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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 5 de diciembre de 2012 480055 Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Dirección de Inteligencia del Ejército del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al personal militar de la República Federativa del Brasil detallado a continuación, del 06 al 11 de diciembre de 2012, a fi n de participar de las Conmemoraciones por el CLXXXVIII Aniversario de la Batalla de Ayacucho y el Día del Ejército del Perú. 1. Capitán Paulo Eduardo Gressler Da Rocha Paiva 2. Cadete Fernando Monteiro Rodrigues Coutinho 3. Cadete Douglas De Paula Machado 4. Cadete Rafael De Freitas Silva 5. Cadete Eduardo Machado Rocha 6. Cadete Vinicius Jacondino Yahnke 7. Cadete Geferson Davi Jeronimo Matos 8. Cadete Hudson Alves Gadioli 9. Cadete Natan Maciel Jacobs Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el Artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO ALVARO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 874135-1 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Aprueban Directiva “Lineamientos para la remisión, consolidación y difusión de información para el seguimiento y evaluación de las intervenciones a cargo de los programas sociales adscritos al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 214-2012-MIDIS Lima, 26 de noviembre de 2012 VISTOS: Los Informes Nºs 031 y 040-2012-MIDIS-VMPES/ DGSYE, de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se estableció que el sector Desarrollo e Inclusión Social, comprende a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno vinculados con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, la inclusión y la equidad; Que, conforme al artículo 73 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-MIDIS, la Dirección General de Seguimiento y Evaluación del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social es el órgano de línea encargado de evaluar y ejecutar el seguimiento a las políticas y programas en materia de desarrollo e inclusión social; determinándose como parte de sus funciones, establecer los lineamientos y criterios técnicos para el seguimiento y la evaluación de las políticas y programas en materia de desarrollo e inclusión social; Que, en concordancia con las facultades atribuidas en el mencionado Reglamento de Organización y Funciones, la Dirección General de Seguimiento y Evaluación del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social ha propuesto los lineamientos para la remisión, consolidación y difusión de información para el seguimiento y evaluación de las intervenciones a cargo de los programas sociales adscritos al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a fi n de defi nir los plazos, modalidades y procedimientos para la entrega, verifi cación de calidad, consolidación y difusión de la información remitida por los programas sociales, a través de la Plataforma de Información Geo Referenciada INFOMIDIS; Que, en dicho contexto, los citados lineamientos permitirán asegurar el fl ujo, calidad y difusión de la información sobre las intervenciones a cargo de los programas sociales adscritos al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social - MIDIS, de modo que se garantice el seguimiento, monitoreo y evaluación del desempeño y logros alcanzados por los programas del Ministerio, poniendo a disposición de la población en general y de los tomadores de decisiones, información estadística en materia de desarrollo e inclusión social; Que, por lo expuesto, resulta necesario aprobar los “Lineamientos para la remisión, consolidación y difusión de información para el seguimiento y evaluación de las intervenciones a cargo de los programas sociales adscritos al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social”; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación, y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Directiva Nº 008-2012-MIDIS, “Lineamientos para la remisión, consolidación y difusión de información para el seguimiento y evaluación de las intervenciones a cargo de los programas sociales adscritos al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social”, cuyo texto forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y de la directiva aprobada en el artículo precedente en el portal del Estado Peruano (www.peru.gob. pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CAROLINA TRIVELLI AVILA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social DIRECTIVA Nº 008-2012-MIDIS LINEAMIENTOS PARA LA REMISIÓN, CONSOLIDACIÓN Y DIFUSIÓN DE INFORMACIÓN PARA EL SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LAS INTERVENCIONES A CARGO DE LOS PROGRAMAS SOCIALES ADSCRITOS AL MINISTERIO DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL I. FINALIDAD La presente directiva tiene por fi nalidad asegurar el fl ujo, calidad y difusión de la información sobre las intervenciones a cargo de los programas sociales adscritos al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS), de modo que se garantice el seguimiento y evaluación del desempeño y