Norma Legal Oficial del día 16 de abril del año 2012 (16/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 16 de MORDAZA de 2012

de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio, previa verificacion de la MORDAZA de los documentos MORDAZA senalados, dentro del plazo MORDAZA de diez (10) dias habiles de presentada la comunicacion del armador, de acuerdo al procedimiento que para tales fines se establezca en el MORDAZA del Ministerio. Que, con los escritos del visto, la empresa TECNOLOGICIA DE ALIMENTOS S.A. solicita la Asociacion o Incorporacion Definitiva del PMCE del recurso anchoveta correspondiente a la MORDAZA Norte Centro de la embarcacion MORDAZA 9 con matricula CO-2447- PM a las embarcaciones TASA 424 con matricula CO-6239-PM, TASA 418 con matricula PT10933-PM, TASA 416 con matricula HO-10722-PM, y TASA 315 con matricula PS-1852-PM, asi como, la Asociacion o Incorporacion Definitiva del PMCE del recurso anchoveta correspondiente a la MORDAZA Sur de la citada embarcacion a las embarcaciones TASA 420 de matricula CO-17299-PM, TASA 425 de matricula PS-22771-PM, TASA 310 de matricula HO6173-PM y TASA 111 de matricula PT-2466-PM; Que, a traves del Oficio N° 3700-2011-PRODUCE/ DGEPP-Dchi de fecha 17 de Noviembre de 2011, prorrogado con Oficio N° 4117-2011-PRODUCE/DGEPPDchi de fecha 21 de diciembre de 2011, se comunico a la administrada las observaciones relativas a los gravamenes de las embarcaciones TASA 418 y TASA 416, la existencia de Titulos Pendientes en las Partidas Registrales de la embarcacion MORDAZA 9 y TASA 310, asi como, se le requiere la MORDAZA de la MORDAZA del asiento registral D0001 de la Partida N° 11023728 correspondiente a la embarcacion TASA 418 y del Certificado Compendioso de Gravamen de la embarcacion TASA 416; Que, respecto a los gravamenes de las embarcaciones TASA 416 y TASA 418, cabe mencionar que, el Certificado Compendioso de Gravamen de dichas embarcaciones certifica que en el Asiento D 00001 del Registro de Embarcaciones Pesqueras de la Partida N° 00714447 y 11023728 correspondiente a la OR de MORDAZA y MORDAZA, se encuentra inscrita una HIPOTECA a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, BANCO WIESE SUDAMERIS, BANCOCOLOMBIA S.A., BANCO STANDARD CHARTERED, BANCO INTERNACIONAL DEL PERO, BBV CONTINENTAL y BANCO SUDAMERICANO, en adelante BANCOS FIADORES, constituida por GRUPO SINDICATO PESQUERO DEL PERU S.A., segun consta en la Escritura Publica del 19/07/2002 otorgada ante el Notario Corvetto MORDAZA Anibal; Que, de la revision del expediente, se advierte que, la administrada ha presentado MORDAZA simple de la Escritura Publica de fecha 19 de MORDAZA de 2002 otorgada ante Notario de MORDAZA, MORDAZA Corvetto, a traves del cual, se constituye a favor de los BANCOS FIADORES, MORDAZA hipotecas compartidas y MORDAZA passu respecto de las embarcaciones TASA 416 y TASA 418, con el objeto de garantizar o contragarantizar el pago o reembolso por parta de GRUPO SIPESA a los BANCOS FIADORES de los importes que estos tuvieran que pagar para honrar sus fianzas mencionadas en el Convenio de Afianzamiento de fecha 12 de MORDAZA de 2000; Que, el aludido Convenio de Afianzamiento ha sido presentado por la administrada en el procedimiento de asociacion o incorporacion del PMCE de la embarcacion TASA 213 (Registro N° 00052392-2011 de fecha 17 de junio de 2011); Que, en el numeral 27.1 de dicho Convenido, se indica que, por el convenio, todos y cada uno de los Bancos Fiadores, de manera irrevocable, designan al BCP como agente administrativo. Para la realizacion de las funciones de AGENTE ADMINISTRATIVO se debe contar, tratandose de cualquier aprobacion o autorizacion que deba otorgar a GRUPO SIPESA, con la aprobacion previa de la mayoria de BANCOS FIADORES conforme a los procedimientos establecidos en el Convenio. A tal efecto, toda accion que requiera la decision de la mayoria de BANCOS FIADORES sera puesta previamente en conocimiento de los BANCOS FIADORES por el AGENTE ADMINISTRATIVO; Que, asimismo, el cumplimiento de las funciones de AGENTE ADMINISTRATIVO no implica una relacion de representacion y constituyen, para el agente administrativo, el ejercicio de un mandato sin representacion, de conformidad con el numeral 27.2 del Convenio de Afianzamiento; Que, de este modo, la administrada debio presentar el documento que acredite la aprobacion de los BANCOS FIADORES (BANCO WIESE SUDAMERIS, BANCOCOLOMBIA S.A., BANCO STANDARD

