Norma Legal Oficial del día 12 de agosto del año 2012 (12/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 12 de agosto de 2012

NORMAS LEGALES

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permanente del Acuerdo y sus Anexos, siendo que en nuestro caso el Peru se encuentra representado por la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la citada Direccion General de Transporte Terrestre, comunica que la participacion en dicha reunion resulta necesaria por cuanto conforme al Registro de Transporte Internacional Terrestre a cargo de la Direccion General de Transporte Internacional Terrestre, existe una significativa oferta peruana para el transporte internacional terrestre entre Peru y los paises de la Region, por otro lado, bilateralmente, el Peru ha venido adoptando acuerdos tecnico - operativos con MORDAZA, Bolivia, Brasil, y MORDAZA, orientados a facilitar e impulsar el transporte bilateral, los que podrian ser compartidos en el seno de la Comision con miras a formular y aprobar propuestas de modificacion del ATIT, basados en la experiencia desarrollada en la gestion del transporte internacional terrestre, asimismo, la actualizacion del Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre conforme a las exigencias del MORDAZA internacional, propiciaria las condiciones para el desarrollo y consolidacion de las operaciones del transporte internacional terrestre, como una herramienta valiosa de integracion que brinda un apoyo determinante al intercambio comercial, a la expansion competitiva de la base productiva y a la dinamizacion del comercio y turismo en la subregion; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo 021-2007-MTC, establece, entre otras, como funciones de la Direccion General de Transporte Terrestre: i) proponer y ejecutar las politicas orientadas a la administracion de los servicios de transporte terrestre de personas y de mercancias; ii) participar en representacion del Ministerio como organismo nacional competente de Transporte Terrestre, en eventos nacionales e internacionales sobre transporte y MORDAZA terrestre y iii) proponer convenios y acuerdos nacionales e internacionales, dentro del ambito de su competencia; Que, asimismo, la Direccion General de Transporte Terrestre indica que es necesaria la participacion de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias, por cuanto de acuerdo a lo senalado en el Informe Nº 277-2012-SUTRAN/06, dicha institucion, es competente para normar, supervisar, fiscalizar y sancionar los servicios de transporte terrestre, de personas, carga y mercancias en el ambito nacional e internacional, asi como a los agentes publicos o privados que brinden servicios complementarios a dichas actividades; Que, el literal a) del numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2012, establece que se prohiben los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, salvo entre otros casos, los viajes que se efectuen en el MORDAZA de la negociacion de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones economicas y financieras y las acciones de promocion de importancia para el Peru, los cuales se autorizan mediante resolucion del titular; Que, segun se indica en el Informe Nº 915-2012MTC/09.01 emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 041-2012-MTC/15 de la Direccion General de Transporte Terrestre, la participacion de la Direccion General de Transporte Terrestre, organismo nacional competente para participar en eventos internacionales sobre transporte terrestre, se encuentra en el ambito de las regulaciones internacionales sobre las cuales el Peru tiene que participar en Sudamerica, lo cual constituye ademas una accion de promocion de importancia para el MORDAZA, pues busca promover e impulsar el comercio internacional, actualizando las disposiciones del ATIT; y por lo tanto se acoge a las excepciones del literal a) del numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2012; Que, segun se indica en el Informe Nº 277-2012SUTRAN/06 la participacion de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias, se acoge a las excepciones del literal a) del numeral 10.1

del articulo 10 de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2012; por cuanto asistira a la reunion en calidad de representante de las autoridades competentes de control con la finalidad de que analice los temas de transporte internacional vinculados a su competencia para encontrar soluciones a las dificultades que afectan dicho servicio; teniendo en cuenta que con fecha 15 de febrero de 2012 se iniciaron los operativos de fiscalizacion de transporte internacional a las unidades que efectuan servicio de transporte internacional de pasajeros y mercancias, al MORDAZA del Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre (ATIT); Que, en tal sentido y dada la relevancia e importancia del citado evento para los objetivos y metas del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, resulta conveniente autorizar el viaje de los senores MORDAZA MORDAZA Qwistgaard MORDAZA, Director General de Transporte Acuatico y encargado de las funciones de Director General de Transporte Terrestre, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, profesional de la Direccion General de Transporte Terrestre y la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Superintendente de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias; asumiendo el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes y viaticos; Que, los gastos por concepto de pasajes aereos y los viaticos de los representantes de la Direccion General de Transporte Terrestre, seran asumidos por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con cargo a su presupuesto, para lo cual la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, emitio las Certificaciones de Credito Presupuestario Nos. 000052 y 02367, de conformidad con lo establecido en el articulo 77 de la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, asimismo mediante Memorandum Nº 424-2012SUTRAN/07 de fecha 25 de MORDAZA de 2012, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias, indica que los gastos que irrogara el viaje del representante de su institucion se encuentran presupuestados, para lo cual ha emitido la Certificacion de Credito Presupuestario Nº 0000000545 de conformidad con lo establecido en el articulo 77 de la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, y a lo informado por la Direccion General de Transporte Terrestre, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar el viaje de los senores MORDAZA MORDAZA Qwistgaard MORDAZA, Director General de Transporte Acuatico y encargado de las funciones de Director General de Transporte Terrestre, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, profesional de la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de Montevideo, Republica Oriental del Uruguay, del 13 al 17 de agosto de 2012, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2.- Autorizar el viaje de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Superintendente de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias, a la MORDAZA de Montevideo, Republica Oriental del Uruguay, del 13 al 17 de agosto de 2012, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 3.- Los gastos que demande el viaje de los senores MORDAZA MORDAZA Qwistgaard MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, seran con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle:

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