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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 30 de octubre de 2011 452555 CONSIDERANDO: Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29628, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, dispone que en la Reserva de Contingencia se ha incluido hasta la suma de S/. 50 000 000,00 (CINCUENTA MILLONES CON 00/100 NUEVOS SOLES), a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, para destinarla a realizar acciones durante el Año Fiscal 2011, a efectos de brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud, que permita mitigar los efectos dañinos por el inminente impacto de un fenómeno natural o antrópico, declarado por el organismo público técnico-científi co competente, y rehabilitar la infraestructura pública. Además, en caso de ser necesario dicha Reserva podrá ser aplicable para mitigar los efectos dañinos a la actividad agropecuaria altoandina, considerándose una respuesta oportuna la provisión de forraje, alimentos para ganado, vacunas y vitaminas para animales; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 011-2010- EF/15, modifi cada por las Resoluciones Ministeriales Nº 251-2010-EF/15 y Nº 040-2011-EF/15, se aprobó la Directiva Nº 002-2010-EF/68.01, “Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29628, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011”; Que, el numeral 9.1 de la mencionada Directiva señala que ocurrido el desastre de gran magnitud o declarado ofi cialmente el peligro inminente del mismo por el organismo público técnico científi co competente, las Entidades asignarán los recursos presupuestarios para la atención de las emergencias realizando las modifi caciones presupuestarias que correspondan, en el marco de las disposiciones legales vigentes y, sólo en el caso que no cuenten con la disponibilidad de recursos presupuestarios, el Titular de la Entidad solicitará al INDECI los recursos a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29628, de acuerdo a lo establecido en la Directiva mencionada; Que, con los Ofi cios de Vistos, el Gobierno Regional del Departamento de Huancavelica remitió una (01) Ficha Técnica de Actividad de Emergencia, referida al alquiler de maquinaria que permita recuperar la transitabilidad de las carreteras Lachocc - Cachimayo - Cotay - Huracco - Cusibamba - Yauricocha - Altar - Pucamayo del Distrito de Ascensión, Provincia de Huancavelica, Departamento de Huancavelica, que han sido afectadas por las intensas lluvias producidas el 14 de abril de 2011, que ocasionaron desprendimiento de lodo, piedras y materiales sueltos en diferentes tramos de las mencionadas infraestructuras viales; Que, conforme lo señalado en el numeral 11.4 del artículo 11º de la Directiva Nº 002-2010-EF/68.01, el INDECI evalúa las Fichas Técnicas de Actividad de Emergencia y, de ser procedente, las aprueba expresamente a través del Informe del Director Nacional del órgano de línea del INDECI. Adicionalmente, el INDECI elabora el Informe Técnico de Aprobación de las Fichas Técnicas de Actividad de Emergencia, el cual debe estar suscrito por los profesionales de los niveles jerárquicos que amerite la aprobación, incorporación y transferencia de los recursos correspondientes, y refrendado en todos sus términos por el Director Nacional del INDECI correspondiente; Que, de acuerdo al Informe Técnico Nº 046- 2011-INDECI/DNPE/EPEFT de Vistos, el Equipo de Profesionales, luego de la evaluación correspondiente aprobó las Ficha Técnica presentada por el Gobierno Regional del Departamento de Huancavelica, describiendo la situación de nexo casualidad: según señalan en la fi cha técnica, como consecuencia de las lluvias en el distrito de Ascensión sucedido el 14.ABR.2011, se produce deslizamientos de lodos, piedras, daños en la plataforma vial, lo cual la hace intransitable, por lo que se plantea el alquiler de maquinaria pesada para la intervención y recuperación del tránsito normal conforme el citado Informe Técnico; Que, efectuada la evaluación correspondiente a la intervención solicitada y analizada la documentación pertinente, el referido Equipo concluye que el requerimiento presentado cumple con las condiciones estipuladas en la Directiva Nº 002-2010-EF/68.01, por lo que de conformidad con lo señalado en el numeral 11.4 del artículo 11º, se aprueba la solicitud de fi nanciamiento efectuada a través de una (01) Ficha Técnica, hasta por el importe de S/. 74 730,00 (SETENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS TREINTA Y 00/100 NUEVOS SOLES), cuyo plazo y modalidad de ejecución se encuentra detallado en el Anexo adjunto a la presente Resolución, con cargo a la Reserva de Contingencia a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29628, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; Que, el Director Nacional de Proyectos Especiales del INDECI, mediante el Informe Técnico Nº 046-2011- INDECI/14.0 de Vistos, aprobó una (01) Ficha Técnica formulada por el Gobierno Regional del Departamento de Huancavelica, hasta por la suma S/. 74 730,00 (SETENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS TREINTA Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, en el marco de lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29628, mediante el Decreto Supremo Nº 183-2011-EF se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, hasta por la suma de S/. 5 297 333,00 (CINCO MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES), en la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios; Que, de conformidad con el artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modifi cado por la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, las Transferencias Financieras que realiza, entre otros, el INDECI para la atención de desastres se aprueban por Resolución del Titular del Pliego, las mismas que serán obligatoriamente publicadas en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, es necesario aprobar la Transferencia Financiera de Recursos a favor de la Municipalidad Distrital de Ascensión, Provincia de Huancavelica, Departamento de Huancavelica, con cargo a los recursos provenientes de la Reserva de Contingencia transferidos al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI mediante Decreto Supremo Nº 183-2011-EF, hasta por la suma de S/. 74 730,00 (SETENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS TREINTA Y 00/100 NUEVOS SOLES), para la ejecución de la actividad señalada en el Anexo adjunto a la presente Resolución; De conformidad con la Ley Nº 29628 – Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y sus normas modifi catorias, Directiva Nº 002-2010-EF/68.01, “Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29628, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2011”, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 011-2010- EF/15, modifi cada por las Resoluciones Ministeriales Nº 251-2010-EF/15 y Nº 040-2011-EF/15; Con la visación de la Sub Jefatura, de las Ofi cinas de Asesoría Jurídica, Planifi cación y Presupuesto, Administración y la Dirección Nacional de Proyectos Especiales; En uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM, modifi cado por Decretos Supremos Nºs. 005-2003-PCM y 095-2005-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar, por las razones señaladas en la parte considerativa de la presente Resolución, la Transferencia Financiera de Recursos a favor de la Municipalidad Distrital de Ascensión, Provincia de Huancavelica, Departamento de Huancavelica, con cargo a los recursos provenientes de la Reserva de Contingencia transferidos al INDECI mediante el Decreto Supremo Nº 183-2011-EF, hasta por la suma de S/. 74 730,00 (SETENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS TREINTA Y 00/100 NUEVOS SOLES), para la ejecución de la Actividad señalada en el Anexo adjunto que forma parte integrante de la presente Resolución. El monto total transferido, conforme aparece en el referido Anexo, corresponde a la suma total de una (01) Actividad, cuyo monto individual debe ser respetado en la etapa de ejecución. Artículo 2º.- Encargar a la Ofi cina de Administración del INDECI, el trámite de la Transferencia Financiera aprobada en el Artículo 1º de la presente Resolución.