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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE AGOSTO DEL AÑO 2012 (12/08/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 12 de agosto de 2012 472603 permanente del Acuerdo y sus Anexos, siendo que en nuestro caso el Perú se encuentra representado por la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la citada Dirección General de Transporte Terrestre, comunica que la participación en dicha reunión resulta necesaria por cuanto conforme al Registro de Transporte Internacional Terrestre a cargo de la Dirección General de Transporte Internacional Terrestre, existe una signifi cativa oferta peruana para el transporte internacional terrestre entre Perú y los países de la Región, por otro lado, bilateralmente, el Perú ha venido adoptando acuerdos técnico - operativos con Chile, Bolivia, Brasil, y Argentina, orientados a facilitar e impulsar el transporte bilateral, los que podrían ser compartidos en el seno de la Comisión con miras a formular y aprobar propuestas de modifi cación del ATIT, basados en la experiencia desarrollada en la gestión del transporte internacional terrestre, asimismo, la actualización del Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre conforme a las exigencias del mercado internacional, propiciaría las condiciones para el desarrollo y consolidación de las operaciones del transporte internacional terrestre, como una herramienta valiosa de integración que brinda un apoyo determinante al intercambio comercial, a la expansión competitiva de la base productiva y a la dinamización del comercio y turismo en la subregión; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo 021-2007-MTC, establece, entre otras, como funciones de la Dirección General de Transporte Terrestre: i) proponer y ejecutar las políticas orientadas a la administración de los servicios de transporte terrestre de personas y de mercancías; ii) participar en representación del Ministerio como organismo nacional competente de Transporte Terrestre, en eventos nacionales e internacionales sobre transporte y tránsito terrestre y iii) proponer convenios y acuerdos nacionales e internacionales, dentro del ámbito de su competencia; Que, asimismo, la Dirección General de Transporte Terrestre indica que es necesaria la participación de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías, por cuanto de acuerdo a lo señalado en el Informe Nº 277-2012-SUTRAN/06, dicha institución, es competente para normar, supervisar, fi scalizar y sancionar los servicios de transporte terrestre, de personas, carga y mercancías en el ámbito nacional e internacional, así como a los agentes públicos o privados que brinden servicios complementarios a dichas actividades; Que, el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2012, establece que se prohíben los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo entre otros casos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú, los cuales se autorizan mediante resolución del titular; Que, según se indica en el Informe Nº 915-2012- MTC/09.01 emitido por la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 041-2012-MTC/15 de la Dirección General de Transporte Terrestre, la participación de la Dirección General de Transporte Terrestre, organismo nacional competente para participar en eventos internacionales sobre transporte terrestre, se encuentra en el ámbito de las regulaciones internacionales sobre las cuales el Perú tiene que participar en Sudamérica, lo cual constituye además una acción de promoción de importancia para el país, pues busca promover e impulsar el comercio internacional, actualizando las disposiciones del ATIT; y por lo tanto se acoge a las excepciones del literal a) del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2012; Que, según se indica en el Informe Nº 277-2012- SUTRAN/06 la participación de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías, se acoge a las excepciones del literal a) del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2012; por cuanto asistirá a la reunión en calidad de representante de las autoridades competentes de control con la fi nalidad de que analice los temas de transporte internacional vinculados a su competencia para encontrar soluciones a las difi cultades que afectan dicho servicio; teniendo en cuenta que con fecha 15 de febrero de 2012 se iniciaron los operativos de fi scalización de transporte internacional a las unidades que efectúan servicio de transporte internacional de pasajeros y mercancías, al amparo del Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre (ATIT); Que, en tal sentido y dada la relevancia e importancia del citado evento para los objetivos y metas del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, resulta conveniente autorizar el viaje de los señores José Luis Qwistgaard Suárez, Director General de Transporte Acuático y encargado de las funciones de Director General de Transporte Terrestre, y Jesús José Tapia Tarrillo, profesional de la Dirección General de Transporte Terrestre y la señora Elvira Clara Moscoso Cabrera, Superintendente de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías; asumiendo el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes y viáticos; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y los viáticos de los representantes de la Dirección General de Transporte Terrestre, serán asumidos por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con cargo a su presupuesto, para lo cual la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, emitió las Certifi caciones de Crédito Presupuestario Nos. 000052 y 02367, de conformidad con lo establecido en el artículo 77 de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, asimismo mediante Memorándum Nº 424-2012- SUTRAN/07 de fecha 25 de julio de 2012, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías, indica que los gastos que irrogará el viaje del representante de su institución se encuentran presupuestados, para lo cual ha emitido la Certifi cación de Crédito Presupuestario Nº 0000000545 de conformidad con lo establecido en el artículo 77 de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, y a lo informado por la Dirección General de Transporte Terrestre, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de los señores José Luis Qwistgaard Suárez, Director General de Transporte Acuático y encargado de las funciones de Director General de Transporte Terrestre, y Jesús José Tapia Tarrillo, profesional de la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, del 13 al 17 de agosto de 2012, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Autorizar el viaje de la señora Elvira Clara Moscoso Cabrera, Superintendente de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías, a la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, del 13 al 17 de agosto de 2012, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 3.- Los gastos que demande el viaje de los señores José Luis Qwistgaard Suárez y Jesús José Tapia Tarrillo, serán con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: