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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE AGOSTO DEL AÑO 2012 (22/08/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 49

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 22 de agosto de 2012 473123 de los requisitos técnicos previstos en los lineamientos y en la Ley de Modernización de la Gestión del Estado y demás normas vigentes; Que, el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, que Aprueba Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de las Entidades de la Administración Pública, establece en su Art. 14° que en el caso de los gobiernos locales el proyecto de CAP debe ser debidamente visado por el órgano responsable de su elaboración, así como por el órgano de asesoría jurídica; del mismo modo, el Reglamento de Organización y Funciones y su organigrama debe ser remitido para informe previo a la ofi cina de Presupuesto y Planifi cación. Además, el citado artículo precisa que en este supuesto el informe previo favorable no será necesario en caso la ofi cina de presupuesto y planifi cación de la entidad hubiese sido el órgano responsable de la elaboración del CAP como lo es en el presente caso; Que, mediante Memorándum Nº 357-2012-MDLO/GPP la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto remite el Proyecto de Reglamento de Organizaciones y Funciones – ROF y el proyecto de Cuadro de Asignación de Personal – CAP de la Municipalidad Distrital de Los Olivos, los cuales han sido elaborados cumpliendo con lo establecido por la Ley Nº 28175 que aprueba la Ley Marco del Empleo Público, la Ley Nº 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, y acorde con lo establecido por el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM y el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM respectivamente, que aprueban los lineamientos para la elaboración y aprobación de las referidas herramientas de gestión de las entidades de la Administración Pública; Que, con Informe Nº 394-2012-MDLO/GAJ la Gerencia de Asesoría Jurídica, acorde a los fundamentos de hecho y derecho que expone, concluye estableciendo que los proyectos que tiene a la vista se encuentran legalmente conformes, siendo procedente elevar los actuados al Concejo Municipal para su evaluación y posterior aprobación, previo informe de la gerencia Municipal, haciéndose efectivo lo requerido con el Informe Nº 005- 2012-MDLO/GM de la Gerencia Municipal; Estando a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Art. 9º numerales 3, 8 y 32 y el Art. 40º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, por mayoría, aprobó la siguiente: ORDENANZA Nº 370-CDLO QUE APRUEBA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA, EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Y EL CUADRO DE ASIGNACIÓN DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS Artículo Primero.- APROBAR la ESTRUCTURA ORGÁNICA Y REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF de la Municipalidad Distrital de Los Olivos, los cuales como anexo forman parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- APROBAR, el CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL CAP el mismo que como anexo forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- DERÓGUESE los dispositivos que se contrapongan con la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la GERENCIA MUNICIPAL el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la SECRETARIA GENERAL su publicación según corresponda y ORDENAR a la GERENCIA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES, su debida implementación y la publicación en el portal Institucional www.munilosolivos. gob.pe del REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF y del CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL CAP, para los fi nes de publicidad, conforme a Ley. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL