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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 (30/10/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 38

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 30 de octubre de 2011 452556 Artículo 3º.- Encargar a la Dirección Nacional de Proyectos Especiales del INDECI la coordinación correspondiente para la suscripción del respectivo Convenio entre el INDECI y la Municipalidad Distrital de Ascensión, Provincia de Huancavelica, Departamento de Huancavelica, para el control y seguimiento de ejecución de metas físicas, conforme a la normatividad vigente. Artículo 4º.- Encargar a la Dirección Nacional de Logística la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 5º.- Encargar a la Ofi cina de Estadística y Telemática disponer la Publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Portal Institucional (www. indeci.gob.pe). Artículo 6º.- Disponer que la Secretaría General e Imagen Institucional registre la presente Resolución en el Archivo General del INDECI, y remita copia autenticada por Fedatario al Gobierno Regional del Departamento de Huancavelica, a la Municipalidad Distrital de Ascensión, Provincia de Huancavelica, Departamento de Huancavelica, a la Sub Jefatura, a las Ofi cinas de Asesoría Jurídica, de Planifi cación y Presupuesto y de Administración y a la Dirección Nacional de Proyectos Especiales, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y archívese. ALFREDO E. MURGUEYTIO ESPINOZA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 710533-4 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 265-2011-INDECI 6 de octubre de 2011 VISTOS: Los Ofi cios Nº 143-2011/GOB-REG-HVCA/ PR de fecha 05.ABR.2011, Nº 257-2011/GOB-REG-HVCA/ PR del 16.MAY.2011, Nº 216-2011/GOB.REG.HVCA/ GRI-DRTC, Nº 217-2011/GOB.REG.HVCA/GRI-DRTC, Nº 219-2011/GOB.REG.HVCA/GRI-DRTC, Nº 220-2011/ GOB.REG.HVCA/GRI-DRTC, Nº 222-2011/GOB.REG. HVCA/GRI-DRTC Nº 223-2011/GOB.REG.HVCA/GRI- DRTC del 07.JUL.2011, respectivamente, del Gobierno Regional de Huancavelica, el Informe Técnico Nº 038- 2011-INDECI/DNPE/EPEFT del 16.AGO.2011, el Informe Técnico Nº 038-2011-INDECI/14.0 del 16.AGO.2011, y el Memorándum Nº 560-2011-INDECI/14.0 del 06.OCT.2011 de la Dirección Nacional de Proyectos Especiales del INDECI, sus antecedentes, y; CONSIDERANDO: Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29628, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, dispone que en la Reserva de Contingencia se ha incluido hasta la suma de S/. 50 000 000,00 (CINCUENTA MILLONES CON 00/100 NUEVOS SOLES), a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, para destinarla a realizar acciones durante el Año Fiscal 2011, a efectos de brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud, que permita mitigar los efectos dañinos por el inminente impacto de un fenómeno natural o antrópico, declarado por el organismo público técnico-científi co competente, y rehabilitar la infraestructura pública. Además, en caso de ser necesario dicha Reserva podrá ser aplicable para mitigar los efectos dañinos a la actividad agropecuaria altoandina, considerándose una respuesta oportuna la provisión de forraje, alimentos para ganado, vacunas y vitaminas para animales; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 011-2010- EF/15, modifi cada por las Resoluciones Ministeriales Nº 251-2010-EF/15 y Nº 040-2011-EF/15, se aprobó la Directiva Nº 002-2010-EF/68.01, “Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29628, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011”; Que, el numeral 9.1 de la mencionada Directiva señala que ocurrido el desastre de gran magnitud o declarado ofi cialmente el peligro inminente del mismo por el organismo público técnico científi co competente, las Entidades asignarán los recursos presupuestarios para la atención de las emergencias realizando las modifi caciones presupuestarias que correspondan, en el marco de las disposiciones legales vigentes y, sólo en el caso que no cuenten con la disponibilidad de recursos presupuestarios, el Titular de la Entidad solicitará al INDECI los recursos a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29628, de acuerdo a lo establecido en la Directiva mencionada; Que, con los Ofi cios de Vistos, el Gobierno Regional de Huancavelica remitió once (11) Fichas Técnicas de Actividad de Emergencia, de las cuales se aprueban seis (06), referidas a la solicitud para el alquiler de maquinaria que permita recuperar la transitabilidad de las carreteras Rumichaca – Moya – Vilca – Viñas – Anccapa, Los Ángeles – San José de Belén, Desvío Viñas – Acobambilla, de la Provincia de Huancavelica, Departamento de Huancavelica, Chinchihuasi – Ñahuinpuquio – Antaccacca – Callos – Pacra, Chaipara – Ccasir – La Merced, de la Provincia de Churcampa, Departamento de Huancavelica y Huanchuy – Salcabamba – Cedropampa, de la Provincia de Tayacaja, Departamento de Huancavelica, las mismas que han sido afectadas por las intensas lluvias producidas en el mes de febrero de 2011, que ocasionaron desprendimiento de lodo, piedras y materiales sueltos en diferentes tramos de las mencionadas infraestructuras viales; Que, conforme lo señalado en el numeral 11.4 del artículo 11º de la Directiva Nº 002-2010-EF/68.01, el INDECI evalúa las Fichas Técnicas de Actividad de Emergencia y, de ser procedente, las aprueba expresamente a través del Informe del Director Nacional del órgano de línea del INDECI. Adicionalmente, el INDECI elabora el Informe Técnico de Aprobación de las Fichas Técnicas de Actividad de Emergencia, el cual debe estar suscrito por los profesionales de los niveles jerárquicos que amerite la aprobación, incorporación y transferencia de los recursos correspondientes, y refrendado en todos sus términos por el Director Nacional del INDECI correspondiente; Que, de acuerdo al Informe Técnico Nº 038- 2011-INDECI/DNPE/EPEFT de Vistos, el Equipo de Profesionales, luego de la evaluación correspondiente aprobó las Fichas Técnicas presentadas por el Gobierno Regional de Huancavelica, describiendo la situación de nexo casualidad: según señala en las Fichas Técnicas, a consecuencia de las fuertes lluvias en los distritos afectados ocurridos en febrero 2011, se produce los deslizamientos de lodos, piedras dañando la plataforma, obras de arte y drenaje; por lo que requieren para la recuperación de la transitabilidad de las carreteras afectadas el alquiler de maquinaria pesada; Que, efectuada la evaluación correspondiente a la intervención solicitada y analizada la documentación pertinente, el referido Equipo concluye que el requerimiento presentado cumple con las condiciones estipuladas en la Directiva Nº 002-2010-EF/68.01, por lo que de conformidad con lo señalado en el numeral 11.4 del artículo 11º, se aprueba la solicitud de fi nanciamiento efectuada a través de seis (06) Fichas Técnicas, hasta por el importe de S/. 294 039,00 (DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL TREINTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES), cuyo plazo y modalidad de ejecución se encuentran detallados en el Anexo adjunto a la presente Resolución, con cargo a la Reserva de Contingencia a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29628, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; Que, el Director Nacional de Proyectos Especiales del INDECI, mediante el Informe Técnico Nº 038-2011- INDECI/14.0 de Vistos, aprobó seis (06) Fichas Técnicas formuladas por el Gobierno Regional de Huancavelica, hasta por la suma de S/. 294 039,00 (DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL TREINTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, en el marco de lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29628, mediante el Decreto Supremo Nº 183-2011-EF se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, hasta por la suma de S/. 5 297 333,00 (CINCO MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES) en la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios; Que, de conformidad con el artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modifi cado por la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año