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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE AGOSTO DEL AÑO 2012 (22/08/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 60

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 22 de agosto de 2012 473134 Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 5º.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM. Artículo 6º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 831924-3 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Autorizan viaje de equipo de trabajo que acompañará a la Ministra a Brasil, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 008-2012-MIDIS Lima, 22 de agosto de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante OF.RE(DGA) Nº 1-2/98 el Viceministro de Relaciones Exteriores del Ministerio de Relaciones Exteriores remite al Secretario General de la Presidencia de la República del Perú, la Nota Nº 235 de la Embajada de la República Federativa del Brasil, a través de la cual se reitera la invitación para que se realicen visitas a las ciudades de Brasilia y Sao Paulo de la República Federativa del Brasil, las que conforme a las Notas Nº498 y Nº 506 de la referida Embajada se llevarían a cabo del 22 al 24 de agosto de 2012, con la fi nalidad de conocer las políticas públicas dirigidas a la primera infancia, así como la agenda de género e inclusión social, entre otras iniciativas exitosas en el área social; Que, la referida reunión tiene como objetivo conocer las políticas públicas dirigidas a la primera infancia, entre otras iniciativas exitosas en el área social, así como crear un espacio de refl exión sobre las experiencias, estrategias comunes y desafíos en materia de exclusión social, superación de la pobreza y desigualdad; abordándose temática relativa a la inclusión productiva, control de usuarios y de pago de benefi cios, política de seguridad alimentaria y nutricional, alimentación escolar, entre otros; Que, de conformidad con la Ley Nº 29792, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social es el organismo rector de las políticas nacionales de su responsabilidad, ejerciendo competencia exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno, en todo el territorio nacional, para formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en materias de desarrollo e inclusión social, encaminadas a reducir la pobreza, las desigualdades, las vulnerabilidades y los riesgos sociales, en aquellas brechas que no pueden ser cerradas por la política social universal, regular, de competencia sectorial; Que, el equipo de trabajo que acompañará a la Ministra de Estado en la Cartera de Desarrollo e Inclusión Social en la referida reunión está conformado por los señores: Aníbal Velásquez Valdivia, Director General de Seguimiento y Evaluación del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social; María del Carmen Portillo Brousset, Jefa de la Ofi cina General de Promoción de la Cooperación y Participación; Arturo Antonio Valera Canales y Carlos Vicente Gazzo Serrano, especialistas de la Dirección General para la Gestión de Usuarios del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social; y, Guiselle Marlene Romero Lora, Iliich Máximo Ascarza López y Mavi Carmen Riva Castañeda, especialistas del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; Que, en virtud de lo expuesto, resulta de interés nacional la participación peruana en la reunión de trabajo convocada; por lo que se estima necesario autorizar el viaje de las personas citadas en el considerando anterior; Que, para el presente viaje se hará uso del servicio del Grupo Aéreo Nº 8, por lo que no se efectuarán gastos por conceptos de pasajes ni TUUA; siendo que los gastos por concepto de viáticos serán asumidos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y; De conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, el Decreto Supremo Nº 001-2011-MIDIS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Aníbal Velásquez Valdivia, Director General de Seguimiento y Evaluación del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social; María del Carmen Portillo Brousset, Jefa de la Ofi cina General de Promoción de la Cooperación y Participación; Arturo Antonio Valera Canales y Carlos Vicente Gazzo Serrano, especialistas de la Dirección General para la Gestión de Usuarios del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social; y, Guiselle Marlene Romero Lora, Iliich Máximo Ascarza López y Mavi Carmen Riva Castañeda, especialistas del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, a la ciudad de Brasilia y Sao Paulo, República Federativa del Brasil, del 22 al 25 de agosto de 2012, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos por viáticos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, debiendo rendirse cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario del término del citado evento, de acuerdo con el siguiente detalle: Viáticos: US$ 200 x 3 días x 7 personas US$ 4 200 El trasporte aéreo se realizará a través del servicio del Grupo Aéreo Nº 8. Artículo 3º.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, las personas a que se refi ere el artículo 1 de la presente Resolución Suprema deberán presentar, ante el titular de la Entidad, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje realizado. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y