Norma Legal Oficial del día 19 de abril del año 2012 (19/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano MORDAZA, jueves 19 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

464449

ORDENANZA QUE APRUEBA LA SEPARACION DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA DE LA MANCOMUNIDAD MUNICIPAL MORDAZA CENTRO EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria No. 06 de la fecha, y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que las Municipalidades son organos de gobierno local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, mediante Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley Nº 29341, se establece el MORDAZA juridico para el desarrollo de las relaciones entre municipalidades, previstas en el articulo 124º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, a fin de promover la creacion de Mancomunidades Municipales orientadas a la prestacion conjunta de servicios o ejecucion de obras, promoviendo el desarrollo local, la participacion ciudadana y el mejoramiento de la calidad de los servicios a los ciudadanos; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 2º de la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, la mancomunidad municipal es un organismo con personeria juridica de derecho publico, constituido a partir del acuerdo voluntario de dos o mas municipalidades, colindantes o no, que se unen para la prestacion conjunta de servicios y la ejecucion de obras, promoviendo el desarrollo local, la participacion ciudadana y el mejoramiento de la calidad de los servicios a los ciudadanos, en el MORDAZA de las competencias y funciones previstas en la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, que le MORDAZA delegadas; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 29029, modificada por la Ley Nº 29341, establece que la voluntad de constituir una mancomunidad y su estatuto, se aprueban por Ordenanza que emiten las municipalidades intervinientes, sustentadas en los Informes Tecnicos que den viabilidad a su creacion; Que, mediante Ordenanza Nº 483-MMDM publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 29.12.2011, el Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA aprobo la Ordenanza que aprueba la Constitucion y el Estatuto de la Mancomunidad Municipal MORDAZA Centro, la misma que se encuentra integrada por las Municipalidades Distritales de Barranco, MORDAZA MORDAZA, La MORDAZA, Lince, MORDAZA MORDAZA, Miraflores, Pueblo Libre, San MORDAZA, San MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA, San MORDAZA y Surquillo; Que, mediante pedido realizado por el MORDAZA MORDAZA, paso a la Orden del Dia la propuesta de separacion de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA de la Mancomunidad Municipal MORDAZA Centro; Que, del debate realizado en la seccion de Orden del Dia de la sesion de la fecha, se concluyo que los objetivos por los que nos incorporamos a la Mancomunidad MORDAZA Centro no se estaban cumpliendo, siendo innecesario formar parte de la citada Mancomunidad; Que, sobre el particular, el Articulo Vigesimo MORDAZA del Estatuto de la Mancomunidad MORDAZA Centro, de conformidad con el Articulo 14º del Decreto Supremo Nº 046-2010-PCM que aprobo el Reglamento de la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal modificada por la Ley Nº 29341; dispone que la separacion de la municipalidad de una Mancomunidad Municipal, procede de manera voluntaria y se efectiviza con la ordenanza municipal de la municipalidad que se separa, no requiere de aprobacion del Consejo Directivo y subsisten las obligaciones pendientes de cumplir por parte de esta; por tanto, en cumplimiento a lo dispuesto en el estatuto y el referido reglamento; corresponde aprobar la separacion de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA de la Mancomunidad Municipal MORDAZA Centro;

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- APROBAR la separacion de la Mancomunidad Municipal MORDAZA Centro de conformidad con lo dispuesto en el articulo 14º del Reglamento de la Ley Nº 29029 aprobado por Decreto Supremo Nº 0462010-PCM, y el Articulo Vigesimo MORDAZA del Estatuto de la Mancomunidad MORDAZA Centro, subsistiendo las obligaciones pendientes de cumplir por parte de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Ordenanza. Articulo 2º.- REMITIR la Ordenanza al Consejo Directivo de la Mancomunidad Municipal MORDAZA Centro para su conocimiento y a la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Concejo de Ministros para su inscripcion en el Registro de Mancomunidades. Articulo 3º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 778194-1

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Declaran al Catastrada distrito como MORDAZA

ACUERDO DE CONCEJO Nº 030-2012/MM Miraflores, 12 de MORDAZA de 2012 EL MORDAZA DE MIRAFLORES POR CUANTO; El Concejo Distrital de Miraflores en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, en merito de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomia que se encuentra reconocida en la Constitucion Politica del Peru, y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico vigente; Que, conforme lo establece el articulo 41 de la precitada Ley, mediante los acuerdos el Concejo toma decisiones relacionadas a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; Que, mediante la Ley Nº 28294, Ley que crea el Sistema Nacional Integrado de Catastro y su Vinculacion con el Registro de Predios, se regula la integracion y unificacion de los estandares, nomenclatura y procesos tecnicos de las diferentes Entidades Generadoras de catastro en el pais; Que, con dicha Ley se ha establecido las bases para consolidar un Estado mas moderno, que cuente con las herramientas necesarias para determinar las verdaderas dimensiones del territorio, lo que a su vez facilitara el analisis, planificacion y ejecucion de acciones de desarrollo que repercutan de manera directa en la poblacion;

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