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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 22 de agosto de 2012 473117 MUNICIPALIDAD CP SANTA MARIA DE HUACHIPA Ratifican el Acuerdo de Concejo Nº 030-2008 referido a la compensación mensual del Alcalde por el ejercicio de sus funciones y fijan el monto de la dieta de los Regidores ACUERDO DE CONCEJO Nº 019-12 MCPSMH Santa María de Huachipa, 4 de julio del 2012 VISTO; En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha; y, CONSIDERADO: Que, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Estado y el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y con sujeción al ordenamiento jurídico vigente. Que, el artículo 9º, numeral 28), de la Ley Nº 27972 otorga atribuciones al Concejo Municipal para aprobar la remuneración del Alcalde y las dietas de los regidores; concordante con ello, el artículo 12º del mismo cuerpo normativo dispone que los regidores desempeñan su cargo a tiempo parcial y tienen derecho a dietas fi jadas por acuerdo de Concejo Municipal dentro del primer trimestre del primer año de gestión; asimismo, el monto de las dietas es fi jado discrecionalmente de acuerdo a la real y tangible capacidad económica del gobierno local, previa a las constataciones presupuestales del caso, no pudiendo otorgase más de cuatro dietas mensuales a cada regidor, las cuales se pagan por asistencia efectiva a las sesiones. Que, el artículo 21º de la Ley Nº 27972, establece que el Alcalde Provincial o Distrital, según sea el caso, desempeña su cargo a tiempo completo y es rentado mediante una remuneración mensual fi jada por Acuerdo de Concejo Municipal, dentro del primer trimestre del primer año de gestión, la misma que anualmente podrá ser incrementada con arreglo a Ley, siempre y cuando se observe estrictamente las exigencias presupuestales y económicas propias de su remuneración. Que; mediante Acuerdo de Concejo Nº 030-08 de fecha 20 de mayo del 2008 se estableció la remuneración del Alcalde y la dieta de los regidores. Que, mediante Informe de vistos se eleva al concejo, para su determinación, los Informes Nº 257-2012- SGPPCI/MCPSMH de la Subgerencia de Planifi cación, Presupuesto y Cooperación Internacional y Nº 150-2012/ GAJ/MCPSMH, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, que absuelven las consultas referidas al régimen de dietas a percibir por los señores regidores y el haber mensual del Señor Alcalde para el período 2012 – 2016, teniendo en consideración los fundamentos jurídicos antes descritos. Que, en ese sentido, tras el debate correspondiente conforme obra en actas y luego de ser sometido a votación del Concejo, por mayoría y con la aprobación de la dispensa del trámite y lectura del acta; SE ACUERDA: Artículo 1º.- RATIFICAR el Acuerdo de Concejo Nº 030-2008 de fecha 20 de mayo del 2008 fi jando el monto, como compensación mensual del Señor Alcalde de la Municipalidad del CP Santa María de Huachipa, por ejercicio de sus funciones, una suma ascendente a S/. 5,809.57 (Cinco mil ochocientos nueve con 57/100 Nuevos Soles). Artículo 2º.- Establecer mensualmente en número de dos (02) las Sesiones Ordinarias del Concejo Municipal del .CP Santa María de Huachipa. Artículo 3º.- Fijar en S/. 871.44 (ochocientos setenta y uno con 44/100 Nuevos Soles) el monto a pagar por concepto de dieta a los Señores Regidores de la Municipalidad del CP Santa María de Huachipa por asistencia efectiva a cada Sesión; precisando de conformidad al artículo 2º del presente y de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia Municipal coordinar con las Gerencias y Subgerencia a su cargo el cumplimiento del presente acuerdo. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase; MIGUEL ANGEL MÁLAGA CUADROS Alcalde 830314-1 MUNICIPALIDAD DE LINCE FE DE ERRATAS ACUERDO DE CONCEJO N° 55-2012-MDL Mediante Ofi cio Nº 58-2012-MDL-OSG/UL la Municipalidad Distrital de Lince solicita se publique Fe de Erratas del Acuerdo de Concejo Nº 55-2012-MDL, publicado en la edición del 15 de agosto de 2012. En el Artículo Segundo.- DICE: (...) - Viáticos (US$ 145.77 x 4 días) : US$ 280.00 (...) DEBE DECIR: (...) - Viáticos (US$ 70.00 x 4 días) : US$ 280.00 (...) 830246-1 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Aprueban Ordenanza que regula la Tasa de Estacionamiento Vehicular en el distrito de Los Olivos ORDENANZA Nº 368-CDLO Los Olivos, 26 de junio de 2012 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTO: El Dictamen Nº 005-2012-MDLO/CDUTI de la Comisión Permanente de Desarrollo Urbano y Tecnologías de la Información; FUT - I Nº 008149-2012 y acumulados, y; CONSIDERANDO: Que las Municipalidades son competentes para administrar sus bienes y rentas de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;