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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE AGOSTO DEL AÑO 2012 (18/08/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 56

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 18 de agosto de 2012 472994 Para la provisión de servicios municipales participarán las Gerencias de Desarrollo Social, Educación, Cultura y Deporte, Seguridad Ciudadana, Desarrollo Empresarial y SISOL. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Defi niciones Para efectos de la presente Ordenanza y el Programa BarrioMio se tendrán las siguientes defi niciones: • Asentamiento Humano: Agrupación de familias en posesión u ocupación formal o informal de predios ubicados en zonas vulnerables, dentro del ámbito metropolitano, desarrollando sus actividades vitales. • Urbanizaciones Populares: Agrupación de familias constituidas como asociaciones de vivienda o cooperativas de vivienda asentadas en posesiones formales o informales, dentro del ámbito metropolitano. • Intervención en el Territorio: Es la acción o conjunto de acciones que realizan los órganos, unidades orgánicas, organismos públicos descentralizados, organismos públicos desconcentrados y empresas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a través del Programa BarrioMio, en los Asentamientos Humanos con el fi n de modifi car y acondicionar sus espacios físicos y reducir la situación de vulnerabilidad. • Zonas vulnerables: Son todas aquellas zonas en situación de vulnerabilidad física y/o socio económica. Segunda.- Implementación del Programa BarrioMio Encárguese a la Gerencia de Desarrollo Urbano la implementación del Programa BarrioMio así como la elaboración del Manual de Operaciones de dicho Programa, en coordinación con la Gerencia de Planifi cación. La Gerencia de Finanzas de la Municipalidad Metropolitana de Lima brindará los recursos necesarios para la implementación, conforme a los gastos previstos y sustentados por el Programa BarrioMio. Tercera.- Monitoreo y Evaluación del Programa BarrioMio El Programa BarrioMio será monitoreado y evaluado por el Consejo Directivo conforme a los procesos contenidos en su Manual de Operaciones mediante los instrumentos de diseño, seguimiento y evaluación que apruebe la Gerencia de Planifi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima para los programas y proyectos. Cuarta.- Publicación Publíquese la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe). POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, 14 de agosto de 2012. EDUARDO ARIEL ZEGARRA MENDEZ Teniente Alcalde - Encargado de la Alcaldía 829305-1 Autorizan viaje de Asesor de Víctimas de Accidentes de la Gerencia Municipal Metropolitana para participar en evento que se realizará en Brasil RESOLUCIÓN DE CONCEJO N° 024 Lima, 14 de agosto de 2012 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 14 de agosto de 2012, el Memorando N° 625-2012-MML-GMM de la Gerencia Municipal Metropolitana de fecha 13 de agosto del año en curso, solicitando autorización del Pleno para que el señor Alejandro Silva Reina, Asesor de Víctimas de Accidentes de la Gerencia Municipal Metropolitana viaje a la ciudad de Rio de Janeiro. De conformidad con el artículo 9°, numeral 11) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; RESOLVIÓ: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Alejandro Silva Reina, Asesor de Víctimas de Accidentes de la Gerencia Municipal Metropolitana a la ciudad de Rio de Janeiro, en Brasil del 29 de agosto al 1ro. de setiembre del año en curso, para que participe en el “I Encuentro Internacional de Planes de Acción en Derechos Humanos”. Al retorno deberá presentar el respectivo informe ante el Pleno del Concejo. Artículo Segundo.- El costo del viaje será asumido por la Municipalidad Metropolitana de Lima-Gerencia Municipal Metropolitana ascendente a S/. 4,625.61, (CUATRO MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO NUEVOS SOLES CON 61/00), correspondiente al pago de pasajes, gastos de transporte y viáticos; monto que deberá ser girado a nombre del señor Alejandro Silva Reina, Asesor de Víctimas de Accidentes de la Gerencia Municipal Metropolitana, según detalle que en el Artículo Tercero de la presente Resolución se establece, con cargo a rendir cuenta documentada. Artículo Tercero.- El egreso se afectará al Presupuesto Municipal para el Ejercicio 2012 de acuerdo al siguiente detalle: CLASIFICACIÓN INSTITUCIONAL Jefatura de Gestión 01 Municipalidad Metropolitana de Lima Unidad Ejecutora 01 Gestión Administrativa Centro De Costos 11002 Gerencia Municipal Metropolitana Actividad 1110 Desarrollo de la Gerencia Municipal Tarea 01 Desarrollo de la Gerencia Municipal CLASIFICACIÓN FUNCIONAL PROGRAMÁTICA Función 03 Planeamiento, Gestión y Reserva de Contingencia Programa 006 Gestión Administrativa Sub Programa 0008 Asesoramiento y Apoyo CLASIFICACIÓN ESPECÍFICA DEL GASTO 2302010101 Pasajes y Gastos de Transporte S/. 3,056.01 2302010102 Viáticos y Asignaciones por Comisión de Servicio (3 días) S/. 1,569.60 TOTAL S/. 4,625.61 Artículo Cuarto.- Encargar a las Gerencias de Administración y de Finanzas el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EDUARDO ARIEL ZEGARRA MENDEZ Teniente Alcalde - Encargado de la Alcaldía 829311-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Aprueban ceremonia del Cuarto Matrimonio Civil Comunitario del año 2012 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 016 San Juan de Lurigancho, 26 de julio de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Visto el Informe Nº 078-2012/SGRRCC-SG/MDSJL de fecha 25/07/2012 de la Sub Gerencia de Registro Civil; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 078-2012-SGRRCC/SG/ MDSJL la Sub Gerencia de Registro Civil señala que de acuerdo al Plan Operativo 2012 de la indicada Sub