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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE AGOSTO DEL AÑO 2012 (12/08/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 12 de agosto de 2012 472601 la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, cuya efi cacia regirá a partir de la entrada en vigencia del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por la Resolución Ministerial Nº 346-2012-PRODUCE. Regístrese, comuníquese y publíquese. SERGIO GONZALEZ GUERRERO Jefe Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero FONDEPES 826609-5 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 208-2012-FONDEPES/J Lima, 8 de agosto de 2012 VISTA: la Resolución Ministerial Nº 346-2012- PRODUCE publicada el 24.07.12; y, CONSIDERANDO: Que, el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES, es un organismo público ejecutor, adscrito al Ministerio de la Producción con personería jurídica de derecho público. Goza de autonomía técnica, económica, administrativa y académica, cuya fi nalidad es promover, ejecutar y apoyar técnica, económica y fi nancieramente el desarrollo de las actividades y proyectos de pesca artesanal y de acuicultura; Que, por Resolución Ministerial Nº 346-2012- PRODUCE del 24 de julio de 2012, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, el mismo que consta de cinco títulos, seis capítulos, treinta y un artículos, una disposición transitoria, tres disposiciones complementarias y una disposición derogatoria, que como anexo forma parte integrante de la citada resolución; Que, la estructura orgánica institucional aprobada por la Resolución Ministerial Nº 346-2012-PRODUCE está conformada por: i) Órganos de la Alta Dirección, ii) Órgano de Control Institucional, iii) Órgano de Defensa Jurídica, iv) Órganos de Administración Interna; y, v) Órganos de Línea, cuyas conformaciones, funciones y competencias se encuentran delimitados en el tenor del Reglamento de Organización y Funciones referido precedentemente; Que, asimismo, la citada Resolución Ministerial dispone que el Reglamento de Organización y Funciones debe entrar en vigencia a los diez días hábiles siguientes de su publicación, computándose el plazo conforme a lo establecido en el artículo 134º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, el Artículo 7º de la Ley del Procedimiento Administrativo General señala que los actos de administración interna se orientan a la efi cacia y efi ciencia de los servicios y a los fi nes permanentes de las entidades; y que, su motivación será facultativa cuando los superiores jerárquicos impartan las órdenes a sus subalternos en la forma legalmente prevista; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos señala que todas las Resoluciones de designación o nombramiento de funcionarios en cargos de confi anza surten efecto a partir del día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, salvo disposición en contrario de la misma que postergue su vigencia; Que, atendiendo lo señalado en la Resolución Ministerial Nº 346-2012-PRODUCE, resulta necesario dar por concluidas las suplencias en funciones de dirección dispuestas para trabajadores sujetos a la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios, en el marco del organigrama aprobado por el Decreto Supremo Nº 003- 2010-PRODUCE y sustituirlas por encargaturas en funciones de dirección de los órganos que conforman la nueva estructura orgánica institucional; En el ejercicio de las facultades conferidas en el artículo 8º de la Resolución Ministerial Nº 346-2012- PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del FONDEPES; y, Con la visación de la Secretaria General; SE RESUELVE: Artículo Único.- Encargar al Sr. Pedro Juan Medina Alvarado las funciones de Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, con efi cacia a partir de la entrada en vigencia del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por la Resolución Ministerial Nº 346-2012-PRODUCE. Regístrese, comuníquese y publíquese. SERGIO GONZALEZ GUERRERO Jefe Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero FONDEPES 826609-6 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Designan representantes del Ministerio y acreditan a representantes de diversas entidades ante el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 199-2012-TR Lima, 10 de agosto de 2012 VISTOS: El Ofi cio Nº 312-2012-MTPE/2 del Viceministro de Trabajo; el Ofi cio Nº 344-2012-DVM/ MINSA del Viceministro de Salud; el Ofi cio Nº 320-SG- ESSALUD-2012 de la Secretaria General del Seguro Social de Salud - ESSALUD; el documento de CONFIEP GG- 149/12 del Gerente General de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas - CONFIEP; las Cartas de la Confederación General de Trabajadores del Perú - CGTP; la Confederación de Trabajadores del Perú - CTP; la Central Unitaria de Trabajadores del Perú - CUT; y la Central Autónoma de Trabajadores del Perú - CATP; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 10º de la Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, dispone la creación del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, como instancia máxima de concertación en materia de seguridad y salud en el trabajo, de naturaleza tripartita y adscrita al Sector Trabajo y Promoción del Empleo; Que, asimismo el citado artículo señala que el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo está conformado por un (1) representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, quien la presidirá, un (1) representante del Ministerio de Salud, un (1) representante del Centro Nacional de Salud Ocupacional y Protección del Medio Ambiente para la Salud (Censopas), un (1) representante de Essalud, cuatro (4) representantes de los gremios de empleadores a propuesta de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas (Confi ep), cuatro (4) representantes de las centrales sindicales a propuesta de la Confederación General de Trabajadores del Perú - CGTP, la Central Unitaria de Trabajadores del Perú - CUT, la Confederación de Trabajadores del Perú - CTP y la Central Autónoma de Trabajadores del Perú - CATP; Que, en atención a los documentos de vistos y a las consideraciones expuestas, corresponde designar a los integrantes ante el referido Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo;