NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (15/09/2011)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 15 de setiembre de 2011 449958 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Autorizan viaje de Alcalde y Regidor para participar en la “Feria Internacional de la moda, el diseño y la industria textil del Ecuador” ACUERDO DE CONCEJO Nº 062-2011/MLV La Victoria, 12 de septiembre de 2011 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIA VISTO; en sesión ordinaria de la fecha el Dictamen Conjunto Nº 008-2011-CPAFSFC-CPPPAL/MLV de las Comisiones Permanentes de Administración, Finanzas, Sistemas, Fiscalización y Control, y de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades - a través del artículo 9º numeral 11), corresponde al Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario. Asimismo, mediante el numeral 27 del citado artículo se estipula que, el Concejo Municipal tiene la atribución de aprobar las licencias solicitadas por el alcalde o los regidores, no pudiendo concederse licencias simultáneamente a un número mayor del cuarenta por ciento (40%) de los regidores; Que, la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011 - que en su artículo 10º numeral 10.1, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo aquellos que realicen los altos funcionarios y autoridades del Estado a los que se refi ere la Ley Nº 28212 - Ley que regula los ingresos de los altos funcionarios y autoridades del estado y dicta otras medidas -; precisando además que dicha excepción debe ser autorizada por el Concejo Municipal, en el caso de los gobiernos locales, cuyo acuerdo debe ser publicado en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, en concordancia con lo expuesto la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos - así como el reglamento de la misma, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establecen que el acto de autorización debe ser debidamente sustentado en el interés nacional o en el interés especifi co de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del mismo, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac, reiterando además la publicación de la autorización en el Diario Ofi cial El Peruano con anterioridad al viaje; Que, en atención a las normas legales glosadas la Subgerencia de Promoción Empresarial, ha comunicado que ha recibido la invitación a la “Feria Internacional de la moda, el diseño y la industria textil del Ecuador”, organizada por la empresa Full Business Global, representante exclusivo de Ecuadormoda en el Perú, con el objeto de que el señor Alcalde y otros representantes de la Municipalidad asistan a dicho evento que se realizará desde el 15 hasta el 17 de septiembre de 2011 en la ciudad de Guayaquil, Ecuador; Que, la citada Subgerencia ha informado que la importancia de este evento para la Municipalidad consiste en generar oportunidades para las pequeñas y medianas empresas del sector textil de nuestro país, que FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL