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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE AGOSTO DEL AÑO 2012 (26/08/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 26 de agosto de 2012 473382 VISTO: El Facsímil Circular Nº 047-2012-MINCETUR/VMCE de fecha 30 de julio de 2012, mediante el cual el Viceministro de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo informa al Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL, que la XIV Ronda de Negociaciones para la suscripción de un Acuerdo de Asociación Transpacífi co – TPP (por sus siglas en inglés), se realizará del 06 al 15 de setiembre del año en curso, en la ciudad de Leesburg (Virginia), Estados Unidos. CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR ha informado al OSIPTEL de la próxima realización de la XIV Ronda de Negociaciones para la suscripción de un Acuerdo de Asociación Transpacífi co – TPP (por sus siglas en inglés), la misma que tendrá lugar del 06 al 15 de setiembre de 2012, en la ciudad de Leesburg (Virginia), Estados Unidos; Que, conforme a la comunicación remitida por el MINCETUR, las negociaciones del Acuerdo de Asociación Transpacífi co se realizarán entre los actuales miembros del Acuerdo P4, Nueva Zelandia, Singapur, Chile y Brunei Darussalam; y los países de Australia, Estados Unidos, Malasia, Vietnam y Perú; Que, en el marco de esta XIV Ronda de Negociaciones y en atención al requerimiento recibido del MINCETUR, el OSIPTEL apoyará a este Ministerio en las mesas de Telecomunicaciones y Comercio Electrónico. Dicha participación ha sido requerida específi camente, durante los días 07 al 12 de setiembre de 2012; Que, a través de la participación del OSIPTEL en la XIII Ronda de Negociaciones, se discutieron temas relativos a disposiciones sobre acceso y uso de servicios públicos de telecomunicaciones, salvaguardas de políticas de competencia, portabilidad numérica en telefonía móvil y fi ja, unbundling, arrendamiento de circuitos, cable submarino internacional y roaming internacional; Que, asimismo, se revisaron las disposiciones sobre el régimen a ser aplicado a los proveedores importantes, uso compartido de infraestructura, independencia del regulador, aplicación del acuerdo en áreas rurales del Perú, resolución de disputas, transparencia, entre otros; Que, la señorita Gloria Zoila Cadillo Angeles, Abogada Coordinadora de la Gerencia de Asesoría Legal del OSIPTEL participó en representación del OSIPTEL durante la XIII Ronda de Negociaciones, realizada en la ciudad de San Diego (Estados Unidos) en el mes de julio de 2012; Que, en el marco de dicha participación, se han logrado avances en el acápite sobre defi niciones del Acuerdo de conceptos clave que delimitarán el alcance de sus disposiciones, así como la redefi nición de los objetivos, alcance y cobertura del mismo, paridad numérica, salvaguardas de competencia, acceso y uso compartido de servicios públicos de telecomunicaciones, portabilidad numérica, disposiciones de reventa, independencia del regulador, roaming internacional, desagregación de elementos de red, interconexión, obligaciones para los proveedores mayoritarios o importantes de servicios públicos de telecomunicaciones, asignación y uso de recursos escasos, entre otros aspectos; Que, en ese sentido, la participación de la señorita Gloria Zoila Cadillo Angeles, Abogada Coordinadora de la Gerencia de Asesoría Legal del OSIPTEL, es sustancial en esta oportunidad, en la medida que otorga continuidad a las acciones del OSIPTEL en el marco de estas reuniones, y constituye un importante apoyo al MINCETUR en las negociaciones correspondientes a las mesas de Telecomunicaciones y Comercio Electrónico, las cuales se insertan en la política de apertura comercial del Perú; Que, los gastos de viaje, TUUA y viáticos serán cubiertos por el OSIPTEL, con cargo a su presupuesto institucional. Cabe precisar que, conforme a lo establecido por el marco legal vigente, este viaje se realizará en categoría económica; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo y su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2012; Con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Legal y la Gerencia General; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señorita Gloria Zoila Cadillo Angeles, Abogada Coordinadora de la Gerencia de Asesoría Legal del OSIPTEL, a la ciudad de Leesburg (Virginia), Estados Unidos, del 06 al 13 de setiembre de 2012, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución se efectuarán con cargo al presupuesto institucional del OSIPTEL, de acuerdo al siguiente detalle: Nº CONCEPTO DEL GASTO IMPORTE DÓLARES AMERICANOS 1 VIÁTICOS 1,540.00 2 IMPORTE DE PASAJE 1,689.92 (INCLUYE TUUA Y SERVICE FEE) Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la funcionaria antes mencionada deberá presentar a la institución un informe detallado de las actividades realizadas, resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 10º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012. Regístrese, comuníquese y publíquese; GONZALO MARTÍN RUIZ DÍAZ Presidente del Consejo Directivo 832497-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Admiten a trámite solicitudes de aprobación de fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión de EMSAPUNO S.A. y de la EPS SEDACAJ S.A. RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE REGULACIÓN TARIFARIA Nº 005-2012-SUNASS-GRT Lima, 23 de agosto de 2012 VISTO: La solicitud de aprobación de fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión de Empresa Municipal de Saneamiento Básico de Puno S.A. - EMSAPUNO S.A.1; y, CONSIDERANDO: Que, los artículos 17, 18 y 19 del Reglamento General de Tarifas2 establecen que la solicitud de aprobación de fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión presentada por la empresa prestadora de servicios de saneamiento debe estar acompañada del Plan Maestro Optimizado (PMO) que sustenta la propuesta, así como reunir los requisitos de admisibilidad y procedencia; Que, la Segunda Disposición Transitoria del Reglamento General de Tarifas3 establece que a partir de octubre de 2008 las empresas prestadoras de servicios de saneamiento deberán adjuntar indefectiblemente a su PMO su propuesta de precios para los servicios colaterales; Que, se verifi ca que la solicitud de vistos reúne los requisitos de admisibilidad y procedencia exigidos por el 1 Ofi cio Nº 256-2012-EMSAPUNO-GG recibido por SUNASS el 15 de agosto de 2012. 2 Aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD. 3 Modifi cado por Resolución de Consejo Directivo Nº 052-2007-SUNASS-CD.