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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (05/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 5 de diciembre de 2012 480066 7.4 Los programas de alivio de la pobreza del MIDIS, que determinen la necesidad de adecuar sus reglas de operación, de conformidad con lo indicado en el numeral precedente, deberán diseñar e implementar intervenciones y/o pilotos considerando lo siguiente: (1) Defi nición de los criterios de permanencia y reincorporación de usuarios; (2) mecanismos de verifi cación y seguimiento de estos criterios; (3) mecanismos para facilitar el acceso de sus usuarios a intervenciones de desarrollo de oportunidades; (4) otras acciones para asegurar la concordancia con la estrategia de egreso. 7.5 Los programas sociales de desarrollo de oportunidades del MIDIS diseñarán e implementarán intervenciones adecuadas, priorizando su cobertura en territorios con mayor concentración de hogares de usuarios de programas de alivio de la pobreza del MIDIS. 7.6 El Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH) actualizará la información que certifi ca la condición de pobreza de los hogares de los usuarios de los programas de alivio de la pobreza del MIDIS. 7.7 La Dirección General de Descentralización y Coordinación de Programas Sociales promoverá acciones de articulación entre los programas de alivio de la pobreza del MIDIS y los programas o intervenciones de desarrollo de oportunidades del gobierno regional y local, y los demás sectores del gobierno. 7.8 Los programas de alivio de la pobreza del MIDIS podrán diseñar y proponer, en coordinación con la Dirección General de Descentralización y Coordinación de Programas Sociales y la Ofi cina General de Comunicaciones del MIDIS, acciones de comunicación orientadas a asegurar la implementación de la estrategia de egreso y la participación de los diferentes actores involucrados. VIII. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS 8.1 Para la aplicación de los presentes lineamientos, las acciones a ser adoptadas por los programas sociales del MIDIS deben considerar la naturaleza de las prestaciones a su cargo. 8.2 La Dirección General de Descentralización y Coordinación de Programas Sociales presentará al Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, en un plazo máximo de noventa (90) días calendario de aprobada la presente directiva, la propuesta de estrategia de egreso, para consideración y aprobación correspondiente. 873727-1 ECONOMIA Y FINANZAS Ratifican acuerdos de PROINVERSIÓN sobre incorporación a Proceso de Promoción de la Inversión Privada del Proyecto: “Línea de Transmisión 500 kV Mantaro-Marcona-Socabaya- Montalvo y Subestaciones Asociadas” y aprobación del Plan de Promoción del referido Proyecto RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 075-2012-EF Lima, 4 de diciembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 408-2012- MEM/DM, publicada el 11 de setiembre de 2012, se encargó a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, la conducción del proceso de licitación necesario, hasta la adjudicación de la Buena Pro, para implementar el proyecto denominado “Línea de Transmisión 500 kV Mantaro-Marcona-Socabaya-Montalvo y Subestaciones Asociadas”; Que, mediante acuerdo de Consejo Directivo de PROlNVERSIÓN, en su sesión de fecha 11 de octubre de 2012, se acordó incorporar a proceso de promoción de la inversión privada, la entrega en concesión al sector privado del proyecto “Línea de Transmisión 500 kV Mantaro- Marcona-Socabaya-Montalvo y Subestaciones Asociadas”, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Supremo N° 059-96-PCM, Decreto Legislativo N° 1012 y sus normas reglamentarias correspondientes; y se encargó el proceso de promoción al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Energía e Hidrocarburos - PRO CONECTIVIDAD, constituido mediante Resolución Suprema N° 010-2012-EF; Que, mediante acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, en su sesión de fecha 29 de octubre de 2012, se acordó aprobar el Plan de Promoción de la Inversión Privada para la entrega en concesión del Proyecto “Línea de Transmisión 500 kV Mantaro-Marcona-Socabaya- Montalvo y Subestaciones Asociadas; Que, de conformidad por lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 060-96-PCM, los acuerdos de Consejo Directivo de PROINVERSIÓN referidos en los considerandos anteriores deben ser ratifi cados por resolución suprema; Que, asimismo de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N° 146-2008-EF, la resolución suprema a la que se refi ere el considerando precedente ratifi cará los acuerdos de incorporación del proyecto al proceso de promoción de la inversión privada y de aprobación de Plan de Promoción; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 059-96-PCM, el Decreto Legislativo N° 1012 y sus normas reglamentarias y complementarias, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Ratifi car el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, en su sesión de fecha 11 de octubre de 2012, en virtud del cual se acordó incorporar a Proceso de Promoción de la Inversión Privada al Proyecto “Línea de Transmisión 500 kV Mantaro-Marcona-Socabaya-Montalvo y Subestaciones Asociadas”, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Supremo N° 059-96-PCM, Decreto Legislativo N° 1012 y sus normas reglamentarias correspondientes. Artículo 2°.- Ratifi car el acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, adoptado en su sesión de fecha 29 de octubre de 2012, mediante el cual se acordó aprobar el Plan de Promoción de la Inversión Privada para la concesión del Proyecto “Línea de Transmisión 500 kV Mantaro-Marcona- Socabaya-Montalvo y Subestaciones Asociadas”. Artículo 3°.- La presente resolución suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas, y por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 874512-7 EDUCACION FE DE ERRATAS ANEXO - RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0448-2012-ED Mediante Ofi cio Nº 2312-2012-MINEDU/SG el Ministerio de Educación solicita se publique Fe de Erratas de la Matriz de Indicadores de Desempeño y Metas de las Políticas Nacionales 2012, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 0448-2012-ED y publicada en la edición del 22 de noviembre de 2012. En el anexo de la Resolución Ministerial. DICE: (...)