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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 26 de agosto de 2012 473383 Reglamento General de Tarifas; asimismo, EMSAPUNO S.A. ha presentado su propuesta de precios para los servicios colaterales, razones por las cuales, corresponde admitir a trámite la solicitud y otorgar a la mencionada empresa prestadora de servicios de saneamiento, el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de notifi cada la presente resolución, para ejercer, de estimarlo conveniente, el derecho previsto en el artículo 22 del Reglamento General de Tarifas; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del Reglamento General de Tarifas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- ADMITIR a trámite la solicitud de EMSAPUNO S.A. de aprobación de: i) Fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión y ii) Determinación de precios de los servicios colaterales. Artículo 2º.- OTORGAR un plazo de diez días hábiles a EMSAPUNO S.A. para solicitar a la SUNASS la celebración de una audiencia pública preliminar con la fi nalidad de exponer al público en general su propuesta de i) Fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión contenidas en su Plan Maestro Optimizado y ii) Precios de los servicios colaterales. Regístrese, comuníquese y publíquese. IVÁN LUCICH LARRAURI Gerente de Regulación Tarifaria 832082-1 RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE REGULACIÓN TARIFARIA Nº 006-2012-SUNASS-GRT Lima, 23 de agosto de 2012. VISTOS: La solicitud de aprobación de fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de Cajamarca Sociedad Anónima – EPS SEDACAJ S.A.1; el Ofi cio Nº 119-2012-SUNASS-110 de la Gerencia de Regulación Tarifaria2; el Ofi cio Nº 304- 2012-GG/EPS SEDACAJ S.A.3; y, CONSIDERANDO: Que, los artículos 17, 18 y 19 del Reglamento General de Tarifas4 establecen que la solicitud de aprobación de fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión presentada por la empresa prestadora de servicios de saneamiento debe estar acompañada del Plan Maestro Optimizado (PMO) que sustenta la propuesta, así como reunir los requisitos de admisibilidad y procedencia; Que, la Segunda Disposición Transitoria del Reglamento General de Tarifas5 establece que a partir de octubre de 2008 las empresas prestadoras de servicios de saneamiento deberán adjuntar indefectiblemente a su PMO su propuesta tarifaria para los servicios colaterales; Que, se verifi ca que la solicitud de vistos reúne los requisitos de admisibilidad y procedencia exigidos por el Reglamento General de Tarifas; asimismo, la EPS SEDACAJ S.A. ha presentado su propuesta de precios para los servicios colaterales, razones por las cuales corresponde admitir a trámite la solicitud y otorgar a la mencionada empresa prestadora de servicios de saneamiento, el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de notifi cada la presente resolución, para ejercer, de estimarlo conveniente, el derecho previsto en el artículo 22 del Reglamento General de Tarifas; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del Reglamento General de Tarifas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- ADMITIR a trámite la solicitud de EPS SEDACAJ S.A. de aprobación de: i) Fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión y ii) Determinación de precios de los servicios colaterales. Artículo 2º.- OTORGAR un plazo de diez días hábiles a EPS SEDACAJ S.A. para solicitar a la SUNASS la celebración de una audiencia pública preliminar con la fi nalidad de exponer al público en general su propuesta de i) Fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión contenidas en su Plan Maestro Optimizado y ii) Precios de los servicios colaterales. Regístrese, comuníquese y publíquese. IVÁN LUCICH LARRAURI Gerente de Regulación Tarifaria 1 Ofi cio Nº 271-2012-GG/EPS SEDACAJ S.A. recibido por la SUNASS el 23 de julio de 2012. 2 Notifi cado a la EPS SEDACAJ S.A. el 19 de julio de 2012. 3 Recibido por SUNASS el 17 de agosto de 2012. 4 Aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD. 5 Modifi cado por Resolución de Consejo Directivo Nº 052-2007-SUNASS-CD. 832082-2 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Dan por concluida asignación de Gerentes Públicos en el Instituto Nacional de Salud RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 113-2012-SERVIR-PE Lima, 23 de agosto de 2012 VISTO, el Informe Nº 096-2012-SERVIR/GDCGP de la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 017-2009-ANSC-PE, los señores José Bernardo Arróspide Aliaga, José Baltazar Cárdenas Cáceres y Luis Núñez Cabañas fueron incorporados al Cuerpo de Gerentes Públicos; y con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 033-2009-ANSC-PE, se asignaron a los referidos Gerentes Públicos en los cargos de Director General de la Ofi cina General de Administración, Director General de la Ofi cina General de Asesoría Técnica y Director Ejecutivo de la Ofi cina Ejecutiva de Gestión de la Calidad del Instituto Nacional de Salud, respectivamente; Que, en virtud de las asignaciones realizadas, la Autoridad Nacional del Servicio Civil, el Instituto Nacional de Salud y los Gerentes Públicos José Bernardo Arróspide Aliaga, José Baltazar Cárdenas Cáceres y Luis Núñez Cabañas, suscribieron con fecha 14 de agosto de 2009 sus respectivos Convenios de Asignación, a través del cual se establecieron los términos y condiciones para su asignación en los cargos de Director General de la Ofi cina General de Administración, Director General de la Ofi cina General de Asesoría Técnica y Director Ejecutivo de la Ofi cina Ejecutiva de Gestión de la Calidad del Instituto Nacional de Salud, respectivamente; Que, mediante Resoluciones Jefaturales Nº 286, 287 y 297–2009-J-OPE/INS, el Instituto Nacional de Salud, designó a los Gerentes Públicos José Bernardo Arróspide Aliaga, José Baltazar Cárdenas Cáceres y Luis Núñez Cabañas, en los cargos de Director General de la Ofi cina General de Administración, Director General de la Ofi cina General de Asesoría Técnica y Director Ejecutivo de la Ofi cina Ejecutiva de Gestión de la Calidad respectivamente, a partir del 19 de agosto del 2009 respecto al primer y segundo de los Gerentes Públicos antes mencionados, y del tercero a partir del 24 de agosto de 2009, todos por el periodo de tres años; Que, de acuerdo con lo establecido en el primer párrafo del artículo 9 del Decreto Legislativo Nº 1024, los Gerentes Públicos son asignados a las entidades solicitantes por períodos de tres años renovables, a pedido de éstas;