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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ABRIL DEL AÑO 2012 (19/04/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 82

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 19 de abril de 2012 464448 a) Se emitirán los cupones con los números de su Estado de Cuenta Corriente a los contribuyentes, los números del sorteo que a esa fecha se hayan hecho acreedores. b) De manera excepcional, a partir del 19 al 28 de Abril de 2012, en la Sub Gerencia de Recaudación, en horario de ofi cina, se entregará los cupones de los números que corresponda, a los contribuyentes puntuales que lo requieran. 4.4 El día 28 de Abril de 2012 el representante del Ministerio del Interior y el Notario Público, procederán a la verifi cación y tendrán a su disposición la Base de Datos de contribuyentes hábiles para participar en el sorteo, así como todos los cupones que se muestren en la relación de los contribuyentes hábiles y que entraran en el ánfora del sorteo. 4.5 El Sorteo Público se desarrollará con las siguientes características: Sorteo Principal: a) Todos los cupones de los contribuyentes hábiles al sorteo entraran al ánfora, los cuales serán verifi cados por el Notario Público y el Representante del Ministerio del Interior b) Se solicitará a un menor de edad que se encuentren entre el público para que extraiga uno por uno los cupones hábiles al sorteo y que pasaran a ser los premiados. c) En ningún caso un contribuyente puede llevarse más de un premio, pudiendo escoger el premio de más valor que le haya tocado en caso de haber sido favorecido más de una vez. d) Se llamará a los ganadores y se efectuará la entrega del premio en el mismo acto, en el caso que estén presentes. e) El Notario Público y el Representante del Ministerio del Interior dará fe de los números que salgan sorteados, de cada número ganador, de la entrega de los premios y de los premios que queden en cartera pendientes de entrega por no encontrarse los ganadores en el mismo acto los cuales serán notifi cados a efectos de programar una nueva fecha de entrega de Premios, la misma que será publicada, a fi n de que se cumpla con el protocolo que norma el sorteo. Sorteo Presencial.- Se sorteará entre los contribuyentes VIP que estén presente en el momento del sorteo presencial, para ello los contribuyentes VIP recibirán en su domicilio un cupón con que deberán estar presentes en el evento. Excepcionalmente la Subgerencia de Administración Tributaria podrá emitir nuevos cupones. a)Todos los cupones de los contribuyentes VIP que se encuentren presentes en el sorteo entraran al ánfora, los cuales serán verifi cados por el Notario Público y el Representante del Ministerio del Interior. b) Se solicitará a un menor de edad que se encuentren entre el público para que extraiga uno por uno los cupones hábiles al sorteo y que pasarán a ser los premiados. c) Completado este primer paso, se indagará a través del sistema informático el nombre del contribuyente ganador asistente, registrándose el número del premio ganador en la base de datos, de esta manera ya no puede participar en el sorteo de los siguientes premios. d) Se llamará a los ganadores asistentes y se efectuará la entrega del premio en el mismo acto. e) El Notario Público y el Representante del Ministerio del Interior dará fe de los números que salgan sorteados, de cada número ganador y de la entrega de los premios al contribuyente puntual asistente al evento, la misma que ser publicada, a fi n de que se cumpla con el protocolo que norma el sorteo. V. De los Ganadores y entrega de premios Los que resulten ganadores, deben acreditar su identidad mediante Documento Nacional de Identidad, Carnet de Extranjería y otros según corresponda. Es condición ineludible que el contribuyente ganador tenga correctamente declarado su predio. La entrega es personal, previa verifi cación de la cuenta corriente del contribuyente ganador, pudiendo ser ésta realizada en el día del sorteo, de encontrarse presente el ganador, contando con la conformidad del Notario y del representante del Ministerio del Interior. De no encontrase presente el ganador para el sorteo principal, la entrega se realizará en la ofi cina de la Gerencia de Rentas en nueva fecha debidamente programada y mediante Acta de Entrega del Premio con la suscripción y asentamiento de huella digital del índice derecho del contribuyente favorecido. VI. De los Casos Especiales en la Entrega de Premios En caso que el contribuyente favorecido hubiere fallecido, podrán solicitar la entrega del premio, quienes acrediten ser herederos mediante Sucesión Intestada o Testamento. En caso de que el ganador se encontrase impedido de asistir personalmente a recoger el premio obtenido, podrá efectuarlo a través de un tercero debidamente premunido de la autorización correspondiente, mediante carta poder fuera de registro, con fi rma legalizada. La persona autorizada se apersonará portando el documento mencionado y con el original de su Documento Nacional de Identidad y copia del DNI del otorgante del poder. Cualquier circunstancia no contemplada en estas bases, será resuelta por la Gerencia de Rentas, sin que su decisión sea objeto de queja o impugnación. VII.- Del plazo para recoger los premios Los ganadores del sorteo podrán recoger los premios hasta el 31 de Mayo de 2012. Dicho plazo es improrrogable. VIII.- De la Relación de Ganadores La publicación de los contribuyentes ganadores de los premios sorteados, será al día hábil siguiente del evento y, será a través de los siguientes medios: - Listados en las sedes de la Municipalidad de Independencia. - Listados en la Página Web de la Municipalidad de Independencia. IX.- De la Organización y difusión del Sorteo La organización del evento del Primer Sorteo Público Tributario denominado “TU MUNICIPALIDAD PREMIA TU PUNTUALIDAD” estará a cargo de la Gerencia de Rentas y sus Subgerencias que la conforma, las mismas que se encargarán del requerimiento logístico y otros para su realización. El sometimiento a las bases implica que todos los contribuyentes participantes, en especial quienes resultasen ganadores del Primer Sorteo Público Tributario denominado “TU MUNICIPALIDAD PREMIA TU PUNTUALIDAD” autorizan a la Municipalidad de Independencia a utilizar y difundir su imagen con fi nes publicitarios, exclusivamente relacionados a la presente campaña, renunciando a obtener benefi cios económicos o de cualquier otra índole por esta difusión o por su participación en los eventos organizado por la Gerencia de Rentas. 777712-2 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Aprueban separación de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar de la Mancomunidad Municipal Lima Centro ORDENANZA Nº 499-MDMM Magdalena, 21 de marzo de 2012