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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ABRIL DEL AÑO 2012 (19/04/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 34

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 19 de abril de 2012 464400 Que, el “Acuerdo Nacional” suscrito el 22 de julio del 2002, constituye el conjunto de políticas de Estado elaboradas y aprobadas sobre la base del diálogo y el consenso con el objeto de defi nir un rumbo para el desarrollo sostenido del país y afi rmar su gobernabilidad democrática; el cual, ha establecido como objetivo, el desarrollo de esfuerzos para un “Estado efi ciente, transparente y descentralizado” (Cuarto objetivo de las políticas de Estado), mediante la promoción de la ética y la transparencia y erradicación de la corrupción, el lavado de dinero, la evasión tributaria y el contrabando en todas sus formas (política 26); Que, la Ley N° 27658 – “Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado”, establece como fi nalidad fundamental del proceso de modernización, la obtención de mayores niveles de efi ciencia del aparato estatal, con el objetivo de alcanzar, entre otros, un Estado transparente en su gestión, con trabajadores y servidores que brindan al ciudadano un servicio imparcial, oportuno, confi able, predecible y de bajo costo, lo que implica el desempeño responsable y transparente de la función pública, con mecanismos de control efectivos; Que, el numeral 11 del artículo 2° del Decreto Supremo N° 027-2007-PCM, defi ne y establece entre las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, la Política Anticorrupción, en mérito de la cual el Estado busca: a) fortalecer la lucha contra la corrupción en las licitaciones, las adquisiciones y la fi jación de los precios referenciales, eliminando los cobros ilegales y excesivos; b) garantizar la transparencia y la rendición de cuentas; c) promover, a través de sus acciones y comunicaciones, la Ética Pública; y d) fomentar la participación ciudadana en la vigilancia y control de la gestión pública; Que, asimismo, el “Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción”, presentado el 23 de diciembre de 2008 por la Presidencia del Consejo de Ministros, incluye como objetivos estratégicos, entre otros: i) promover la creación de un sistema anticorrupción articulado; ii) institucionalizar en la Administración Pública las prácticas de buen gobierno, la ética, la transparencia y la lucha efi caz contra la corrupción; y iii) promover la participación activa de los integrantes de la sociedad en la lucha contra la corrupción; Que, el “Plan Sectorial de Lucha contra la Corrupción” es un instrumento de política fundamental para una gestión pública en el marco de la legalidad, ética, transparencia, efi ciencia y calidad de servicio, que contribuye al fortalecimiento del Sector Producción; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar el “Plan Sectorial de Lucha contra la Corrupción”, el cual permitirá fortalecer las acciones en la lucha contra la corrupción plasmados en los objetivos y estrategias del referido documento; En uso de las atribuciones conferidas en la Ley N° 29158 – “Ley Orgánica del Poder Ejecutivo”, el Decreto Legislativo N° 1047 – “Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción”, el Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE que aprueba el “Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción”, y su modifi catoria mediante Decreto Supremo N° 018- 2009-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el Plan Sectorial de Lucha Contra la Corrupción del Sector Producción, el mismo que como anexo forma parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Disponer que la implementación del Plan Sectorial de Lucha Contra la Corrupción, es de obligatorio cumplimiento para los Organismos Públicos y entidades adscritas al Ministerio de la Producción, así como de sus Órganos y Unidades Orgánicas, sin perjuicio de las disposiciones, directivas o acciones que cada una de ellas, en función a su naturaleza y ámbito de competencia funcional pudieran establecer o desarrollar. Artículo 3º.- Disponer que en un plazo máximo de 30 días de aprobado el Plan Sectorial de Lucha Contra la Corrupción, los Organismos Públicos y entidades adscritas del Sector Producción, deberán aprobar su Plan Institucional de Lucha Contra la Corrupción. Artículo 4º.- Encargar a la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto en coordinación con el Comité de Apelación de Sanciones, el seguimiento de la implementación del Plan Sectorial de Lucha Contra la Corrupción y la aprobación de los Planes Institucionales. Artículo 5º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y de sus anexos en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción: (www.produce.gob.pe/produce/transparencia.html) Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE URQUIZO MAGGIA Ministro de la Producción 778565-2 Designan Director General de la Dirección General de Pesca Artesanal RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 180-2012-PRODUCE Lima, 18 de abril de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 017-2011- PRODUCE, de fecha 18 de enero de 2011, se designó a la señora JESICA ARACELI PINO SHIBATA, en el cargo de Directora General de la Dirección General de Pesca Artesanal del Ministerio de la Producción; Que, la citada funcionaria ha presentado renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que corresponde dictar el acto de administración por el cual se acepte su renuncia y se designe a la persona que desempeñará el cargo de Director General de la Dirección General de Pesca Artesanal del Ministerio de la Producción; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y, el Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la señora JESICA ARACELI PINO SHIBATA, al cargo de Directora General de la Dirección General de Pesca Artesanal del Ministerio de la Producción; dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor EZEQUIEL BELTRAN GALLARDO, en el cargo de Director General de la Dirección General de Pesca Artesanal del Ministerio de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE URQUIZO MAGGIA Ministro de la Producción 778565-3 Designan Directora General de la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 181-2012-PRODUCE Lima, 18 de abril de 2012