Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2012 (05/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, miercoles 5 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

480057

debidamente consistente y confiable sobre el numero de usuarios atendidos, segun la periodicidad y procedimientos que dicha direccion establezca. 6.4.2. Verificacion de la calidad de la informacion, y remision de informacion a la DGSYE. a) La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto debe verificar la calidad de la informacion remitida por los programas sociales segun lo indicado en el literal a) del numeral 6.4 de la presente directiva, - y remitirla a la DGSYE el decimo tercer dia de cada mes en los formatos definidos en el anexo 4. b) La Direccion General de Gestion de Usuarios debe verificar la calidad de la informacion remitida por los programas sociales segun lo indicado en el literal b) del numeral 6.4 de la presente directiva, y remitirla a la DGSYE el decimo tercer dia de cada mes en los formatos definidos en el anexo 5. c) En caso de advertir inconsistencias entre la informacion remitida por la Direccion General de Gestion de Usuarios y la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, la DGSYE formulara las observaciones del caso y solicitara a los referidos organos la respectiva revision. La subsanacion de las inconsistencias advertidas se realizara en un plazo no mayor a dos (2) dias utiles de remitidas las observaciones. d) En el MORDAZA de sus competencias, la DGSYE, en coordinacion con la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, solicitara a los programas sociales la remision de la informacion sobre proyeccion multianual de usuarios a nivel distrital, luego de terminado el MORDAZA de programacion presupuestal, conforme a los plazos y procedimientos que a tal efecto determine la mencionada Direccion General. 6.4.3. De la consolidacion y difusion de la informacion. La Direccion General de Seguimiento y Evaluacion consolidara y publicara en la plataforma INFOMIDIS la informacion actualizada proporcionada por la Direccion General de Gestion de Usuarios y la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, al decimoseptimo dia de cada mes. 6.5. Responsabilidad de los programas sociales, organos y unidades organicas del MIDIS a) Los programas sociales adscritos al MIDIS son responsables por la calidad, oportunidad y confiabilidad de la informacion que remitan en el MORDAZA de la presente directiva. b) Cada programa social y organo del MIDIS indicado en el numeral III de la presente directiva, designara a un responsable (titular y suplente) de remitir la informacion

objeto de este instrumento, y a quien correspondera verificar la calidad, transparencia y confiabilidad de la informacion. 6.6. Plataforma informatica a) La Oficina General de Tecnologias de la Informacion del MIDIS es responsable de garantizar la disponibilidad y acceso de la plataforma tecnologica para el funcionamiento del INFOMIDIS, asi como de articular esfuerzos con los sectores correspondientes para la interconexion de la plataforma e implementacion de servicios publicos en linea. b) En coordinacion con la DGSYE y la Oficina General de Tecnologias de la Informacion del MIDIS, los programas sociales del Ministerio deberan desarrollar soluciones tecnologicas de integracion e interoperabilidad, que progresivamente les permitan publicar en forma directa, la informacion a que se refiere la presente directiva. c) La DGSYE, con apoyo de la Oficina General de Tecnologias de la Informacion del MIDIS, efectuara las coordinaciones necesarias con la Secretaria Tecnica del Comite Coordinador de la Infraestructura de Datos Espaciales del Estado Peruano, con la finalidad de proporcionar un servicio de acceso unificado de datos, servicios y aplicaciones geoespaciales de informacion territorial, e impulsar la plataforma que consolide el seguimiento y evaluacion de las politicas sociales. VII. DISPOSICIONES TRANSITORIAS 7.1. En un plazo MORDAZA de 5 dias de publicada la presente directiva, los organos y programas a que se refiere este instrumento, designaran, bajo responsabilidad, al responsable, titular y suplente, a que se refiere el literal b) del numeral 6.5. 7.2. La Oficina General de Tecnologias de la Informacion, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y los Programas Sociales del MIDIS, en coordinacion con el Ministerio de Economia y Finanzas, implementaran un servicio interoperable con la pagina de consulta amigable presupuestal del MORDAZA de Transparencia Economica, a fin de alimentar de forma automatizada el avance de ejecucion presupuestal y/o meta fisica en fases de compromiso y devengado, en el acceso a las herramientas e instrumentos que establezca la DGSYE. 7.3. Los programas sociales no adscritos al Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social podran coordinar con la DGSYE, la publicacion de la informacion oficial de sus indicadores, debiendo velar por la calidad, oportunidad y confiabilidad de la informacion, a cuyo efecto se pondra a su disposicion la plataforma de informacion geo referenciada, y se estableceran los plazos y modalidad de entrega de la informacion. 7.4. El Programa Nacional de Alimentacion Escolar Qali Warma debera remitir la informacion que le sea solicitada por la DGSYE, previa coordinacion con dicho programa.

DIARIO OFICIAL

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. 2. 3. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. El archivo se adjuntara en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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