Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2012 (22/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 22 de agosto de 2012

la Municipalidad Provincial del Callao mediante Acuerdo de Concejo Nº 000212 y actualizado por Decreto de Alcaldia Nº 002-2012/MDV-ALC, a fin de eliminar del Procedimiento de Solicitud de Prescripcion de Deudas Tributarias los requisitos 3.- Acreditar el pago de la Deuda no prescrita y 4.- MORDAZA del Titulo de propiedad o MORDAZA literal, del ITEM 4.04. Articulo Segundo.- DISPONER la publicacion del presente Decreto de Alcaldia y del anexo adjunto en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, asi como en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas ­ PSCE, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 29091 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 004 ­ 2008 ­PCM. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 830788-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE URUBAMBA
Autorizan viaje del MORDAZA a Japon, en comision de servicios
ACUERDO DE CONCEJO Nº 114-2012-MPU. Urubamba, 2 de MORDAZA del 2012. EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE URUBAMBA VISTO: En Sesion Ordinaria de fecha 28 de junio del 2012, convocada y presidida por el senor MORDAZA Ing. MORDAZA MORDAZA Ocsa y la asistencia del 100% de los senores regidores del Concejo Municipal de la Provincia de Urubamba. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Art. 194° de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el Art. II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972. Las Municipalidades son los Organos de Gobierno Local. Gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Autonomia que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico. Que, el inciso 11) del Articulo 9º de la Ley Nº 27972Ley Organica de Municipalidades, establece que son atribuciones del Concejo Municipal "Autorizar los viajes al exterior del MORDAZA que, en comision de servicios o representacion de la municipalidad, realicen el MORDAZA, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario"; Que, la Ley Nº 27619 regula las autorizaciones para viajes al exterior de los servidores y funcionarios publicos, preceptuando que estas seran autorizadas por la mas alta autoridad de la respectiva entidad, asi como el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, aprueba las normas reglamentarias sobre dichas autorizaciones y precisando el monto que corresponde a la escala de viaticos para los diferentes paises del orbe. Que, mediante documento OF.RE(DDF)N° 2.10D/154, de fecha 08 de junio de 2012 , del Embajador MORDAZA Denegri MORDAZA, en su condicion de Director de Desarrollo e Integracion Fronteriza ­ Ministerio de Relaciones Exteriores, invitan al Senor MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Urubamba, Ing. MORDAZA MORDAZA Ocsa, a participar de la suscripcion del acuerdo de Hermanamiento de Urubamba con Takayama ­Japon , el mismo que se llevara a cabo en la MORDAZA de Takayama ­Japon, en fecha del 09 de octubre al 12 de octubre de 2012. Que, la Ley Nº 29812 Ley del Presupuesto para el Sector Publico para el ano Fiscal 2012, en su articulo 10 inciso 10.1 literal a), prohibe los viajes al exterior

de servidores o funcionarios publicos y representantes del estado con cargo a recursos publicos con algunas excepciones entre ellas, los viajes que se efectuen en el MORDAZA de acciones de promocion de importancia para el Peru. En tal sentido tratandose de un acto Hermanamiento de relevante categoria este redundara de manera general para el buen gobierno de nuestra Municipalidad, en razon de que ambos alcaldes suscribiran el acuerdo de hermanamiento con la finalidad de fortalecer lazos de desarrollo para la provincia de Urubamba, que es de caracter municipal lo que conlleve a poner en practica en nuestra localidad las experiencias que MORDAZA de utilidad para el desarrollo de nuestra Provincia, ademas se propiciara el conocimiento de la Provincia de Urubamba, como MORDAZA turistico hacia nuestro MORDAZA, fomentando de esa manera la promocion turistica hacia nuestra localidad, por lo cual es de aplicacion la excepcion MORDAZA acotada. Que, en merito a los MORDAZA indicado se expide el presente Acuerdo de Concejo Municipal en la que se autoriza el viaje en comision de servicio a la MORDAZA Takayama-Japon, al Sr. Ing. MORDAZA MORDAZA Ocsa, MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Urubamba, para que participe en el acto citado en el MORDAZA considerando, de acuerdo a las atribuciones que le confiere el articulo 9 Inc. 11 de la Ley Organica de Municipalidades; haciendo hincapie que la comision precitada se efectuara a partir del 08 al 13 de octubre del 2012, teniendo en cuenta el desplazamiento tiene que efectuarse para el fin propuesto; estando a lo expuesto y contando con las visaciones de Gerente Municipal, Oficina de Presupuesto Estadistica e Informatica y Asesoria Juridica; y, Estando a lo expuesto y de conformidad a lo previsto por el Articulo 9º numeral 27) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Pleno del Concejo Municipal con dispensa del tramite de lectura del acta, adopto por unanimidad el siguiente: ACUERDA: Articulo Primero.- AUTORIZAR el viaje a la MORDAZA Takayama-Japon, al Sr. Ing. MORDAZA MORDAZA OCSA, MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Urubamba a participar de la suscripcion de Hermanamiento con el MORDAZA de la MORDAZA Takayama-Japon, en fecha del 09 de octubre al 12 de octubre de 2012, para lo cual el desplazamiento del viaje se efectuara en el lapso del 08 de octubre al 13 de octubre del presente ano, conforme a lo autorizado por el pleno del concejo municipal, de igual manera realizara gestiones en turismo a favor de nuestra Provincia. Articulo Segundo.- Los gastos que irrogue los pasajes de avion ida y vuelta, transporte interno, viaticos de estadia desde la MORDAZA del MORDAZA, Lima- Takayama ­ Japon, seran efectuados con cargo a los recursos propios por la Municipalidad Provincial de Urubamba, por los dias que dure su viaje. Articulo Tercero.- Dentro de los quince dias calendarios siguientes a su retorno al MORDAZA el MORDAZA Provincial de Urubamba inmerso en el primer articulo, MORDAZA entrega al Concejo Municipal del Informe detallado sobre el evento realizado y los logros obtenidos. Articulo Cuarto.- El presente acuerdo no MORDAZA ni exonera del pago del impuesto o derecho aduanero cualquiera sea su clase o denominacion. Articulo Quinto.- Encargar a la oficina de Secretaria General y Administracion la publicacion del presente Acuerdo de Concejo municipal en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Sexto.- Poner de conocimiento del presente Acuerdo de Concejo al interesado y a las instancias administrativas de esta Municipalidad para conocimiento y acciones que el caso demande. Articulo Septimo.- ENCARGAR al primer Regidor Senor Fredy MORDAZA MORDAZA, las funciones del Despacho de Alcaldia, mientras dure la ausencia de su titular. Articulo Septimo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y demas areas involucradas, el fiel cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo. Comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA OCSA MORDAZA 830851-1

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