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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 2 de agosto de 2012 471847 Constitucional del Callao, el mismo que como anexo forma parte constitutiva de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- Encárgase el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia General de Participación Vecinal de la Municipalidad Provincial del Callao, dando cuenta al Despacho de Alcaldía de su ejecución. Artículo 3º.- Encárgase a la Gerencia General de Planeamiento Presupuesto y Racionalización, la formulación de la modifi cación e incorporación de procedimientos establecidos en la presente Ordenanza Municipal en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos-TUPA de la Municipalidad Provincial del Callao. Artículo 4º.- Derógase toda la norma municipal que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo 5º.- Publícase la presente Ordenanza Municipal en el Diario Ofi cial El Peruano y encárgase a la Gerencia de Informática la difusión del Reglamento que es anexo, en el Portal Institucional www.municallao.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.psce.gob.pe. Artículo 6º. La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. JUAN SOTOMAYOR GARCIA Alcalde 821500-1 MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA Aprueban Reglamento de Organización y Funciones ORDENANZA MUNICIPAL Nº 010-2012 -CDB Bellavista, 25 de julio de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Bellavista, en Sesión Ordinaria celebrada el 25 de julio de 2012, con el voto UNANIME de sus integrantes, en ejercicios de sus facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 y el Reglamento de Organización Interior del Consejo y con dispensa del trámite de Lectura y aprobación del Acta; ha aprobado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Artículo 1º.- Declárese en Reestructuración Administrativa a la Municipalidad Distrital de Bellavista. Artículo 2°.- Apruébase la Ordenanza Municipal que Aprueba el Reglamento de Organización y Funciones cuyo texto, como anexo es parte de constitutiva de la presente ordenanza. Artículo 3°.- Encárguese a la Unidad de Informática su publicación en el Portal del Estado peruano http://www.peru.gob.pe y el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Bellavista http://www. munibellavista.gob.pe Artículo 4°.- La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. IVAN RIVADENEYRA MEDINA Alcalde 822039-1 Amplían plazo de vigencia y plazo para el acogimiento a los beneficios aprobados mediante Ordenanza Nº 08- 2012-CDB DECRETO DE ALCALDÍA N° 015-2012-MDB-AL Bellavista, 31 de julio de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA VISTO: El INFORME N° 038-2012-MDB/DATR de fecha 30 de julio del 2012 de la Dirección de Administración y Rentas; CONSIDERANDO: Que, conforme lo expresa el Artículo 194° de la Constitución Política del Estado, concordante con el Artículo II del Título preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Estado establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al Ordenamiento Jurídico. Que, el Artículo 74° de la Constitución Política del Perú en su segundo párrafo se señala que “Los gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales pueden crear, modifi car y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley. El Estado, al ejercer la potestad tributaria, debe respetar los principios de reserva de la ley, y los de igualdad y respeto de los derechos fundamentales de la persona. Ningún tributo puede tener carácter confi scatorio”. Que, dicha potestad es reconocida en el Artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, en su segundo párrafo, se señala que “Mediante ordenanzas se crean modifi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley”. Que, con fecha 23 de julio del ejercicio fi scal 2012, se aprobó la Ordenanza Municipal 08-2012-CDB, mediante la cual se aprobaron incentivos al pago al contado de obligaciones tributarias y no tributarias. Que, esta gestión tiene como fi n máximo procurándose dar una buena calidad de vida a los vecinos de esta institución edil y apreciando que existe una gran necesidad de ampliar la Ordenanza Municipal Nº 08-2012-CDB antes mencionada, es meritorio considerar ampliarla en el extremo de su plazo de vigencia y plazo para el acogimiento, hasta el 18 de agosto del presente ejercicio fi scal; Estando a lo expuesto, de conformidad con la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Municipal Nº 08-2012- CDB y en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades le confi ere; DECRETA: Artículo 1º.- Ampliar el plazo de vigencia y plazo para el acogimiento a los benefi cios aprobados mediante Ordenanza Municipal Nº 08-2012-CDB, hasta el 18 de agosto. Artículo 2º.- Deléguese el cumplimiento de la presente a la Dirección de Administración Tributaria y Rentas y a la Unidad de Informática. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. IVAN RIVADENEYRA MEDINA Alcalde 822044-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 020-2012-AL/CPB Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 020-2012-AL/CPB, publicada en nuestra edición del día 31 de julio de 2012.