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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 18 de agosto de 2012 472997 Estando a lo solicitado, y en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del artículo 20° así como el artículo 42° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades. SE DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 05 de Octubre del 2012, el plazo para acogerse al Benefi cio excepcional y único de pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales por deudas pendientes hasta el año 2011, otorgadas mediante Ordenanza N° 255-MVES. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas y Sub Gerencias y/o Unidades orgánicas correspondientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GUIDO IÑIGO PERALTA Alcalde 829461-1 Designan responsables de entregar información pública y elaborar y actualizar el Portal de Transparencia y la Página Web de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 526-2012-ALC/MVES Villa El Salvador, 13 de agosto del 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR CONSIDERANDO: Que, el T.U.O. de la Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública - aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, y normas modifi catorias, tiene por fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del Artículo 2º de la Constitución Política del Perú; Que, mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, se aprueba el Reglamento, que regula la aplicación de las normas y la ejecución del procedimiento establecido en la Ley N° 27806; Que, en el artículo 3º del T.U.O. de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se establece que; “Es obligación de la máxima autoridad de la Entidad (…) designar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia”; y en el artículo 5º de la norma citada se establece que, “Las Entidades de la Administración Pública establecerán progresivamente de acuerdo a su presupuesto, la difusión a través de internet la información (…), además la entidad pública deberá identifi car al funcionario responsable de la elaboración de los portales de internet”; Que, mediante Decreto Supremo Nº 063-2010-PCM, se aprueba la implementación del Portal de Transparencia Estándar en las Entidades de la Administración Pública, la misma que dispone en su artículo 3º que, “para el oportuno cumplimiento de la actualización de la información en el Portal de Transparencia, cada unidad orgánica responsable del procesamiento de la información, según sea el caso, deberá designar un coordinador que tendrá relación directa con el funcionario responsable designado por la entidad para elaborar y actualizar el Portal de Transparencia”; Por lo expuesto, en aplicación de las normas citadas y en concordancia al numeral 6) del artículo 20° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. SE RESUELVE: Artículo 1º.- DESIGNAR al Gerente de la Ofi cina de Secretaría General de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, como responsable de entregar la información pública, de acuerdo a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Artículo 2º.- DESIGNAR al Jefe de la Unidad de Desarrollo Institucional, Tecnología de la Información y Estadística, de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, como responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador. Artículo 3º.- DESIGNAR al Jefe de la Unidad de Comunicaciones de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, como responsable de elaborar y/o actualizar la Página Web de la Municipalidad, en lo que corresponda a las competencias y/o atribuciones de su Unidad Orgánica. Artículo 4º.- Para el oportuno cumplimiento de la información que debe publicarse en el Portal de Transparencia, así como de la entrega de información establecida en la Ley Nº 27806; los Gerentes, Sub Gerentes y/o jefes de cada unidad orgánica de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, actuarán como coordinadores con el responsable del Portal de Transparencia y con el responsable de entregar la información pública de la Institución Edil. Artículo 5º.- Encargar a la Gerencia Municipal, Secretaría General, Unidad de Comunicaciones, y Unidad de Desarrollo Institucional, Tecnología de la Información y Estadística, así como a las unidades orgánicas correspondientes, el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo 6º.- Dejar sin efecto las normativas y/o resoluciones que se opongan a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GUIDO IÑIGO PERALTA Alcalde 829461-2 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA Aprueban modificación parcial de la Estructura Orgánica, Reglamento de Organización y Funciones y del Cuadro para Asignación de Personal de la Municipalidad Distrital de La Punta ORDENANZA N° 007 La Punta, 24 de julio de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Distrital de La Punta, en sesión celebrada el 24 de julio de 2012, con el voto aprobatorio de los Regidores Distritales y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 y el Reglamento Interno del Concejo; VISTO: El Informe Nº 003-2012-MDLP/GM de la Gerencia Municipal que contiene el Informe previo sobre modifi cación parcial de la Estructura Orgánica, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignación de Personal de la Municipalidad Distrital de La Punta, y; CONSIDERANDO: Que, según el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley N° 27680, y posteriormente modifi cado por la Ley Nº 28607, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de Gobierno Local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, agrega que dicha autonomía radica en el ejercicio de actos de gobierno, administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, por lo que están sujetos a las leyes