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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE AGOSTO DEL AÑO 2012 (02/08/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 57

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 2 de agosto de 2012 471843 Gerencia Municipal, el Informe N° 145-2012-GAJ-MDC de fecha 08 de mayo de 2012 de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Informe N° 40-2012-GPP-MDC de fecha 08 de mayo de 2012 de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto sobre el proyecto de ordenanza que aprueba la Creación de la Agencia Municipal en el Distrito de Cieneguilla; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° y 195° de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, los Concejos Municipales, en ejercicio de dicha autonomía, aprueban su Régimen de Organización Interior y Funcionamiento del Gobierno Local, según lo prescrito por el artículo 9º numeral 3) de la Ley Nº 27972, del mismo modo dicha norma en su Art. 9º numeral 19) otorga prerrogativas para la creación de Centros Poblados y Agencias Municipales, no teniendo estas últimas una forma prevista por la Ley, para efectos de su creación; Que, la creación de Agencias Municipales se realizan en aquellos poblados que por la demanda de sus servicios, el número de sus habitantes o distancia, requieran la desconcentración de determinados servicios municipales; Que, la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto de la Municipalidad a través del Informe N° 040-2012-GPP- MDC de fecha 08 de mayo de 2012 ha concluido que es factible la creación de la Agencia Municipal; Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado y por los Arts. 6º, y 20º numeral 5) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto UNANIME de los miembros del Concejo Municipal, ha expedido la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA CREACIÓN DE LA AGENCIA MUNICIPAL EN EL DISTRITO DE CIENEGUILLA Artículo Primero.- APROBAR la Creación de la Agencia Municipal, que funcionará como órgano desconcentrado de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, dependiente de la Gerencia Municipal, incluyéndose sus competencias y funciones en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) aprobado por Ordenanza N° 139-2011 MDC, mediante la adición de los artículos 87°-A; 87°-B y 87°- C en el Capítulo IX ÓRGANOS DESCONCENTRADOS: AGENCIA MUNICIPAL, quedando redactado bajo los términos siguientes: CAPÍTULO IX ÓRGANOS DESCONCENTRADOS CÓDIGO 08.2.0 Agencia Municipal Artículo 87°-A.- La Agencia Municipal es la unidad orgánica encargada de ejecutar en forma desconcentrada actividades y acciones relacionadas con Planeamiento, Trámite Documentario, Tesorería, Administración Tributaria y Rentas, Desarrollo Económico Local, Fiscalización Municipal, Desarrollo Urbano y Rural, Desarrollo Social, Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente y Seguridad Ciudadana, a efectos de brindar atención ante la demanda de servicios municipales e impulsar el desarrollo de la jurisdicción de la misma. Está a cargo de un subgerente quien depende de la Gerencia Municipal. Artículo 87°-B.- La Subgerencia de Agencia Municipal está a cargo de un funcionario de confi anza designado por el Alcalde. Artículo 87°-C.- Son funciones de la Agencia Municipal: 1. Formular, proponer y ejecutar el Plan Operativo de la Agencia Municipal, en coordinación con la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto. 2. Recibir, registrar y derivar los expedientes vía el sistema de trámite documentario, así como físicamente, presentados por los vecinos y/o ciudadanos que concurren a la Agencia Municipal, en coordinación con Secretaría General. 3. Brindar orientación sobre los diversos trámites que se realizan en la Municipalidad a los vecinos y/o ciudadanos que concurren a la Agencia Municipal. 4. Entregar los diversos documentos que contengan actos administrativos que resuelven los trámites efectuados por los vecinos y/o ciudadanos del ámbito de la Agencia Municipal. 5. Recibir, registrar y depositar los ingresos municipales de conformidad con el Sistema de Tesorería y demás normatividad vigente. 6. Recibir y procesar mediante el Sistema Informático, las declaraciones juradas de orden tributario, presentadas por los contribuyentes del ámbito de la Agencia Municipal. 7. Emitir estados de cuenta de los contribuyentes del ámbito de la Agencia Municipal. 8. Programar y ejecutar acciones de sensibilización para el pago oportuno del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales por parte de los contribuyentes del ámbito de la Agencia Municipal. 9. Participar en gestiones de cobranza ordinaria de tributos municipales en el ámbito de la Agencia Municipal. 10. Emitir convenios de fraccionamiento tributario y no tributario de los contribuyentes y/o ciudadanos del ámbito de la Agencia Municipal. 11. Efectuar acciones de fi scalización de predios orientados a detectar omisos y/o subvaluadores e infractores de las obligaciones tributarias municipales a nivel del ámbito de la Agencia Municipal. 12. Promover y ejecutar acciones de capacitación y orientación para la constitución y formalización de medianas y pequeñas empresas y nuevos emprendimientos de los vecinos que concurren del ámbito de la Agencia Municipal, en coordinación con la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas. 13. Participar en el otorgamiento de Licencias de Funcionamiento y autorizaciones municipales para realizar actividades comerciales, de servicios, industriales de ser el caso, a nivel del ámbito de la Agencia Municipal, en coordinación con la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas. 14. Informar sobre oferta de Bolsas de Trabajo a nivel del ámbito de la Agencia Municipal. 15. Coordinar con la Subgerencia de Fiscalización Municipal acciones de fi scalización a los establecimientos industriales, comerciales, servicios y mercados y control e inspecciones oculares de los anuncios y elementos de publicidad exterior circunscriptos al ámbito de la Agencia Municipal. 16. Atender denuncias que contravengan las disposiciones municipales en el ámbito de la Agencia Municipal. 17. Crear una Base de Datos sobre las quejas formuladas por los vecinos del ámbito de la Agencia Municipal y mantenerla actualizada mediante un programa informático. 18. Participar en el control de las autorizaciones de transporte menor y elementos de seguridad en el ámbito de la Agencia Municipal. 19. Orientar y ejecutar inspecciones técnicas para atención de procedimientos referidos a visación de planos, constancias de posesión, certifi cados de numeración y de jurisdicción, en coordinación con la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural. 20. Orientar y ejecutar inspecciones técnicas para otorgamiento de licencias o regularización de edifi caciones y para autorización de trabajos en la vía pública en coordinación con la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural. 21. Monitorear y control el servicio de recojo de basura y mantenimiento de las áreas verdes en el ámbito de la Agencia Municipal, en coordinación con la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente. 22. Coordinar con la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente la realización de operativos de limpieza pública, acopio y recojo de malezas, desmontes en el ámbito de la Agencia Municipal. 23. Participar en campañas de arborización y educación ambiental programadas por la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente en el ámbito de la Agencia Municipal. 24. Promover y difundir acciones de Participación Ciudadana en coordinación con la Gerencia de Desarrollo Social, en el ámbito de la Agencia Municipal. 25. Promover y ejecutar eventos de capacitación para los integrantes de las dirigencias y miembros de las organizaciones sociales de base del ámbito de la Agencia Municipal, en coordinación con la Gerencia de Desarrollo Social. 26. Promover y difundir actividades relacionadas con la educación, cultura y deportes en el ámbito de la Agencia