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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 (30/10/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 30 de octubre de 2011 452543 toda referencia normativa al CONATA se entenderá hecha al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, el numeral 3.1 del artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 291-2006-VIVIENDA, dispuso la absorción de los órganos y dependencias a cargo de la función normativa de competencia del CONATA, por parte de la Dirección Nacional de Urbanismo del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo; Que, conforme a lo señalado por el segundo párrafo del artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 010-2007- VIVIENDA, la Dirección Nacional de Urbanismo tendrá a su cargo la función normativa a que hace referencia la Resolución Ministerial Nº 291-2006-VIVIENDA antes citada; Que, la Dirección Nacional de Urbanismo ha formulado los Listados de Valores Ofi ciales que contienen los Valores Arancelarios de los Terrenos Rústicos ubicados en el territorio de la República, comprendidos en los departamentos de Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura, Puno, San Martín, Tacna, Tumbes, Ucayali y en la provincia Constitucional del Callao, vigentes para el Ejercicio Fiscal 2012; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar los Listados de Valores Ofi ciales que contienen los Valores Arancelarios de los Terrenos Rústicos ubicados en el territorio de la República, comprendidos en los departamentos de Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura, Puno, San Martín, Tacna, Tumbes, Ucayali y en la Provincia Constitucional del Callao, vigentes para el Ejercicio Fiscal 2012, los cuales podrán ser recabados en la Dirección Nacional de Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, de acuerdo al procedimiento establecido para dicho fi n. Regístrese, comuníquese y publíquese. RENÉ CORNEJO DÍAZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 710652-2 Aprueban Planos Básicos de Valores Oficiales que contienen los Valores Arancelarios de Terrenos de las áreas urbanas de Lima Metropolitana y de la Provincia Constitucional del Callao, vigentes para el Ejercicio Fiscal 2012 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 218-2011-VIVIENDA Lima, 28 de octubre de 2011 CONSIDERANDO: Que, el segundo párrafo del artículo 11 del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, señala que a efectos de determinar el valor total de los predios, se aplicarán los valores arancelarios de terrenos y valores unitarios ofi ciales de edifi cación vigentes al 31 de octubre del año anterior, y las tablas de depreciación por antigüedad y estado de conservación, que formula el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA y aprueba anualmente el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento mediante Resolución Ministerial; Que, por Decreto Supremo Nº 025-2006-VIVIENDA, se aprobó la fusión por absorción del Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA con el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, correspondiéndole al citado Ministerio la calidad de entidad incorporante; Que, el numeral 1.2 del artículo 1 del Decreto Supremo a que se refi ere el considerando anterior, establece que toda referencia normativa al CONATA se entenderá hecha al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, el numeral 3.1 del artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 291-2006-VIVIENDA, dispone la absorción de los órganos y dependencias a cargo de la función normativa de competencia del CONATA, por parte de la Dirección Nacional de Urbanismo del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo; Que, conforme a lo señalado por el segundo párrafo del artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 010-2007- VIVIENDA, la Dirección Nacional de Urbanismo tendrá a su cargo la función normativa a que hace referencia la Resolución Ministerial Nº 291-2006-VIVIENDA antes citada; Que, la Dirección Nacional de Urbanismo ha formulado los Planos Básicos de Valores Ofi ciales que contienen los Valores Arancelarios de Terrenos, expresados en nuevos soles por metro cuadrado, de las áreas urbanas de Lima Metropolitana y de la Provincia Constitucional del Callao, vigentes para el Ejercicio Fiscal 2012; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar los Planos Básicos de Valores Ofi ciales que contienen los Valores Arancelarios de Terrenos, expresados en nuevos soles por metro cuadrado, de las áreas urbanas de Lima Metropolitana y de la Provincia Constitucional del Callao, vigentes para el Ejercicio Fiscal 2012, de acuerdo con la relación que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. RENÉ CORNEJO DÍAZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento ANEXO DEPARTAMENTO: LIMA PROVINCIA: LIMA DISTRITO ANCÓN ATE BARRANCO BREÑA CARABAYLLO CERCADO DE LIMA CHACLACAYO CHORRILLOS CIENEGUILLA COMAS EL AGUSTINO INDEPENDENCIA JESÚS MARÍA LA MOLINA LA VICTORIA LINCE LOS OLIVOS LURIGANCHO LURÍN MAGDALENA DEL MAR MIRAFLORES PACHACAMAC PUCUSANA (LA HONDA, LA QUIPA) PUEBLO LIBRE