Norma Legal Oficial del día 19 de abril del año 2012 (19/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 19 de MORDAZA de 2012

Articulo Cuarto.- Disponer la publicacion del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario El Callao. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 777743-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Declaran de interes regional y necesidad publica la Gestion Integrada de Recursos Hidricos
ORDENANZA REGIONAL Nº 015-2011-CR/GRC.CUSCO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional del MORDAZA, en Sesion Ordinaria de fecha veintidos y continuada en fecha veintitres de noviembre del ano dos mil once, ha debatido el Proyecto de Ordenanza Regional que Declara de Interes y Necesidad Publica la Gestion Integrada de Recursos Hidricos; por tanto: CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por Ley Nº 27680, "Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, establece: "Los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia (...) La estructura organica basica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como organo normativo y fiscalizador (...)". Que, el articulo 66º de la Constitucion Politica del Estado, establece que los recursos naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la Nacion. El Estado es soberano en su aprovechamiento. Complementariamente, el articulo 67º establece que el Estado determina la politica nacional del ambiente. Promueve el uso sostenible de sus recursos naturales. Que, el articulo 13º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley Nº 29053, establece que el Consejo Regional: "Es el organo normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le MORDAZA delegadas. (...)". Que, el articulo 4º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que los gobiernos regionales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversion publica y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo. Asimismo, el articulo 6º establece que el desarrollo regional comprende la aplicacion coherente y eficaz de las politicas e instrumentos de desarrollo economico social, poblacional, cultural y ambiental, a traves de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento economico armonizado con la dinamica geografica, el desarrollo social equitativo y la conservacion de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional, orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres e igualdad de oportunidades. Que, la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hidricos, establece que uno de los principios de la gestion

integrada de los recursos hidricos es la participacion de la poblacion y cultura del agua, para ello el Estado debe crear mecanismos para la participacion de los usuarios y de la poblacion organizada en la toma de decisiones que afectan el agua en cuanto a calidad, cantidad, oportunidad u otro atributo del recurso. Que, el articulo 3º de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hidricos, declara de interes nacional y de necesidad publica la gestion integrada de recursos hidricos con el proposito de lograr eficiencia y sostenibilidad en el manejo de las cuencas hidrograficas y los acuiferos para la conservacion e incremento del agua, asi como, asegurar su calidad fomentando una nueva cultura del agua, para garantizar la satisfaccion de la demanda de las actuales y futuras generaciones. Para tal efecto, el articulo 24º establece que los Consejos de Recursos Hidricos de MORDAZA se crean a iniciativa de los gobiernos regionales, con el objeto de participar en la planificacion, coordinacion y concertacion del aprovechamiento sostenible de los recursos hidricos en sus respectivos ambitos. Que, la Autoridad Nacional del Agua, ha formulado los "Lineamientos Generales para la Creacion de Consejos de Recursos Hidricos de Cuenca". Que, mediante Ordenanza Regional Nº 013-2007-CRGRC.CUSCO, se declara de necesidad publica y prioridad regional la conservacion, preservacion y uso adecuado de los Recursos Hidricos de la Region MORDAZA y se conforma el Grupo Tecnico Especializado del Sistema Regional de Gestion Ambiental del MORDAZA "Plataforma de Gestion Integrada de Recursos Hidricos de la Region Cusco". Que, la Plataforma Regional de Recursos Hidricos de la Region MORDAZA, en el mes de diciembre del ano 2007 conforma la Secretaria Tecnica Colegiada de esta Plataforma Regional GIRH, el que ha sido y viene siendo coordinado por la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente e integrado por diferentes instituciones. Que, la Autoridad Nacional del Agua reconoce a la Plataforma Regional GIRH como Grupo Impulsor para conformar el Consejo de Recursos Hidricos de la MORDAZA Vilcanota ­ Urubamba en la region MORDAZA, mediante el Oficio Nº 1257-2010-ANA-SF/DCPRH, en el cual manifiesta la pertinencia de reconocer como Grupo Impulsor a la Plataforma Regional GIRH de la Region MORDAZA, el que contara con el apoyo y colaboracion de la Autoridad Nacional del Agua y de la Administracion Local del Agua del Cusco; debiendose formalizar su funcionamiento por parte del Gobierno Regional. Que, el Gobierno Regional del MORDAZA en cumplimiento del Pacto Regional por el Agua y por la Seguridad Hidrica y la Gobernabilidad del Agua en la Region MORDAZA, suscrito en el MORDAZA en fecha 10 de septiembre de 2010, en su disposicion tercera: Impulsa la conformacion e implementacion del Consejo de MORDAZA del Vilcanota ­ Urubamba, como el primer Consejo de MORDAZA en Sierra. Para ello, es necesario fortalecer a los actores de la gestion del agua como instituciones publicas y privadas, asi como, las organizaciones de usuarios de agua de diferentes usos, desde el nivel local, haciendolas mas competitivas y modernas, compatibles con los nuevos desafios. Que, estando a los documentos sustentatorios: Oficio Nº 1257-2010-ANA-SG/DCPRH, de la Autoridad Nacional del Agua; Carta Nº 01-2011-PRGIRH, de la Plataforma Regional GIRH; Informe Nº 005, 020, 024 y 033-2011GRCUSCO/GRRNGMA, de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente y el Informe Nº 096-2011-GRCUSCO-ORAJ, de la Oficina Regional de Asesoria Juridica. Que, estando al Dictamen Nº 02-2011-CO.RRNN.MA, emitido por la Comision Ordinaria de Recursos Naturales y Medio Ambiente del Consejo Regional del MORDAZA, que propone la aprobacion conforme al texto propuesto de la formula legal. Por lo que; el Consejo Regional del MORDAZA, en uso de la facultad conferida por el articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, la Ley Organica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno de Organizacion y Funciones. HA DADO LA SIGUIENTE:

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