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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 (22/10/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 33

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 22 de octubre de 2011 452075 noviembre es la titulada “Space Program of Perú”, en la que se hablaría del Proyecto Chasqui y del Radio Skaf3; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y el artículo 52º inciso c) del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a Lituania del Dr. Glen Darío Rodríguez Rafael docente de la Facultad de Ingeniería Industrial de la UNI, para que asista en representación de la Universidad Nacional de Ingeniería a la Conferencia Internacional “Space Economy in Multipolar World 2011 (SEMWO”11)”, organizada por la Lietuvos Kosmoso Asociacija del 16 al 18 noviembre de 2011. Artículo 2º.- Otorgar al Dr. Glen Darío Rodríguez Rafael, los viáticos respectivos, para sufragar los gastos que por dichos conceptos irroguen su participación en el evento antes mencionado, los mismos que serán fi nanciados a través de los Recursos Directamente Recaudados de la Administración Central, por el equivalente en nuevos soles del total del monto que a continuación se indica. Pasajes aéreo y terrestre (Ida y vuelta) : USD 2 200.00 Viáticos : USD 800.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, se presentará un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento; asimismo, se presentará, la rendición de las cuentas respectivas, de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- Disponer que la Ofi cina Central de Logística publique la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano de conformidad a lo establecido por el artículo 3° de la Ley N° 27619, con cargo a los Recursos Directamente Recaudados de la Administración Central. Artículo 5º.- Dar cuenta al Consejo Universitario. Regístrese, comuníquese y archívese. AURELIO PADILLA RIOS Rector 706305-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO Crean la Oficina Regional para Atención a las Personas con Discapacidad - OREDIS CUSCO ORDENANZA REGIONAL Nº 004-2011-CR/GRC.CUSCO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional del Cusco, en Sesión Ordinaria de fecha catorce de julio del año dos mil once, ha debatido el Proyecto de Ordenanza Regional que Crea la Ofi cina Regional para Atención a las Personas con Discapacidad – OREDIS; por tanto: CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por Ley Nº 27680, “Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, establece: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (…) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como órgano normativo y fi scalizador (…)”. Que, el artículo 13º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por la Ley Nº 29053, establece que el Consejo Regional: “Es el órgano normativo y fi scalizador del gobierno regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas. (…)”. Que, el artículo 8º de la Ley precedentemente señalada, establece los principios rectores de las políticas y la gestión regional: “La gestión de los gobiernos regionales se rige por los siguientes principios: (…) 4. Inclusión.- El Gobierno Regional desarrolla políticas y acciones integrales de gobierno dirigidas a promover la inclusión económica, social, política y cultural, de jóvenes, personas con discapacidad o grupos sociales tradicionalmente excluidos y marginados del Estado, principalmente ubicados en el ámbito rural y organizados en comunidades campesinas y nativas, nutriéndose de sus perspectivas y aportes. Estas acciones también buscan promover los derechos de grupos vulnerables, impidiendo la discriminación por razones de etnia, religión o género y toda otra forma de discriminación”. Que, el artículo 10º de la Ley Nº 28164, Ley que modifi ca diversos artículos de la Ley Nº 27050, Ley General de la Persona con Discapacidad, establece que: “Los gobiernos regionales, a través de Ofi cinas Regionales de Atención a las Personas con Discapacidad, apoyan a las instituciones públicas y privadas, en el desarrollo, ejecución y evaluación de programas, proyectos y servicios que promuevan la igualdad y equidad de oportunidades y el desarrollo de las personas con discapacidad. El CONADIS convendrá con los gobiernos regionales y locales, en lo que fuera pertinente, para que en su representación vigilen el cumplimiento de esta Ley y su Reglamento, extendiendo los alcances sociales, integradores e inclusivos de la Ley a todo el territorio nacional. Los gobiernos locales, sean éstos provinciales o distritales, deberán aperturar ofi cinas de protección, participación y organización de vecinos con discapacidad.” Que, mediante la Resolución de Presidencia Nº 140- 2006-PRE-CONADIS, se aprueban los Lineamientos de la Política de Acción de las Ofi cinas Regionales de Atención a las Personas con Discapacidad”, cuyo objetivo es establecer los lineamientos de la política de acción de las Ofi cinas Regionales de Atención a las Personas con Discapacidad – OREDIS para desarrollar, ejecutar y evaluar los programas, proyectos y servicios de los Gobiernos Regionales que promuevan la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad a nivel nacional. Que, el Gobierno Regional del Cusco, a través de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, en el marco de sus documentos de gestión institucional y planes de desarrollo, es consciente de la necesidad de contar con un órgano institucional dedicado única y exclusivamente a velar por el cumplimiento del régimen legal de protección, de atención de salud, trabajo, educación, rehabilitación, seguridad social y prevención, para que las personas con discapacidad alcancen su desarrollo e integración social, económica y cultural. Por lo que; el Consejo Regional del Cusco, en uso de la facultad conferida por el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno de Organización y Funciones. Ha dado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- CRÉASE, LA OFICINA REGIONAL PARA ATENCIÓN A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD – OREDIS CUSCO, dependiente de la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional del Cusco. Artículo Segundo.- Disponer, que el Ejecutivo Regional realice todas las acciones administrativas sufi cientes y necesarias para el funcionamiento de la Ofi cina Regional para Atención a las Personas con Discapacidad – OREDIS, en un plazo no mayor de sesenta (60) días, a partir de la publicación de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- Son funciones de la Ofi cina Regional para Atención a las Personas con Discapacidad – OREDIS CUSCO: