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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE AGOSTO DEL AÑO 2012 (02/08/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 55

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 2 de agosto de 2012 471841 Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones; el mismo que incluye procedimientos con derecho de tramitación; Que, en virtud de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM, que aprueba la nueva metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad para las entidades públicas y que es de uso obligatorio en los procesos de elaboración y/o modifi cación de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad contenidos en los TUPA, se han formulado proyectos de actualización del monto del derecho de tramitación de los procedimientos Nº 87, Nº 99 y Nº 100 del TUPA, conforme el estudio de costos realizado por la Superintendencia Adjunta de Administración General, formalizado mediante Memorándum Nº 252-2012-SAAG; Que, adicionalmente a lo señalado y como consecuencia del desarrollo de las actividades relacionadas con el proyecto Nº 6.2.2 del Plan de Acción referida a Mejoras de Procedimientos Administrativos del TUPA, las modifi caciones propuestas también alcanzan a la reducción de requisitos y plazos, ampliación del inicio del procedimiento y de la autoridad competente de resolución; Que, la Resolución de Secretaria de Gestión Pública Nº 001-2011-PCM-SGP, establece para los Organismos Autónomos el 31 de julio del 2012, como plazo de implementación del DS Nº 064-2010-PCM; Que, corresponde a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, conforme a la autonomía funcional que le confi ere el artículo 346º de la Ley Nº 26702 y al artículo 38º de la Ley Nº 27444, aprobar las modifi caciones del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA institucional; y; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 367º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702; RESUELVE: Artículo Primero.- Modifi car los procedimientos Nº 87 “Procedimiento de elevación de observaciones a las bases”, Nº 99 “ Acceso a la información que posee la Superintendencia” y Nº 100 “ Acceso a la información de la Central de Riesgos de la SBS” del TUPA de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, cuyos textos se anexan a la presente Resolución y se publican de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo 004-2008- PCM reglamento de la Ley Nº 29091. (Portal institucional www.sbs.gob.pe). Artículo Segundo.- Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 821340-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LIMA Disponen publicar relación de concesiones mineras cuyos títulos fueron otorgados entre los meses de enero a junio de 2012 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 190-2012-GRL-GRDE-DREM Huacho, 17 de julio de 2012 VISTO: La relación de Títulos de Concesión Minera, otorgados por la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Lima, durante el período comprendido entre los meses de Enero a Junio del 2012 y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27857 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dispone que los Gobiernos Regionales ejercerán funciones específi cas, las mismas que se formularán en concordancia con las políticas nacionales, encontrándose entre ellas asumir las funciones en materia de minas, entre las cuales se establece la función de otorgar Concesiones para Pequeña Minería y Minería Artesanal de alcance regional, conforme lo señala el inciso f) del artículo 59 de la ley referida; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 503-2007-PRES se aprobó el Manual de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Lima, en la cual se establece que el Director Regional de Energía y Minas tiene dentro de sus funciones específi cas “otorgar petitorios y concesiones mineras para Pequeña Minería y Minería Artesanal de alcance Regional”; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 046-2008- MEM/DM, de fecha 02 de febrero de 2008 se declara que el Gobierno Regional de Lima ha concluido con el proceso de transferencias de funciones sectoriales en materia de energía y minas; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 139-2008- MEM/DM, de fecha 27 de marzo del 2008 se aprueba la relación de procedimientos a cargo de las Direcciones Regionales de Energía y Minas; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero – INACC (hoy DREM-LIMA), publicará mensualmente en el Diario Ofi cial “El Peruano”; por una sola vez, la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Que, el artículo 24 del Decreto Supremo Nº 018-92-EM, establece que dentro de los primeros quince (15) días de cada mes, se publicará en el Diario Ofi cial “El Peruano” la relación de las concesiones mineras cuyos títulos hubieren sido otorgados durante el mes inmediato anterior; De conformidad con la atribución establecida en el artículo 59º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Resolución Ministerial Nº 046-2008-MEM/DN y con la facultad conferida a la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Lima; SE RESUELVE: RELACIÓN DE LAS 39 CONCESIONES OTORGADAS DURANTE EL PERÍODO COMPRENDIDO ENTRES LOS MESES DE ENERO A JUNIO DEL 2012 AL AMPARO DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 708. Artículo Único.- PUBLÍQUESE en el Diario Ofi cial “El Peruano” las concesiones mineras cuyos títulos fueron otorgados durante el período comprendido entre los meses de Enero a Junio del 2012, de acuerdo a la nomenclatura siguiente: A) NOMBRE DE LA CONCESION, B) CODIGO, C) NOMBRE DEL TITULAR, D) NUMERO Y FECHA DE LA RESOLUCION DIRECTORAL, E) ZONA, F) COORDENADAS UTM DE LOS VERTICES EXPRESADOS EN KILOMETROS Y G) CORDENADAS UTM DE AREAS A RESPETAR; siendo estos los siguientes: 1.- A) COLQUICOCHA III B)650000211 C)COLQUICOCHA MINERA S.A.C D)100-2012-GRL- GRDE-DREM 08/05/2012 E)18 F)V1:N8690 E379 V2:N8690 E381 V3:N8689 E381 V4:N8689 E382 V5:N8687 E382 V6: N8687 E381 V7:N8688 E381 V8:N8688 E380 V9:N8689 E380 V10:N8689 E379 2.-A) RHOLSA VI B)650000411 C)ALATA CJUNO SIXTO D)139-2012-GRL-GRDE-DREM 06/06/2012 E)18 F)V1:N8587 E358 V2:N8583 E358 V3: N8583 E355 V4:N8586 E355 V5:N8586 E357 V6:N8587 E357 3.-A) RHOLSA VII B)650000511 C)ALATA CJUNO WILBER D)147-2012-GRL-GRDE-DREM 06/06/2012 E)18 F)V1:N8588 E359 V2:N8587 E359 V3:N8587 E360 V4: N8583 E360 V5:N8583 E358 V6:N8587 E358 V7:N8587 E357 V8:N8588 E357 4.-A) RHOLSA VIII B)650002011 C)ALATA LUQUE EMILIANO D)146-2012-GRL-GRDE- DREM 06/06/2012 E)18 F)V1:N8583 E360 V2:N8582 E360 V3:N8582 E358 V4:N8580 E358 V5:N8580 E357 V6:N8579 E357 V7:N8579 E355 V8:N8580 E355 V9:N8580 E356 V10:N8583 E356 5.-A) RHOLSA IX B)650003811 C)ALATA CJUNO SONIA D)148-2012-GRL-GRDE-DREM 06/06/2012 E)18 F)V1:N8592 E360 V2:N8587 E360 V3:N8587 E359