Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2011 (18/09/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 8

450134

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 18 de setiembre de 2011

Que, mediante Memorando Nº 2372-2011-MTC/29, del 21 de junio de 2011, la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones hace MORDAZA y remite el Informe Nº 3101-2011-MTC/29.02, mediante el cual la Coordinacion de Monitoreo e Inspecciones de Comunicaciones, da cuenta de los resultados de la inspeccion tecnica realizada el 10 de junio de 2011, a la estacion radiodifusora autorizada a la empresa MORDAZA DE RADIODIFUSION S.A.C., concluyendo que opera el servicio autorizado con las condiciones y caracteristicas tecnicas autorizadas y que cumple con el objetivo y programacion de su proyecto de comunicacion; Que, se ha verificado que la empresa MORDAZA DE RADIODIFUSION S.A.C., sus accionistas, gerentes, representante legal y apoderados no se encuentran comprendidos en alguna de las causales de denegatoria establecidas en el articulo 23º de la Ley de Radio y Television, para que se deniegue la renovacion de la autorizacion solicitada, segun declaraciones juradas presentadas, las mismas que se encuentran sujetas a fiscalizacion posterior. Asimismo, se ha verificado que la citada empresa ha presentado los requisitos establecidos en la Ley de Radio y Television, su Reglamento y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de este Ministerio - MORDAZA, para que proceda la renovacion de la autorizacion, y cumple las condiciones establecidas en el articulo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Television; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 2728-2011MTC/28, considera que procede otorgar a la empresa MORDAZA DE RADIODIFUSION S.A.C., la renovacion de la autorizacion renovada por Resolucion Viceministerial Nº 379-2007-MTC/03, para operar una estacion del servicio de radiodifusion comercial por television en VHF, en la localidad de Chulucanas, departamento de MORDAZA, toda vez que cumple las condiciones y requisitos establecidos para la renovacion de la autorizacion; De conformidad con la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC con sus modificatorias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 0082002-MTC con sus modificatorias, y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 0212007-MTC; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa MORDAZA DE RADIODIFUSION S.A.C., la renovacion de la autorizacion otorgada por Resolucion Viceministerial Nº 379-2007MTC/03, para que continue prestando el servicio de radiodifusion comercial por television en VHF, en la localidad de Chulucanas, departamento de Piura. Articulo 2º.- La renovacion de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) anos, contados a partir del vencimiento del plazo de vigencia de la Resolucion Viceministerial Nº 3792007-MTC/03, en consecuencia, vencera el 26 de MORDAZA de 2026. Articulo 3º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente a los derechos de autorizacion y canon anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio expedira la resolucion que deje sin efecto la autorizacion respectiva, de conformidad con el articulo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 4º.- La titular de la presente autorizacion esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos

permisibles fijados, asi como efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, para los fines de su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 690231-1 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 776-2011-MTC/03 MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2011 VISTO, el escrito de registro Nº 2011-025096, del 2 de junio de 2011, presentado por la empresa MORDAZA DE RADIODIFUSION S.A.C., sobre renovacion de autorizacion para continuar operando una estacion del servicio de radiodifusion comercial por television en VHF, en la localidad de Caraz, departamento de Ancash; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Viceministerial Nº 284-2007MTC/03, del 6 de MORDAZA de 2007, se otorgo a la empresa MORDAZA DE RADIODIFUSION S.A.C., autorizacion por el plazo de diez (10) anos, por periodos sucesivos, para prestar el servicio de radiodifusion comercial por television en VHF, en la localidad de Caraz, departamento de Ancash. El plazo otorgado vence el 23 de MORDAZA de 2016; Que, conforme al articulo 15º de la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278, concordado con los articulos 21º y 67º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el plazo MORDAZA de vigencia de una autorizacion es de diez (10) anos, renovable por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, el articulo 19º de la Ley de Radio y Television, establece entre otros, que el plazo MORDAZA para resolver las solicitudes de autorizacion o renovacion es de ciento veinte (120) dias; Que, el articulo 68º del Reglamento de la Ley de Radio y Television establece que la solicitud de renovacion puede presentarse hasta el dia de vencimiento del plazo de vigencia de la respectiva autorizacion, teniendose ademas por presentada la solicitud si a la la fecha del termino de su vigencia, los titulares de la autorizacion se encuentren operando y ademas que esten al dia en sus pagos o cuenten con solicitud o con fraccionamiento vigente; Que, los articulos 69º, 70º y 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television establecen las condiciones y requisitos aplicables a los procedimientos de renovacion de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 298-2011MTC/01, se ha recalificado el Procedimiento Nº 14, denominado "Renovacion de Autorizacion del Servicio de Radiodifusion", del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a procedimiento sujeto a silencio administrativo positivo, que resulta aplicable a aquellos procedimientos de renovacion de autorizacion cuyos plazos de atencion aun no hubieren vencido; Que, mediante Memorando Nº 2442-2011-MTC/29, del 24 de junio de 2011, la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones hace MORDAZA y remite el Informe Nº 3157-2011-MTC/29.02, mediante el cual la Coordinacion de Monitoreo e Inspecciones de Comunicaciones, da cuenta de los resultados de la inspeccion tecnica realizada el 16 de junio de 2011, a la estacion radiodifusora autorizada a la empresa MORDAZA DE RADIODIFUSION S.A.C., concluyendo que la inspeccion tecnica es favorable toda vez que opera el servicio autorizado con las caracteristicas tecnicas autorizadas y que cumple el objetivo y programacion de su proyecto de comunicacion;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.