total US $ 2,401.35 Total S/. 420.00 Artículo Cuarto.- El cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo no otorgará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo Quinto.- De conformidad a lo establecido por el Acuerdo Municipal Nº 058-04-MC, los referidos funcionarios deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados en la Sesión Ordinaria inmediata posterior a la realización del viaje. Regístrese comuníquese y cúmplase. LUIS ARTURO FLOREZ GARCÍA Alcalde 706298-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL NIETO Modifican “Plan Director de Desarrollo Urbano de Moquegua - Samegua 2003 - 2010” ORDENANZA MUNICIPAL Nº 012-2011-MPMN Moquegua, 20 de junio de 2011 EL ALCALDE PROVINCIAL DE “MARISCAL NIETO”: VISTO, en “Sesión Ordinaria” del 18-06-2011, el Dictamen Nº 005-2011-CODUA/MPMN de Registro Nº 17313-2011, sobre Cambio de Uso del “Plan Director de Desarrollo Urbano de Moquegua - Samegua 2003 - 2010” Ampliada su vigencia hasta Diciembre de 2011. CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son los órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, tal como lo señala el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley 27972; Que, los Artículos 73º y 79º de la Ley 27972, establecen que las Municipalidades son competentes en materia de organización del espacio físico y uso de suelo, aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonifi cación de áreas Urbanas, entre Otras; Que, por Ordenanza Municipal Nº 027-2003-MUNIMOQ del 30-09-2003, se aprobó el “Plan Director de Desarrollo Urbano de Moquegua - Samegua 2003 - 2010” y mediante Ordenanza Municipal Nº 005-2011-MPMN de fecha 18-04- 2011 se amplió su vigencia hasta Diciembre de 2011; Que, mediante el Dictamen Nº 005-2011-CODUA/ MPMN de Registro Nº 17313-2011, la “Comisión Ordinaria de Desarrollo Urbano Ambiental”, ha determinado que es procedente la Modifi catoria del “Plan Director de Desarrollo Urbano de Moquegua - Samegua 2003 - 2010”, cambiando la Zonifi cación de los terrenos del Fundo Mitad de Yaracache - Parcela Nº 01 con 2.37191 Hás. de área y del Fundo Yaracachi - Parcela Nº 02 con 4.2923 Hás de área, para su incorporación dentro del Sector de Planeamiento SP-05, Sub Sector 1, de área “Agrícola” al área de “Expansión Urbana”, ubicado en el Sector “Santa Rosa” del Distrito de Moquegua, de la Provincia de “Mariscal Nieto” del Departamento de “Moquegua”; POR CUANTO: El Concejo Provincial de “Mariscal Nieto”, en uso de las facultades concedidas por el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú promulgada el 29-12-1993 y modifi cada por Ley 27680 del 06-03-2002, al amparo de la Ley Orgánica de Municipalidades 27972 de fecha 26-05-2003, Ley 8230 del 03-04-1936 y Decreto Supremo 027-2003-VIVIENDA, ha aprobado en “Sesión Ordinaria” de fecha 18-06-2011, la siguiente: ORDENANZA DE MODIFICATORIA DEL “PLAN DIRECTOR DE DESARROLLO URBANO DE MOQUEGUA - SAMEGUA 2003 - 2010” AMPLIADA SU VIGENCIA POR ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005-2011-MPMN Artículo 1°.- Aprobar el CAMBIO DE USO del “PLAN DIRECTOR DE DESARROLLO URBANO DE MOQUEGUA - SAMEGUA 2003 - 2010”, cambiando la Zonifi cación de los terrenos ubicados en el Fundo Mitad de Yaracache - Parcela Nº 1 con 2.37191 Hás. de área y en el Fundo Yaracachi - Parcela Nº 02 con 4.2923 Hás. de área, del Sector “Santa Rosa” del Distrito de Moquegua, para su incorporación dentro del Sector de Planeamiento SP-05, Sub Sector 1, de área “Agrícola” al área de “Expansión Urbana” con un área total de 6.6642 Hás. Artículo 2°.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano Ambiental y Acondicionamiento Territorial de la Municipalidad Provincial de “Mariscal Nieto” y a sus áreas competentes, la ejecución de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. ALBERTO R. COAYLA VILCA Alcalde 706377-1 REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL