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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 13 de diciembre de 2012 480764 Vista la solicitud de la compañía INAER HELICOPTER PERU S.A.C., sobre la Modifi cación de Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Especial; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 430-2011- MTC/12 del 05 de diciembre del 2011 se otorgó a la compañía COYOTAIR PERU S.A.C. (Hoy INAER HELICOPTER PERU S.A.C.) la Renovación del Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Especial, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 27 de enero del 2012; la cual fue modifi cada a través de la Resolución Directoral Nº 044-2012-MTC/12 del 07 de febrero del 2012 en el sentido de cambiar su razón social; Que, mediante Expediente Nº 2012-069469 del 16 de octubre del 2012 y Documento de Registro Nº 2012- 069469-A del 07 de noviembre del 2012 la Compañía INAER HELICOPTER PERU S.A.C., solicitó la Modifi cación de su Permiso de Operación en el sentido de precisar el modelo de una de las aeronaves ya autorizadas y de incrementar material aeronáutico a los ya autorizados; Que, según los términos del Memorando Nº 1408- 2012-MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la Dirección General de Aeronáutica Civil, Memorando Nº 260-2012- MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador Técnico de Licencias, Memorando Nº 405-2012-MTC/12.07.CER emitido por el Coordinador Técnico de Certifi caciones e Informe Nº 303-2012-MTC/12.07 emitido por el Director de Certifi caciones y Autorizaciones, que forman parte de la presente resolución según el Artículo 6.2 de la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, se considera procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC modifi cado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modifi catorias, así como las demás disposiciones legales vigentes; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, “la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modifi car, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo”, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; el Reglamento vigente; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la compañía INAER HELICOPTER PERU S.A.C. la Modifi cación de su Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Especial en el sentido de precisar el modelo de una de las aeronaves ya autorizadas y de incrementar el material aeronáutico a los ya autorizados a través de la Resolución Directoral Nº 430-2011-MTC/12 del 05 de diciembre del 2011, modifi cada a través de la Resolución Directoral Nº 044-2012-MTC/12 del 07 de febrero del 2012, de acuerdo al siguiente detalle: MATERIAL AERONÁUTICO: Modifi car a los ya autorizados: - Bell 412EP, 412HP, 412SP Incrementar a los ya autorizados: - KA 32A 11BC - AS 332L, 332L1 - EC 225 - SA 330 Artículo 2º.- Los demás términos de la Resolución Directoral Nº 430-2011-MTC/12 del 05 de diciembre del 2011 y Resolución Directoral Nº 044-2012-MTC/12 del 07 de febrero del 2012 continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAMON GAMARRA TRUJILLO Director General de Aeronáutica Civil 872585-1 VIVIENDA Autorizan Transferencia Financiera a favor de EPS SEDACUSCO S.A, para el financiamiento de obra del Proyecto “Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de la Ciudad de Cusco” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 275-2012-VIVIENDA Lima, 6 de diciembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 096-2000-EF se aprobó la Operación de Endeudamiento Externo entre la República del Perú y el Japan Bank for International Cooperatión - JBIC, hasta por ¥ 7 636 000 000,00 (SIETE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES Y 00/100 Yenes Japoneses), para fi nanciar parcialmente el “Proyecto de Mejoramiento y Ampliación de Agua Potable y Alcantarillado en las ciudades de Iquitos, Cusco y Sicuani”, suscribiéndose el respectivo Convenio de Préstamo Nº PE-P29 de fecha 04 de setiembre del 2000; Que, el citado Convenio de Préstamo N° PE-P29 en su Anexo 1 establece que la “Unidad Ejecutora”, encargada de la coordinación y administración integral del Proyecto, sería el Programa Nacional de Agua Potable - PRONAP, órgano que posteriormente fue subrogado en sus funciones y competencias por el Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Saneamiento - PARSSA, el que a su vez fue absorbido por el Programa Agua para Todos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, actualmente denominado Programa Nacional de Saneamiento Urbano - PNSU, conforme a lo establecido por el Decreto Supremo Nº 002-2012-VIVIENDA; además, el citado Convenio, en su Anexo 1, precisó que las “Agencias de Implementación” para la ejecución del proyecto en mención sería, entre otras, la Entidad Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento del Cusco Sociedad Anónima - EPS SEDACUSCO S.A.; Que, mediante Resolución Ministerial N° 768-2008- EF/75, de fecha 23 de diciembre de 2008, se aprobó el Convenio de Traspaso de Recursos de la operación de endeudamiento externo aprobada por el Decreto Supremo Nº 096-2000-EF, el mismo que establece en su Cláusula Tercera que el Ministerio de Economía y Finanzas - MEF traslada a la Entidad Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento del Cusco Sociedad Anónima - EPS SEDACUSCO S.A., la suma de ¥ 1 336 000 000,00; Que, en el marco del Convenio de Préstamo N° PE-P29, con fecha 22 de enero del 2009 se suscribió el Convenio de Implementación para la ejecución del Proyecto “Lote 3 Planta de Tratamiento de Aguas Residuales” entre el Programa Agua para Todos (Hoy Programa Nacional de Saneamiento Urbano y la Entidad Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento del Cusco Sociedad Anónima - EPS SEDACUSCO S.A., en el cual se establecen los alcances, obligaciones, procedimientos y demás condiciones en que se desarrollará la implementación del citado proyecto; Que, el numeral 13 de la Cláusula Cuarta del Convenio de Implementación de fecha 22 de enero de