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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (15/09/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 51

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 15 de setiembre de 2011 449949 de Dios, en Sesión Ordinaria llevada a cabo, el 27 de octubre del 2010. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa, teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para la contribución al desarrollo integral y sostenible de la región. Que, el artículo 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 012-2010- GRMDD/CR, de fecha 31 de agosto del 2010, se resuelve entre otros: En el Artículo Primero.- Declarar como una de las prioridades del Gobierno Regional de Madre de Dios, promover el respeto de los derechos humanos y fundamentalmente defender el derecho a la libertad y el derecho a la vida, luchando contra la Trata de Personas con enfoque de Derechos Humanos, Derechos del Niño, Género, Interculturalidad, Territorialidad y Equidad. Así como en el Artículo Segundo.- Se conforma, la Comisión Regional Multisectorial Permanente contra la Trata de Personas de Madre de Dios, en donde el numeral 7, dice Sector Justicia, (Titular; Jefe de la Ofi cina de Defensores de Ofi cio de Madre de Dios). Que, mediante Ofi cio Nº 257-2010-JUS/DGDP-D- MADRE DE DIOS, el Abg. Alexander Cáceres Martínez, de la Dirección de Defensa Pública, solicita a la Gerencia de Desarrollo Social, la corrección de la ordenanza referida precedentemente, en cuanto se refi ere al Numeral 7 del Artículo Segundo, debiendo decir: Dirección General de Defensa Pública – Sede Madre de Dios – Ministerio de Justicia. Que, mediante Ofi cio Nº 1911-2010-GOREMAD/ GRDS, el Lic. Carlos E. Carrasco Polanco, Gerente de Desarrollo Social, solicita al Consejo Regional la corrección de la norma regional en los términos referidos anteriormente. Que, el Consejo Regional en Pleno, en Sesión Ordinaria, luego del análisis y debate correspondiente, con el voto aprobatorio por unanimidad de los Consejeros Regionales, ha considerado necesario aprobar la solicitud de modifi catoria correspondiente. Que, el Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modifi catorias. Ha dado la Ordenanza Regional siguiente Artículo Primero.- MODIFICAR, el Numeral 7, del Artículo Segundo, de la Ordenanza Regional Nº 012- 2010-RMDD/CR, el mismo que a partir de la fecha tendrá la siguiente redacción. 7) Dirección General de Defensa Pública – Sede Madre de Dios – Ministerio de Justicia. Quedando subsistente los demás extremos de la misma Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Ofi cina de Secretaría del Consejo Regional de Madre de Dios, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Madre de Dios. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Madre de Dios, para su promulgación. En la ciudad de Puerto Maldonado, a los veintidós días del mes de diciembre del año dos mil diez. EMERSON BOCANEGRA PÉREZ Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional Madre de Dios, a los veintitrés días del mes de diciembre del año dos mil diez. SANTOS KAWAY KOMORI Presidente Regional 690142-1 Aprueban Documentos de Gestión Institucional del Proyecto Especial Minero Ambiental del Gobierno Regional de Madre de Dios ORDENANZA REGIONAL Nº 034-2010-GRMDD/CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria llevada a cabo, el 21 de diciembre del 2010. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa, teniendo por misión la de organizar y conducir la gestión pública regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales, sectoriales y regionales, para la contribución del desarrollo integral y sostenible de la región. Que, el artículo 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Que, mediante la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, en su artículo 1, Declara al Estado Peruano en Proceso de Modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático y descentralizado, al servicio del ciudadano. Que, el artículo 15, literal a), de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos materia de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, mediante Ofi cio Nº 081-2010-GOREMAD/ GRDE, el Gerente Regional de Desarrollo Económico, remite al Consejo Regional los proyectos de Manual de Operaciones; así como, el Cuadro para Asignación de Personal (CAP), del Proyecto Especial Minero Ambiental del Gobierno Regional de Madre de Dios, para su análisis y posterior aprobación. Que, la propuesta de Manual de Operaciones; así como, el Cuadro para Asignación de Personal (CAP), del Proyecto Especial Minero Ambiental del Gobierno