Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2012 (05/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 5 de diciembre de 2012

logros alcanzados por los programas del Ministerio, para la toma de decisiones que corresponda. II. OBJETIVO

tecnicos que orienten a los programas sociales, organos y unidades organicas del MIDIS a efectos de la publicacion oficial de sus indicadores. VI. DISPOSICIONES ESPECIFICAS

Establecer los lineamientos basicos que deberan observar los organos y programas sociales adscritos al Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, para la remision, consolidacion y difusion de informacion para el seguimiento y evaluacion de tales programas. III. AMBITO DE APLICACION La presente directiva es de aplicacion por la Direccion General de Seguimiento y Evaluacion (DGSYE), la Direccion General de Gestion de Usuarios, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y los programas sociales adscritos al Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social. IV. BASE LEGAL 4.1. Ley Nº 29792, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social. 4.2. Decreto Supremo Nº 069-2011-PCM, que crea el MORDAZA de Informacion de Datos Espaciales del Peru (GEOIDEP). 4.3. Decreto Supremo Nº 083-2011-PCM que crea la Plataforma de Interoperabilidad del Estado (PIDE). 4.4. Decreto Supremo Nº 011-2012-MIDIS, Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social. 4.5. Resolucion Ministerial Nº 381-2008-PCM, que aprueba los Estandares y Especificaciones de Interoperabilidad del Estado Peruano. 4.6. Resolucion Ministerial Nº 131-2012-MIDIS, rectificada con Resolucion Ministerial Nº 151-2012-MIDIS, que aprueba la Directiva Nº 004-2012-MIDIS, "Lineamientos para la gestion articulada intersectorial e intergubernamental orientada a reducir la desnutricion cronica infantil, en el MORDAZA de las politicas de desarrollo e inclusion social". 4.7. Resolucion Ministerial Nº 192-2012-MIDIS, que aprueba la Directiva Nº 007-2012-MIDIS, "Lineamientos para la evaluacion, seguimiento y gestion de la evidencia de las politicas, planes, programas y proyectos del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social". V. DISPOSICIONES GENERALES 5.1. De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29792, compete al Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, realizar el seguimiento y evaluacion del desempeno y logros alcanzados por las politicas, planes y programas en materia de desarrollo e inclusion social, en los niveles nacional, regional y local. 5.2. En concordancia con lo senalado, constituyen funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, definir y desarrollar metodologias e instrumentos de gestion, entre otros, para las politicas y programas de desarrollo e inclusion social, asi como establecer mecanismos de transparencia destinados a promover la participacion activa del sector privado, del ambito academico y de la sociedad civil, en la formulacion, ejecucion, seguimiento, evaluacion e impacto de los programas sociales, de modo que respondan efectivamente a las necesidades de la poblacion en el MORDAZA de las politicas nacionales en la materia. 5.3. En cumplimiento de sus competencias, el Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social ha desarrollado una Plataforma de Informacion Geo Referenciada, INFOMIDIS, disponible para su interoperabilidad con sistemas de informacion de otros programas y/o sectores, en el MORDAZA del sistema integrado de informacion, que permite la visualizacion en terminos de presencia y cobertura, de la poblacion atendida por los programas sociales del MIDIS, propiciando y fomentando el analisis de informacion. 5.4. A traves de la Plataforma de Informacion Geo Referenciada, la DGSYE: a) Pone a disposicion de la poblacion en general y de los tomadores de decisiones, informacion estadistica en materia de desarrollo e inclusion social. b) Pone a disposicion de los sectores y programas sociales un espacio de informacion geo referenciada para la publicacion de sus indicadores. 5.5. Es responsabilidad de la DGSYE, conducir el funcionamiento de la Plataforma de Informacion Geo Referenciada, para lo cual podra establecer lineamientos

6.1. Se publica en el INFOMIDIS la siguiente informacion en materia de desarrollo e inclusion social a nivel distrital: a) Poblacion en MORDAZA de inclusion1 (Anexo 1). b) Indicadores de vulnerabilidad a la inseguridad alimentaria (Anexo 2). c) Indicadores de desnutricion cronica infantil. d) Listado de distritos priorizados para la gestion articulada intersectorial e intergubernamental orientada a reducir la desnutricion cronica infantil2. e) Indicadores sociodemograficos, economicos, de salud, educacion e infraestructura, asi como otros que provengan de censos y encuestas nacionales oficiales. f) Numero de usuarios vinculados a las intervenciones de los programas sociales del MIDIS. 6.2. A traves del INFOMIDIS se pondra a disposicion del MIDIS, en la forma de acceso que determine la DGSYE, la siguiente informacion a nivel distrital: a) Presupuesto anual y ejecucion presupuestal de los programas sociales adscritos al MIDIS. b) Programacion de metas de usuarios y/o proyectos de los programas sociales adscritos al MIDIS. 6.3. Caracteristicas de la informacion a ser publicada en el INFOMIDIS: a) El nivel obligatorio de desagregacion de la informacion a efectos de su publicacion en el INFOMIDIS es a nivel distrital; sin perjuicio de que, progresivamente, la informacion que administren los diversos programas sociales deba tender a ser presentada a nivel de centro poblado. b) La informacion que se publique en el INFOMIDIS debe guardar las caracteristicas generales de calidad, eficiencia, oportunidad, transparencia y replicabilidad de la informacion (Anexo 3). 6.4. Flujo y plazos para que los Programas Sociales remitan la informacion para el seguimiento y evaluacion: 6.4.1. Remision de informacion a la Direccion General de Gestion de Usuarios y a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto: a) Los programas sociales que se indican a continuacion deberan remitir a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del MIDIS, la informacion debidamente consistente y confiable, a que se refiere el Anexo 4 de la presente directiva, en los formatos definidos en dicho anexo: · Programa Nacional de Apoyo Directo a los Mas Pobres ­ JUNTOS: Debera remitir la informacion solicitada al decimo dia de cada mes impar, considerando la informacion al cierre de los dos meses anteriores al reporte (Anexo 4.1). · Programa Nacional Cuna Mas: Debera remitir la informacion solicitada al decimo dia de cada mes correspondiente al cierre total de dos meses previos (Anexo 4.2). · Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65": Debera remitir la informacion solicitada al decimo dia de cada mes posterior de la emision del padron oficial de sus usuarios (Anexo 4.3). · Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA: Debera remitir la informacion solicitada al decimo dia de cada mes (Anexo 4.4). · Fondo de Cooperacion para el Desarrollo Social - FONCODES: Debera remitir la informacion solicitada al decimo dia de cada mes, en funcion a como va cambiando el estado situacional de sus proyectos (Anexo 4.5). b) Cada programa social debera remitir a la Direccion General de Gestion de Usuarios del MIDIS, la informacion

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