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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 19 de abril de 2012 464403 Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el señor Presidente del Consejo de Ministros y el señor Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa Encargado del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores 778566-4 Remiten al Congreso de la República documentación relativa a la Adenda N° 1 al “Acuerdo entre la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) y el Gobierno de la República del Perú referente a la Creación y al Funcionamiento del Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de América Latina en Cusco (Perú)” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 107-2012-RE Lima, 18 de abril de 2012 CONSIDERANDO: Que, la Adenda N° 1 al “Acuerdo entre la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) y el Gobierno de la República del Perú referente a la Creación y al Funcionamiento del Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de América Latina en Cusco (Perú)”, fue formalizada mediante intercambio de Notas, Nota RE No. (DAC) -7-6-F/1 de 20 de febrero de 2012, del señor Ministro de Relaciones Exteriores del Perú y Nota del 07 de marzo de 2012, del señor Subdirector General de Cultura de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura; Que, es conveniente a los intereses del Perú la aprobación del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 56º inciso 4 y 102º inciso 3 de la Constitución Política del Perú y así como por el artículo 2º de la Ley Nro. 26647, que disponen la aprobación legislativa de los Tratados celebrados por el Estado peruano; RESUELVE: Artículo 1°.- Remítase al Congreso de la República, la documentación relativa a la Adenda N° 1 al “Acuerdo entre la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) y el Gobierno de la República del Perú referente a la Creación y al Funcionamiento del Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de América Latina en Cusco (Perú)”, formalizada mediante intercambio de Notas, Nota RE No. (DAC) -7-6-F/1 de 20 de febrero de 2012, del señor Ministro de Relaciones Exteriores del Perú y Nota del 07 de marzo de 2012, del señor Subdirector General de Cultura de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura. Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el señor Presidente del Consejo de Ministros y el señor Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa Encargado del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores 778566-5 Autorizan viaje de funcionarios a Paraguay para participar en evento de UNASUR RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0409/RE-2012 Lima, 17 de abril de 2012 CONSIDERANDO: Que, es objetivo de la Política Exterior del Perú promover los intereses del país, a nivel bilateral y multilateral, con miras a consolidar su presencia regional e internacional; Que, se realizará la VI Reunión del Consejo Suramericano de Salud, de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR), en la ciudad de Asunción, República de Paraguay, del 18 al 20 de abril de 2012, evento que tiene por objeto que los Estados Miembros logren obtener una decisión de unidad suramericana para apoyar a un candidato de la región al cargo de Director de la Organización Panamericana de la Salud (OPS), en el período 2013 – 2018; Que, ante dicho contexto, resulta necesario contar con un Asesor ad honorem dentro del marco de la participación del gobierno peruano en la VI Reunión del Consejo Suramericano de Salud, de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR); Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N° 1665, del Despacho Viceministerial, de 16 de abril de 2012; y los Memoranda (DGM) Nº DGM0291/2012, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, de 16 de abril de 2012; y (OPR) N° OPR0244/2012, de la Ofi cina de Programación y Presupuesto, de 17 de abril de 2012, que otorga certifi cación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y sus modifi catorias; los artículos 3° y 6° de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Ley Nº 25957, que establece el porcentaje límite del cual no podrá exceder el personal de confi anza; la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y modifi catorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento; y el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al señor Oscar Ugarte Ubilluz como Asesor ad honorem para la VI Reunión del Consejo Suramericano de Salud, de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR), que se llevará a cabo en la ciudad de Asunción, República de Paraguay, del 18 al 20 de abril de 2012.