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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (18/09/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 18 de setiembre de 2011 450141 con fraccionamiento vigente. La renovación se sujeta al cumplimiento de las condiciones previstas en el artículo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión. Artículo 9º.- Dentro de los sesenta (60) días de notifi cada la presente Resolución, la titular de la autorización efectuará el pago correspondiente al derecho de autorización y canon anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio expedirá la resolución que deje sin efecto la autorización respectiva, de conformidad con el artículo 38º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión. Artículo 10º.- La autorización a la que se contrae la presente Resolución se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modifi catorias y complementarias que se expidan. Artículo 11º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que corresponda, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS CUBA HIDALGO Viceministro de Comunicaciones 690234-1 ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Dejan sin efecto y encargan funciones de Gerente Procesal y Administrativo de la Intendencia Nacional Jurídica RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 226-2011/SUNAT Lima, 16 de setiembre de 2011 CONSIDERANDO: Que el artículo 3° de la Ley N.° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de confi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1° de la citada Ley, se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que asimismo, el artículo 6° de la indicada Ley dispone que la resolución de designación de funcionarios de confi anza surte efecto a partir del día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, salvo disposición en contrario de la misma que postergue su vigencia; Que mediante Resolución de Superintendencia N.° 005-2010/SUNAT, se encargó a la señora Carmen Violeta Amésquita Yumovich el cargo de Gerente Procesal y Administrativo de la Intendencia Nacional Jurídica; Que se ha considerado pertinente dejar sin efecto el encargo efectuado a la referida trabajadora en el cargo antes mencionado y, en consecuencia, encargar a la persona que asumirá las funciones del referido cargo, el cual es considerado de confianza en la Institución de acuerdo a la Resolución de Superintendencia N.° 055-2011/SUNAT, que aprobó la actualización del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la SUNAT; En uso de las facultades conferidas por el artículo 3° de la Ley N.° 27594 y el inciso i) del artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dejar sin efecto, a partir del 19 de septiembre de 2011, el encargo de la señora Carmen Violeta Amésquita Yumovich en el cargo de Gerente Procesal y Administrativo de la Intendencia Nacional Jurídica, dándosele las gracias por su desempeño en la labor encomendada. Artículo 2°.- Encargar, a partir del 19 de septiembre de 2011, al señor Carlo Erich Cabos Villa en el cargo de Gerente Procesal y Administrativo de la Intendencia Nacional Jurídica. Regístrese, comuníquese y publíquese. TANIA QUISPE MANSILLA Superintendente Nacional 692160-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES Aprueban normas para la designación del director independiente de la Superintendencia del Mercado de Valores RESOLUCIÓN SMV Nº 002-2011-EF/94.01.1 Lima, 15 de setiembre de 2011 VISTO: El Memorándum N° 1953-2011-EF/94.04.1 de fecha 26 de agosto de 2011, presentado por la Ofi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29782, Ley de Fortalecimiento de la Supervisión del Mercado de Valores, publicada el 28 de julio de 2011, en adelante la Ley de Fortalecimiento, se efectuaron diversas modifi caciones al Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores, (SMV), antes CONASEV, aprobado por Decreto Ley N° 26126 en adelante, la Ley Orgánica; Que, de acuerdo con el nuevo marco normativo, la SMV emite las disposiciones reglamentarias para el nombramiento del director independiente, facultad que es concordante con la función normativa del directorio, por lo que corresponde que este órgano colegiado apruebe la regulación que permita el nombramiento de un director independiente por parte del poder ejecutivo; Que, conforme a la Ley Orgánica, el director independiente no debe tener confl icto de interés ni encontrarse vinculado en el ejercicio de su profesión con las materias bajo la competencia de la SMV; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 4° de la Ley Orgánica, modifi cado por el artículo 2° de la Ley de Fortalecimiento, así como a lo acordado por el Directorio de la SMV reunido en su sesión del 05 de septiembre de 2011. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar las Normas para la designación del director independiente de la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV: