Norma Legal Oficial del día 12 de agosto del año 2012 (12/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 12 de agosto de 2012

De conformidad con lo dispuesto en el articulo 20 del Reglamento General de Tarifas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- ADMITIR a tramite la solicitud de SEDAPAR S.A. de aprobacion de: (i) Formula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestion y (ii) Determinacion de precios de los servicios colaterales. Articulo 2º.- OTORGAR un plazo de diez dias habiles a SEDAPAR S.A. para solicitar a la SUNASS la celebracion de una audiencia publica preliminar con la finalidad de exponer al publico en general su propuesta de (i) Formula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestion contenidas en su Plan Maestro Optimizado, y (ii) Precios de los servicios colaterales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA LUCICH LARRAURI Gerente de Regulacion Tarifaria 826265-1

De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del articulo 7º de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA a su condicion de miembro de la Comision de Proteccion al Consumidor N° 2 de la Sede Central del Indecopi, con eficacia anticipada al 11 de MORDAZA de 2012, dandole las MORDAZA por los servicios prestados a la Institucion. Articulo 2º.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA Egusquiza Zariquiey como miembro de la Comision de Proteccion al Consumidor N° 2 de la Sede Central del Indecopi, con efectividad al dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. HEBERT TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 826287-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Designan miembro de la Comision de Proteccion al Consumidor N° 2 de la Sede Central del Indecopi
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 128-2012-INDECOPI/COD MORDAZA, 9 de agosto de 2012 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el inciso d) del articulo 5º de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033, asi como por el inciso c) del articulo 5º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Indecopi, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2009-PCM, el Consejo Directivo del Indecopi se encuentra facultado para designar a los miembros que integran las Comisiones de la Institucion; Que, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA fue designado como miembro de la Comision de Proteccion al Consumidor N° 2 de la Sede Central del Indecopi, mediante Resolucion de la Presidencia del Consejo Directivo del Indecopi Nº 100-2011-INDECOPI/COD, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 19 de junio de 2011. Asimismo, mediante carta de fecha 10 de MORDAZA de 2012 dirigida a la Presidencia del Consejo Directivo, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA formulo su renuncia a su condicion de miembro de la Comision de Proteccion al Consumidor N° 2 de la Sede Central del Indecopi, la cual ha sido aceptada por el Consejo Directivo de la Institucion; Que, el organo directriz ha estimado la necesidad de efectuar la designacion del MORDAZA miembro de dicho organo resolutivo, a fin de garantizar la continuidad de las funciones de la citada Comision; Estando al acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Institucion; y,

Incluyen a integrante del Comite de Direccion de Simplificacion Administrativa del Indecopi en representacion de la CONFIEP y designan a miembro del Equipo de Mejora Continua
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 130-2012-INDECOPI/COD MORDAZA, 9 de agosto de 2012 CONSIDERANDO: Que, la simplificacion administrativa es aplicable a todas las entidades que tramitan procedimientos administrativos o brindan servicios administrativos en exclusividad, como politica nacional de obligatorio cumplimiento. En ese sentido, involucra a las entidades del Gobierno Nacional (incluidos los Ministerios y las Entidades Publicas del Poder Ejecutivo), de los Poderes Legislativo y Judicial, de los Gobiernos Regionales, de los Gobiernos Locales u Organismos Constitucionales Autonomos; Que, con la finalidad de orientar a las entidades en el desarrollo de proyectos de reingenieria o simplificacion administrativa, se aprobo la Metodologia de Simplificacion Administrativa, a traves del Decreto Supremo N° 007-2011PCM - Decreto Supremo que aprueba la Metodologia de Simplificacion Administrativa y establece disposiciones para su implementacion, para la mejora de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad; Que, de acuerdo con dicha metodologia, se dispone la conformacion de un Comite de Direccion del MORDAZA de Simplificacion como instancia politica responsable de la puesta en marcha del proyecto de simplificacion; y del Equipo de Mejora Continua como responsable de planificar y gestionar el proyecto de simplificacion administrativa al interior de cada entidad del sector publico; Que, mediante Resolucion Nº 039-2012-INDECOPI/ COD, se designaron los integrantes del Comite de Direccion del MORDAZA de Simplificacion y del Equipo de Mejora Continua del Indecopi, siendo publicada dicha designacion en el Diario Oficial El Peruano, con fecha 21 de marzo de 2012; Que, mediante Memorandum Nº 073-2012/APG, la Jefatura del Area de Planeamiento Estrategico y Gestion de la Calidad solicito al Consejo Directivo la modificacion de la conformacion del Comite de Direccion de Simplificacion Administrativa (CDSA), en atencion a la Carta Nº GG163/12 remitida por la Confederacion Nacional de Instituciones Empresariales Privadas (CONFIEP) a traves de la cual informo a nuestra Institucion acerca

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