Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2012 (05/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, miercoles 5 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES
NOMBRE COMUN EPOCA DE EXTRACCION Febrero - Noviembre CUOTA POR ESPECIE 600 AMBITO GEOGRAFICO (ATFFS Y GORES) MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ica MORDAZA CUOTA POR ATFFS Y GORES 300 300 300 200 500

480051
DERECHO APROV. EJEMPLAR S/. 0.81

NOMBRE CIENTIFICO

Microlophus occipitalis

Lagartija del arenal

Microlophus peruvianus MAMIFEROS Rodentia Sciuridae Sciurus stramineus

Lagartija peruana

Febrero - Noviembre

1000

0.79

Ardilla nuca MORDAZA

Enero - Setiembre (*)

650

Tumbes - MORDAZA MORDAZA

350 300

5.42

(*) En el caso de estas especies, se prolonga el periodo de extraccion hasta el mes de noviembre. Especificacion valida solo para el ano calendario 2012.

873914-1

Aprueban "Lineamientos para determinar y aprobar transitoriamente las tarifas para el ano 2013 por la utilizacion de la infraestructura hidraulica mayor y menor, y por monitoreo y gestion de aguas subterraneas"
RESOLUCION JEFATURAL Nº 478-2012-ANA
MORDAZA, 3 de diciembre de 2012 VISTO: El Informe Tecnico Nº 035-2012-ANA-DARH/REA de la Direccion de Administracion de Recursos Hidricos; y CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Primera Disposicion Complementaria Final del Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, la Autoridad Nacional del Agua esta facultada para dictar, mediante Resolucion Jefatural, las disposiciones que MORDAZA necesarias en el MORDAZA del Reglamento; Que, con Resolucion Jefatural Nº 216-2011-ANA se aprobo el Estudio que Determina la Metodologia de Calculo de la Tarifa por Utilizacion de Infraestructura Hidraulica Mayor y Menor, y por Monitoreo y Gestion de Aguas Subterraneas, encargandose a la Direccion de Administracion de Recursos Hidricos la implementacion de una herramienta informatica que facilite a los operadores de infraestructura hidraulica mayor y menor, asi como de monitoreo y gestion de aguas subterraneas, en adelante los operadores, el calculo de la tarifa; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 419-2012-ANA, se aprobaron los "Lineamientos generales de tarifas por la utilizacion de la infraestructura hidraulica mayor y menor, y por monitoreo y gestion de aguas subterraneas"; estableciendose en el articulo 6º que los operadores determinaran anualmente el valor de las tarifas mediante la aplicacion de la metodologia aprobada por la Autoridad Nacional del Agua; Que, con el documento del visto, la Direccion de Administracion de Recursos Hidricos senala que los precitados lineamientos generales no pueden ser aplicados, al no haber concluido con la implementacion de la herramienta informatica que permita la aplicacion de la Metodologia de Calculo de la Tarifa, proponiendo la aprobacion de lineamientos transitorios para la aprobacion del valor de las tarifas para el ano 2013; Que, en consecuencia, de conformidad con el numeral 191.1 del articulo 191º del Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos, corresponde aprobar los lineamientos tecnicos y economicos que permitan, en forma transitoria para el ano 2013, determinar y aprobar los valores de la tarifa por utilizacion de infraestructura hidraulica mayor y menor, y por monitoreo y gestion de aguas subterraneas, y precisar que los lineamientos generales aprobados por Resolucion Jefatural Nº 419-2012-ANA seran de aplicacion para la determinacion del valor de las tarifas a partir del ano 2014; y

Estando a lo opinado por la Direccion de Administracion de Recursos Hidricos, con los vistos de la Oficina de Asesoria Juridica y de la Secretaria General, de conformidad con lo establecido en el articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los "Lineamientos para determinar y aprobar transitoriamente las tarifas para el ano 2013 por la utilizacion de la infraestructura hidraulica mayor y menor, y por monitoreo y gestion de aguas subterraneas", que consta de Siete (07) Titulos, Veinte (20) Articulos, Tres (03) Disposiciones Complementarias Finales y Cinco (05) Anexos, que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Precisar que los "Lineamientos generales de tarifas por la utilizacion de la infraestructura hidraulica mayor y menor, y por monitoreo y gestion de aguas subterraneas" aprobados por Resolucion Jefatural Nº 4192012-ANA seran de aplicacion para la determinacion del valor de las tarifas a partir del ano 2014. Articulo 3º.- Publiquese en el MORDAZA institucional de la Autoridad Nacional del Agua www.ana.gob.pe, los lineamientos que se aprueban mediante la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Autoridad Nacional del Agua

874156-1

Aprueban Reglamento Consejo de Recursos MORDAZA Chancay Huaral

Interno del Hidricos de

RESOLUCION JEFATURAL Nº 483-2012-ANA
MORDAZA, 4 de diciembre de 2012 VISTO: El Oficio Nº 058-2012-GRL/CRHC del Presidente del Consejo de Recursos Hidricos de MORDAZA Chancay Huaral; y, CONSIDERANDO: Que, conforme el articulo 24º de la Ley de Recursos Hidricos, los Consejos de MORDAZA son organos de naturaleza permanente integrantes de la Autoridad Nacional del Agua, creados mediante decreto supremo, a iniciativa de los gobiernos regionales, con el objeto de participar en la planificacion, coordinacion y concertacion del aprovechamiento sostenible de los recursos hidricos en sus respectivos ambitos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2012-AG se creo el Consejo de Recursos Hidricos de MORDAZA Chancay - Huaral;

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