CHARTERED, BANCO INTERNACIONAL DEL PERU, BBV CONTINENTAL y BANCO SUDAMERICANO) de la autorizacion otorgada por el BANCO DE CREDITO DEL PERU con fecha 20 de octubre de 2011 para la asociacion o incorporacion definitiva del PMCE de la embarcacion MORDAZA 9 a favor de las indicadas embarcaciones, consecuentemente, la administrada no ha subsanado la observacion efectuada con el Oficio N° 3700-2011-PRODUCE/DGEPP-Dchi, prorrogado con Oficio N° 4117-2011-PRODUCE/DGEPPDchi, respecto al cumplimiento del requisito 3 del Procedimiento N° 131 del TUPA-PRODUCE, en el extremo de las embarcaciones TASA 416 y TASA 418; Que, respecto a las demas observaciones efectuadas a la solicitud con el Oficio N° 3700-2011­PRODUCE/DGEPP-Dchi, prorrogado con Oficio N° 4117-2011 -PRODUCEIDGEPP-Dchi, cabe mencionar que, la administrada ha presentado la documentacion que subsana y aclara lo observado en dicho Oficio, en el extremo de la existencia de Titulos Pendientes en las Partidas Registrales de la embarcacion MORDAZA 9 y TASA 310, asi como, la MORDAZA de la MORDAZA del asiento registral D0001 de la Partida N° 11023728 correspondiente a la embarcacion TASA 418 y del Certificado Compendioso de Gravamen de la embarcacion TASA 416; Que, por lo expuesto, la administrada ha cumplido con adjuntar los requisitos senalados en el procedimiento N° 131 del MORDAZA del Ministerio de la Produccion, excepto el requisito 3 de dicho procedimiento, pese a encontrarse debidamente notificada, razon por la cual, corresponde declarar improcedente la Asociacion o Incorporacion Definitiva del PMCE del recurso anchoveta correspondiente a la MORDAZA Norte Centro de la embarcacion MORDAZA 9 con matricula CO2447-PM a las embarcaciones TASA 424 con matricula CO6239-PM, TASA 418 con matricula PT-10933-PM, TASA 416 con matricula HO-10722-PM, y TASA 315 con matricula PS1852-PM, asi como, la Asociacion o Incorporacion Definitiva del PMCE del recurso anchoveta correspondiente a la MORDAZA Sur de la citada embarcacion a las embarcaciones TASA 420 de matricula CO-17299-PM, TASA 425 de matricula PS22771-PM, TASA 310 de matricula HO-6173-PM y TASA 111 de matricula PT-2466-PM; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion, mediante Informe Tecnico N° 061-2012-PRODUCE/DGEPPDchi e Informe Legal N° 040-2012- PRODUCE/DGEPP, ratificado con Memorando N° 156-2012-PRODUCE/DGEPP; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley N° 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, el Decreto Legislativo N° 1084 y su Reglamento, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 0082009-PRODUCE y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar improcedente la Asociacion o Incorporacion Definitiva del PMCE del recurso anchoveta correspondiente a la MORDAZA Norte Centro de la embarcacion MORDAZA 9 con matricula CO-2447-PM a las embarcaciones TASA 424 con matricula CO-6239-PM, TASA 418 con matricula PT-10933-PM, TASA 416 con matricula HO10722-PM, y TASA 315 con matricula PS-1852-PM, asi como, la Asociacion o Incorporacion Definitiva del PMCE del recurso anchoveta correspondiente a la MORDAZA Sur de la citada embarcacion a las embarcaciones TASA 420 de matricula CO-17299-PM, TASA 425 de matricula PS-22771PM, TASA 310 de matricula HO-6173-PM y TASA 111 de matricula PT-2466-PM. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 775631-2

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