Norma Legal Oficial del día 30 de octubre del año 2011 (30/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 30 de octubre de 2011

NORMAS LEGALES

452561

En uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento de Organizacion y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM, modificado por los Decretos Supremos Nºs 005-2003-PCM y 095-2005PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar, por las razones senaladas en la parte considerativa de la presente Resolucion, la Transferencia Financiera de Recursos a favor de la Municipalidad Distrital de Palca, Provincia de Tarma, Departamento de MORDAZA, con cargo a los recursos provenientes de la Reserva de Contingencia transferidos al INDECI mediante el Decreto Supremo Nº 183-2011-EF, hasta por la suma de S/. 171 987,00 (CIENTO SETENTA Y UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES); para la ejecucion de la Actividad senalada en el Anexo adjunto que forma parte integrante de la presente Resolucion. El monto total transferido, conforme aparece en el referido Anexo, corresponde a la suma total de una (01) Actividad, cuyo monto individual debe ser respetado en la etapa de ejecucion. Articulo 2º.- Encargar a la Oficina de Administracion del INDECI, el tramite de la Transferencia Financiera aprobada en el Articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Encargar a la Direccion Nacional de Proyectos Especiales del INDECI la coordinacion correspondiente para la suscripcion del respectivo Convenio entre el INDECI y la Municipalidad Distrital de Palca, Provincia de Tarma, Departamento de MORDAZA, para el control y seguimiento de ejecucion de metas fisicas, conforme a la normatividad vigente. Articulo 4º.- Encargar a la Direccion Nacional de Logistica la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 5º.- Encargar a la Oficina de Estadistica y Telematica disponer la Publicacion de la presente Resolucion y su Anexo en el MORDAZA Institucional (www.indeci.gob.pe). Articulo 6º.- Disponer que la Secretaria General e Imagen Institucional registre la presente Resolucion en el Archivo General del INDECI, y remita MORDAZA autenticada por Fedatario al Gobierno Regional de MORDAZA, a la Municipalidad Distrital de Palca, Provincia de Tarma, Departamento de MORDAZA, a la Sub Jefatura, a las Oficinas de Asesoria Juridica, de Planificacion y Presupuesto y de Administracion y a la Direccion Nacional de Proyectos Especiales, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA E. MURGUEYTIO MORDAZA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 710533-8 RESOLUCION JEFATURAL Nº 269-2011-INDECI 6 de octubre de 2011 VISTOS: Los Oficios Nº 196-2011/GOB-REG-HVCA/ PR de fecha 19.ABR.2011 y 341-2011/GOB-REGHVCA/PR de fecha 28.JUN.2011 del Gobierno Regional de Huancavelica, el Oficio Nº 89-2011-JRC/MDQ del 16.AGO.2011, el Informe Tecnico Nº 048-2011-INDECI/ DNPE/EPEFT del 09.SEP.2011, el Informe Tecnico Nº 0482011-INDECI/14.0 del 09.SEP.2011, y el Memorandum Nº 563-2011-INDECI/14.0 del 06.OCT.2011 de la Direccion Nacional de Proyectos Especiales del INDECI, sus antecedentes, y; CONSIDERANDO: Que, la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29628, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, dispone que en la Reserva de Contingencia se ha incluido hasta la suma de S/. 50 000 000,00 (CINCUENTA MILLONES CON 00/100 NUEVOS SOLES), a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, para destinarla a realizar acciones durante el Ano Fiscal 2011, a efectos de brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud, que permita mitigar los efectos daninos por el inminente

impacto de un fenomeno natural o antropico, declarado por el organismo publico tecnico-cientifico competente, y rehabilitar la infraestructura publica. Ademas, en caso de ser necesario dicha Reserva podra ser aplicable para mitigar los efectos daninos a la actividad agropecuaria altoandina, considerandose una respuesta oportuna la provision de forraje, alimentos para ganado, vacunas y vitaminas para animales; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 011-2010EF/15, modificada por las Resoluciones Ministeriales Nº 251-2010-EF/15 y Nº 040-2011-EF/15, se aprobo la Directiva Nº 002-2010-EF/68.01, "Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refiere la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29628, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011"; Que, el numeral 9.1 de la mencionada Directiva senala que ocurrido el desastre de gran magnitud o declarado oficialmente el peligro inminente del mismo por el organismo publico tecnico cientifico competente, las Entidades asignaran los recursos presupuestarios para la atencion de las emergencias realizando las modificaciones presupuestarias que correspondan, en el MORDAZA de las disposiciones legales vigentes y, solo en el caso que no cuenten con la disponibilidad de recursos presupuestarios, el Titular de la Entidad solicitara al INDECI los recursos a que se refiere la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29628, de acuerdo a lo establecido en la Directiva mencionada; Que, con los Oficios de Vistos, el Gobierno Regional de Huancavelica remitio una (01) Ficha Tecnica de Actividad de Emergencia referida a la solicitud para el alquiler de maquinaria pesada para recuperar la transitabilidad de la carretera Querco ­ MORDAZA ­ Pampachaca ­ Pampacancha ­ Ata de las comunidades y anexos del distrito de Querco, Huancavelica, afectadas por intensas lluvias ocasionando deslizamientos y huaycos producidos el 30 de marzo del 2011; Que, conforme lo senalado en el numeral 11.4 del articulo 11º de la Directiva Nº 002-2010-EF/68.01, el INDECI evalua las Fichas Tecnicas de Actividad de Emergencia y, de ser procedente, las aprueba expresamente a traves del Informe del Director Nacional del organo de linea del INDECI. Adicionalmente, el INDECI elabora el Informe Tecnico de Aprobacion de las Fichas Tecnicas de Actividad de Emergencia, el cual debe estar suscrito por los profesionales de los niveles jerarquicos que amerite la aprobacion, incorporacion y transferencia de los recursos correspondientes, y refrendado en todos sus terminos por el Director Nacional del INDECI correspondiente; Que, de acuerdo al Informe Tecnico Nº 0482011-INDECI/DNPE/EPEFT de Vistos, el Equipo de Profesionales, luego de la evaluacion correspondiente aprobo la Ficha Tecnica presentada por el Gobierno Regional de Huancavelica, describiendo la situacion de nexo casualidad: segun senala en la Ficha Tecnica, a consecuencia de las intensas y prolongadas lluvias registradas al 30 de marzo del 2011, se vieron afectadas e interrumpidas la accesibilidad vehicular y peatonal en el sector de Querco ­ Pampacancha y Querco ­ Quichua; por lo que requieren el alquiler a todo costo de maquinaria pesada para la recuperacion inmediata y temporal de la transitabilidad de la carretera afectada; Que, efectuada la evaluacion correspondiente a la intervencion solicitada y analizada la documentacion pertinente, el referido Equipo concluye que el requerimiento presentado cumple con las condiciones estipuladas en la Directiva Nº 002-2010-EF/68.01, por lo que de conformidad con lo senalado en el numeral 11.4 del articulo 11º, se aprueba la solicitud de financiamiento efectuada a traves de una (01) Ficha Tecnica, hasta por el importe de S/. 111 365,00 (CIENTO ONCE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES), cuyo plazo y modalidad de ejecucion se encuentra detallado en el Anexo adjunto a la presente Resolucion, con cargo a la Reserva de Contingencia a que se refiere la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29628, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011; Que, el Director Nacional de Proyectos Especiales del INDECI, mediante el Informe Tecnico Nº 048-2011INDECI/14.0 de Vistos, aprobo una (01) Ficha Tecnica formulada por el Gobierno Regional de Huancavelica, hasta por la suma de S/. 111 365,00 (CIENTO ONCE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES);

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